Ramaris Vásquez •  Opinión •  24/09/2020

“Sanciones” contra Venezuela, “castigo” a una población inocente

El asedio de EE.UU y sus aliados eurocentristas sobre Venezuela, ejercido a través de la “guerra no convencional” y la aplicación de medidas unilaterales y coercitivas (“sanciones”) para presionar un cambio de gobierno, castiga diariamente a millones de seres humanos inocentes, a los que –además- se les vulneran sus derechos, al tiempo que se violenta la autodeterminación al país.
Cuando en 2015, EE.UU. declara Venezuela como una “amenaza inusual y extraordinaria” para su seguridad, mediante la “orden” 13692, agudiza la situación sociopolítica del país bolivariano. Hoy, su población –dentro y fuera de sus fronteras- es la protagonista sufriente de los embates, en medio de la pandemia por COVID-19.
Vale recordar que en Venezuela el brote por coronavirus se presenta en medio de una crisis económica. Así lo afirma el informe del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) LAC C19 PDS No. 3:
El PIB se contrae de manera continua desde el 2014. La producción petrolera también se reduce drásticamente. El déficit fiscal abultado, la elevada inflación, que en 2018 alcanzó niveles de hiperinflación, y el default de la deuda externa desde finales de 2017 agravan el panorama”. (PNUD, 2020, Pág. 4). (1)
Asimismo, el PNUD sostiene que “las sanciones económico-financieras de la administración Trump profundizan e impiden la superación de la crisis”. “(…) La opción de liquidación de activos del Estado, como refinerías dentro y fuera del país, es difícil de implementar debido a las sanciones”. (PNUD, 2020, Pág. 4).
En efecto,  las “órdenes” estadounidenses Nº 13835-2018,  Nº 13857-2019 y  Nº 13884-2019 bloquean  las propiedades del Estado venezolano y los activos de PDVSA (CITGO) en EE.UU.; sus cuentas por cobrar y otras operaciones financieras, torpedeando el negocio petrolero venezolano, principal fuente de ingresos del país. (2)
A esto se suma lo que el PNUD avizoró a principios de año: “(…) la previsible caída de las remesas acentuará la reducción del ingreso de los hogares más vulnerables”. (PNUD. 2020, Pág. 4.). El retorno masivo de venezolan@s a su nación -en plena pandemia- confirma el descenso de esa entrada económica. (3)
A ello hay que agregarle las medidas de la U.E, que según su Reglamento (UE) 2017/2063, bloquea  transacciones comerciales y financieras de Venezuela con Europa -mayoritariamente en materia tecnológica y de defensa- esgrimiendo que se hace por ‘protección a los DD.HH, la democracia y el estado de derecho’. (4)
Irónicamente, esas mismas medidas, que durante años se han aplicado contra Venezuela, vulneran los derechos humanos de su población. El Centro para la Economía e Investigación de Políticas de EE.UU (2019), en su estudio Sanciones económicas como castigo colectivo: el caso de Venezuela, describe las secuelas del bloqueo económico y financiero contra el país suramericano:
 “(…) las sanciones redujeron la ingesta calórica de la población, aumentaron las enfermedades y la mortalidad (tanto de adultos como de lactantes), y millones de venezolanos desplazados que huyeron del país como resultado del empeoramiento de la depresión económica y la hiperinflación (…)  (Weisbrot y Sachs, 2019, Pág. 1). (5).
Asimismo, el informe estadounidense ratifica la vulneración a los derechos humanos sociales y políticos de l@s venezolan@s: “Las sanciones implementadas en 2019, incluido el reconocimiento de un gobierno paralelo, aceleró esta privación y aisló Venezuela de la mayor parte del sistema internacional de pagos, poniendo fin a gran parte del acceso a importaciones esenciales, incluidos medicamentos y alimentos (…)”. (Weisbrot y Sachs, 2019, Pág. 4).
Los Estados que infligen estas medidas, violentan la Carta de Naciones Unidas y otros instrumentos, como  la resolución aprobada por la Asamblea General de la ONU el 17 de diciembre de 2015 70/151, derechos humanos y medidas coercitivas unilaterales, que en su numeral 6:
 “Condena el hecho de que algunas Potencias sigan aplicando y haciendo cumplir medidas coercitivas unilaterales, y rechaza esas medidas con todos sus efectos extraterritoriales por considerarlas un instrumento de presión política o económica (…)” y porque tienen consecuencias negativas en la realización de todos los derechos humanos (…)”. (6).
 Quizás estas realidades hayan conducido la conclusión del Informe de Crisis Group sobre América Latina N°79,  “Imaginando una resolución a la crisis venezolana” cuando señala que, “el precio pagado por Venezuela y su gente, independientemente de si son chavistas o simpatizantes de la oposición, al mantener la situación actual supera con creces el precio que las partes pagarían como resultado de un compromiso pragmático y de principios (…)”. (Crisis Group, 2020, Pág. 30).(7).
En todo caso, la situación actual en Venezuela, tras 5 años de “sanciones”,  pone en vigencia la advertencia que recibiera en 2018 del experto independiente Alfred de Zayas, en su informe sobre su misión a Venezuela, tras la resolución 36/4 del Consejo de DD.HH. de la ONU:  
“Mediante una inquietante campaña mediática se procura forzar a los observadores a adoptar una visión preconcebida de que existe una “crisis humanitaria” en la República Bolivariana de Venezuela. (…) “un término técnico que puede utilizarse incorrectamente como pretexto para una intervención militar”. (De Zayas, 2018, Pág. 16). (8).
  1. https://www.undp.org/content/dam/rblac/Policy%20Papers%20COVID%2019/UNDP-RBLAC-CD19-PDS-Number3-ES-Venezuela.pdf
  2. https://www2.ohchr.org/spanish/bodies/hrcouncil/docs/gaA.RES.60.1_Sp.pdf
  3. https://www.france24.com/es/20200721-venezuela-migrantes-colombia-retorno-coronavirus
  4. https://eurlex.europa.eu/legalcontent/ES/ALL/?uri=CELEX%3A32017R2063
  5. https://cepr.net/images/stories/reports/venezuela-sanctions-2019-04.pdf
  6. http://www.acnur.org/fileadmin/scripts/doc.php?file=fileadmin/Documentos/BDL/2016/10679
  7. https://reliefweb.int/report/venezuelabolivarianrepublic/imaginandouna-resoluci-n-la-crisis-venezolanainforme-sobre-am
  8. https://goo.gl/FQNzHC

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