Última Hora •  Opinión •  24/04/2020

“No hay pruebas, pero como estuviste allí, tú también eres culpable”, la doctrina ‘delito-masa’ que le han aplicado a Isa Serra

“No hay pruebas, pero como estuviste allí, tú también eres culpable”, la doctrina ‘delito-masa’ que le han aplicado a Isa Serra

Ante la falta de pruebas el juez utiliza la doctrina ‘delito-masa’ para condenar a Isa Serra.

Testimonios confusos y suposiciones: las únicas ‘pruebas’ para condenar a Isa Serra. La sentencia contra la líder de Unidas Podemos en Madrid se basa en una discutible aplicación de esa doctrina, y ninguna prueba la relaciona con los hechos que se le imputan. La condena de 19 meses de cárcel a Isa Serra por intentar parar un desahucio no se basa en ninguna prueba concreta: el testimonio confuso de varios agentes y una serie de suposiciones han sido suficientes para justificar el fallo condenatorio contra la portavoz de Unidas Podemos en la Asamblea de Madrid. Estas son las claves de la polémica sentencia, basada en una discutible aplicación de la ‘doctrina del delito-masa’, utilizada para criminalizar algunas manifestaciones y protestas sociales, y que Serra recurrirá al Supremo.

Pero ¿qué dice la doctrina ‘delito-masa»?

El primer delito que se le atribuye es el de atentado a la autoridad. Pese a que en ninguna de las 1.000 imágenes o de los 115 vídeos aportados como prueba en el juicio se ve a Serra agredir física ni verbalmente a los agentes, el testimonio de los policías que se presentaron como víctimas ha sido suficiente para condenarla. Esta decisión contradice la doctrina del Supremo, que establece que, cuando los agentes son parte en un juicio –y no meros testigos–, su palabra no basta para justificar una condena.

Las declaraciones de los agentes en la vista oral fueron débiles y vagas. No supieron precisar qué hechos concretos habría cometido Serra y se escudaron en generalidades para sostener la acusación. Además, en la declaración durante el juicio, hubo varios agentes a los que el juez curiosamente no ha otorgado la misma confianza que a los que incriminaban a Serra, estos agentes no respaldaron la versión de los agentes a los que el juez si ha otorgado un “plus de credibilidad”.

Las pruebas en el caso de los otros dos delitos –lesiones y daños– son aún más endebles, y se basan en una discutibles aplicación de la teoría de la coautoría, también conocida en círculos jurídicos como ‘doctrina del delito-masa’. En síntesis, esta línea argumental permite imputar a todos los presentes en una manifestación cualquier hecho violento o delictivo que suceda durante la protesta, incluso si no es posible identificar al autor. Es decir: si un manifestante provoca daños, todos los presentes pueden ser culpables a ojos de la justicia si consiguen identificar que estuvieron presentes en la manifestación. Una barbaridad.

Fuentes jurídicas consideran que esta doctrina es la lógica ante otro tipo de delitos y que es “muy cuestionable” utilizarla en una situación como esta. Por ejemplo, tiene sentido en el caso de una paliza donde varios agresores golpean en el suelo a una sola víctima a la que se le provoca una lesión grave en el ojo: en ese escenario, resulta imposible determinar qué hecho concreto, qué patada provocó el daño en el ojo y quién fue el causante, y la justicia considera a todos los implicados responsables por igual.

Pero, en caso de grandes manifestaciones, algunos expertos consideran que la ‘doctrina del delito-masa’ ha sido incorrectamente aplicada con el fin de criminalizar la protesta y disuadir a la ciudadanía de implicarse en causas sociales, ya que los manifestantes pacíficos pueden ser condenados por hechos puntuales cometidos por individuos concretos: “No hay pruebas, pero como estuviste allí, tú también eres culpable”, vienen a decir los jueces y tribunales que optan por aplicar de esta forma la ‘doctrina del delito-masa’. Muchos expertos consideran que la doctrina ‘delito-masa’ aplicada a una manifestación como la que se produjo en el desahucio de Isa Serra, atenta contra el derecho a la manifestación.

Es lo que ha sucedido en el caso de Serra: ninguna fotografía o vídeo la relaciona con agresión o daño alguno. Tampoco lo hacen los testimonios de los agentes, incapaces de afirmar que la diputada regional de Unidas Podemos agrediera a los policías o provocase daños materiales. Pero la sentencia considera que estaba presente en una protesta donde se registraron “hechos idóneos” para generar lesiones o desperfectos, y sustenta en su mera presencia la condena como “corresponsable y coautora” de los delitos.

“Dicen que les insulté y agredí a pesar de que todas las pruebas contradigan eso”, apuntó Serra este miércoles. Según su testimonio, mantuvo en todo momento una actitud pacífica y no fue una de las protagonistas de la protesta, donde por momentos llegaron a concentrarse 2.000 personas. La diputada explica que en ningún caso agredió a los agentes ni provocó daños, y considera que la intención del fallo es penalizar a los activistas por el derecho a la vivienda. El Supremo tendrá ahora que decidir si confirma o revoca el fallo.

«Es intrascendente saber quién o quiénes son los autores de las lesiones» dice la sentencia de Isa Serra. Una sentencia que dice esto, solo puede generar inseguridad y miedo a cualquier ciudadano que quiera ejercer su libre derecho a la manifestación.

Fuente: Última Hora


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