Redacción •  Actualidad •  07/10/2020

IUCyL muestra su satisfacción por la sentencia del Tribunal Europeo de Derecho Humanos condenando la violencia policial en una manifestación en Valladolid en 2014

Las fuerzas de seguridad españolas violaron el derecho a manifestarse consagrado en el Convenio Europeo de Derechos Humanos al dispersar con un uso de la fuerza desproporcionado e “injustificado” una manifestación espontánea en Valladolid en 2014, acción que dejó lesiones permanentes a una mujer, según falló este martes el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en Estrasburgo. “El comportamiento de la manifestación y lo inofensivo de sus lemas y pancartas no justificaban la fuerza desplegada por la policía”, subrayan los siete jueces que firman la sentencia, según la cual “el método usado por la policía para dispersar la manifestación no fue proporcionado” y constituyó, por tanto, una violación de la libertad de asociación y reunión recogida en el artículo 11 del Convenio europeo.

IUCyL muestra su satisfacción por la sentencia del Tribunal Europeo de Derecho Humanos condenando la violencia policial en una manifestación en Valladolid en 2014

Valladolid, 7 de octubre de 2020. IUCyL defiende el derecho a la protesta social y muestra su preocupación porque el Tribunal Europeo de Derecho Humanos llame la atención a nuestro país por el uso desproporcionado de la fuerza de la Policía en una manifestación pacífica en Valladolid en 2014.

Los tribunales de justicia españoles desecharon el proceso penal contra los agentes por lesiones físicas al considerar que «no habían tenido más remedio que usar la fuerza ante una situación de violencia y desórdenes públicos.» Y el Tribunal Constitucional inadmitió el recurso de amparo. La Audiencia Nacional en 2019 falló sobre la reclamación el Ministerio de Interior para que indemnizara a la víctima con 10.000 euros por las heridas sufridas.

También se suscitaron procesos penales contra tres de los manifestantes, que fueron absueltos. El juez del caso concluyó que los acusados habían sido reprimidos con violencia sin que mediara ningún aviso por parte de la Policía, a pesar de que no estaban bloqueando el tráfico ni enfrentándose a los agentes.

El pronunciamiento del Tribunal Europeo de Derechos Humanos establece que hubo un uso desproporcionado de la fuerza por parte de la policía en la dispersión de la protesta el 2 de febrero de 2014 en Valladolid y que esa actuación policial produjo una incapacidad permanente a la persona denunciante que fue golpeada con una porra y trasladada al hospital con heridas en la cabeza, la boca y la mano.

Estas sentencias condenatorias tendrían que hacer reflexionar a los responsables políticos del Ministerio del Interior y de la Delegación del Gobierno en 2014 sobre cómo se gestionó policialmente la movilización.

En algunas ocasiones se producen excesos desproporcionados y antirreglamentarios por parte de determinados policías, como sucedió recientemente en Vallecas, que cuestionan la actividad policial y a la policía en su conjunto. Además, esto no suele suponer un cambio de conducta ya que es el Estado el condenado por la mala praxis de estos policías que ejercieron la violencia de manera desproporcionada.

IUCyL solicitará que la Delegación de Gobierno tome cartas en el asunto para que actuaciones violentas como estas de policías contra manifestantes en protestas pacíficas no vuelvan a producirse en nuestra Comunidad.

IUCyL agradece a la manifestante la denuncia para reivindicar sus derechos y su lucha judicial para eliminar la violencia policial en Castilla y León y espera que dé fruto y no vuelvan a producirse actuaciones de este tipo por parte de la policía.


Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) /