Redacción •  Actualidad •  27/01/2022

El Supremo declara extinguida la responsabilidad criminal de Alberto Rodríguez tras cumplir el plazo de inhabilitación pero no las consecuencias de su condena

  • El exdiputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez remitió el pasado 29 de diciembre de 2021 un escrito a la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, en el que le pedía que «sin más demoras» se le devolviese el escaño que le fue retirado alegando que su pena «ha quedado ya extinguida», una vez que «la pena impuesta finaliza el día 5 de diciembre de 2021».
El Supremo declara extinguida la responsabilidad criminal de Alberto Rodríguez tras cumplir el plazo de inhabilitación pero no las consecuencias de su condena

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha acordado declarar extinguida la responsabilidad criminal del exdiputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez toda vez que ha pagado la multa contemplada en la sentencia condenatoria y puesto que ha cumplido el plazo de un mes y quince días de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo.

En un auto fechado el pasado 24 de enero, la Sala de lo Penal señala que se inició el cumplimiento de la inhabilitación el pasado 22 de octubre de 2021 y que se estableció la fecha del cumplimiento el 5 de diciembre.

Según apunta el magistrado ponente Miguel Colmenero, el artículo 130.1 del Código Penal establece que la responsabilidad criminal queda extinguida por el cumplimiento de la condena, algo que se da en este caso concreto porque Rodríguez abonó la multa y ha cumplido la pena de inhabilitación especial. Cabe recordar que esa inhabilitación provocó que perdiera su escaño en el Congreso de los Diputados.

Fuentes del Supremo interpretan que este auto no supone que queden extinguidas las consecuencias que en el ámbito parlamentario haya tenido su condena, es decir que no supone que Rodríguez pueda recuperar su escaño.

*Con información de Agencias. 


Alberto Rodríguez /