César Pérez Navarro •  Memoria Histórica •  30/06/2020

Se ultima la nueva Ley de Memoria Democrática, que «profundizará en los contenidos regulatorios» vigentes

  • El Gobierno de PSOE-Unidas Podemos se encuentra preparando la ley que responderá a algunas de las recomendaciones del Relator Especial de Naciones Unidas o a reivindicaciones sociales como ilegalizar la Fundación Franco, entre otras cuestiones, tras la exhumación de los restos del Valle de los Caídos.
  • La ley en la que trabaja el Gobierno "modificará o profundizará" aquellos contenidos actualmente vigentes en la Ley de Memoria, entre ellos "los mecanismos de carácter sancionador en caso de su incumplimiento".
  • El proceso de cofección está abierto a la participación: los ciudadanos y las asociaciones interesadas puedan hacer sus aportaciones o dar sus ideas sobre el proceso de cambio de la ley de memoria histórica.
Se ultima la nueva Ley de Memoria Democrática, que «profundizará en los contenidos regulatorios» vigentes

La próxima Ley de Memoria Democrática acabará con el ducado que ostenta la familia Franco y declarará ilegales aquellas organizaciones o fundaciones que realicen o inciten “directa o indirectamente” al odio o violencia contra las víctimas de la Guerra Civil y el franquismo.

Es uno de los diversos aspectos que contempará la nueva normativa sobre Memoria Histórica, más ambiciosa que la aprobada durante el Gobierno Zapatero, la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil Española y la dictadura. Según el texto de la propuesta, publicada en la web del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, la ley tratará de corregir «algunos déficits y cuestiones pendientes en las medidas adoptadas por el Gobierno español frente a las graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante la Guerra Civil Española y la dictadura franquista«.

El Gobierno ha creado una cuenta de correo para que los ciudadanos y las asociaciones interesadas puedan hacer sus aportaciones o dar sus ideas sobre el proceso de cambio de la ley de memoria histórica. La confección de la norma contempla «la participación pública en el proceso de elaboración a través de los portales web de los departamentos ministeriales», de modo que «los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en el mismo, durante el plazo de quince días naturales, hasta el día 11 de Julio de 2020, a través del siguiente buzón de correo electrónico: consultaleymemoria@MPR.es».

Además, el Gobierno mantiene la intención de modificar la Ley de Fundaciones y la normativa del derecho de Asociación con el argumento de incitación al odio o violencia contra las víctimas del franquismo, lo que abriría paso a la ilegalización de asociaciones que han recibido fondos públicos durante muchos años, como la Fundación privada Francisco Franco, que practica impunemente la apología de la Dictadura desde su creación en 1976.

A diferencia de la ley aprobada en 2007, se incluirán sanciones económicas ante determinados actos en los que un grupo de personas se dediquen a exaltar el franquismo o hacer apología de la dictadura. Aquí entrarían muchas situaciones, como la exhibición de banderas o los lemas franquistas. Esto se traduce en la ilegalidad de actos como el del 20 de noviembre, aniversario de la muerte de Franco y José Antonio Primo de Rivera, y la clausura de locales desde donde se convoque a estas movilizaciones neo-fascistas.

En cuanto a las sanciones, desde el PSOE-Unidas Podemos distinguen tres tipos: muy graves, graves o leves. En el primer grupo, no impedir la exaltación de la figura del dictador en un municipio acarrearía para el ayuntamiento una multa de entre 10.001 y 100.000 euros. El mantenimiento de simbología de exaltación al franquismo podría valer entre 2.001 y 10.000 euros, y el deterioro de las placas identificativas a los Lugares de Memoria Histórica podría suponer una sanción de entre 200 y 2.000 euros. Todo esto se concretará en el decreto que salga del consejo de ministros y que se encuentra en consulta pública desde el viernes a la espera de aportaciones.

Otro de los aspectos más destacados de la nueva ley, siguiendo las recomendaciones del Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias en su informe de julio de 2014, será «dar prioridad a la investigación y búsqueda de desaparecidos durante la Guerra Civil Española y el franquismo«. El Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición (A/HRC/27/56/Add.1) lamentó en su día de manera expresa «que el Estado español no hubiera asumido su papel de liderazgo para asegurar una política de Estado que pusiera fin a dichas desapariciones forzadas como se había recomendado en su informe de julio de 2014, que debía asumir como una obligación de Estado abarcando la totalidad del territorio nacional y tomar un rol activo en materia de exhumación y procesos de identificación de los restos, para que ésta no dependieran exclusivamente de algunas comunidades autónomas, así como de particulares o asociaciones privadas. En ese sentido reiteró la urgencia acerca de «la adopción de un plan nacional de búsqueda de personas desaparecidas, así como su disponibilidad para ofrecer la asistencia técnica necesaria, en aras a garantizar que el mecanismo de búsqueda esté plenamente apegado a los estándares internacionales vigentes en la materia».

El texto de la propuesta expone los siguientes objetivos;

  • La recuperación, salvaguarda, conocimiento y difusión de la Memoria Democrática, con el fin de fomentar la cohesión y solidaridad entre las diversas generaciones de españoles y españolas en torno a los principios, valores y libertades constitucionales.
  • El reconocimiento como víctimas de quienes padecieron persecución o violencia, por razones políticas, ideológicas, o de creencia religiosa, durante la Guerra Civil española y la Dictadura, promoviendo su reparación moral y la recuperación de su memoria personal, familiar y colectiva, con arreglo a los principios de verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición.
  • Creación de instrumentos de colaboración y cooperación entre las administraciones territoriales para la articulación de la política de memoria democrática, así como de participación de la ciudadanía y del movimiento asociativo.
  • Regulación, definición y planificación de la políticas integrales de memoria democrática en aplicación de los principios de verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición.

    • Asunción de la búsqueda de personas desaparecidas durante la Guerra Civil española y de la dictadura, planificación de actuaciones conforme a protocolos científicos y creación de un banco nacional de ADN.
    • Protección de documentos referidos a la Guerra Civil y la subsiguiente represión política y derecho de acceso a dichos fondos documentales.
    • Instrumentos de supervisión y tutela judicial e intervención del Ministerio Fiscal en materia de Memoria Democrática.
    • Medidas de reparación de las víctimas.
    • Garantía de no repetición de las violaciones de derechos humanos en el plano educativo, de la investigación y la divulgación.
    • Declaración de lugares de memoria democrática, así como la retirada de símbolos y elementos de exaltación de la Guerra Civil y el franquismo.
    • Medidas para supuestos de incumplimiento.

 

En el tintero quedan por el momento cuestiones de primer orden, reivindicadas por diversas asociaciones memorialistas que llevan años trabajando en España desde varios frentes; La condena del franquismo como régimen criminal, que condene lo que supuso su atentado y el golpe de estado a la II República española, que condene la guerra, la dictadura franquista y la represión continuada contra los derechos humanos; la nulidad de pleno derecho de todas las acciones legales de carácter represivo del régimen franquista, el carácter ilegal de todos los tribunales y organismos represivos, así como de toda aquella legislación que garantice la impunidad de los crímenes franquistas; la judicialización de las exhumaciones, dirigidas por un juzgado o fiscalía especializada; la ratificación por el Estado español de la “Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad” adoptada por la Asamblea General de la ONU en 1968 y la consiguiente derogación de la Ley de Amnistía.


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