Redacción •  Vivienda •  20/12/2018

La FRAVM, sobre el decreto de vivienda: las medidas sobre el alquiler y los pisos turísticos son claramente insuficientes

  • A tenor de la federación vecinal, el Real Decreto-ley de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler aprobado por el Consejo de Ministros el pasado viernes y que entra hoy en vigor es poco contundente y peca de falta de ambición.
  • No incluye una medida muy esperada por las asociaciones vecinales y los colectivos pro-vivienda: la habilitación de los Ayuntamientos para que puedan limitar los precios del alquiler.
  • La FRAVM vuelve a reclamar la creación de un gran parque público de viviendas sociales en alquiler y normas más restrictivas para poner coto a la expansión de las Viviendas de Uso Turístico (VUT).
  • Frente a lo recogido en el decreto, las asociaciones vecinales proponen que sea necesario el voto favorable de al menos el 75% de los propietarios de las comunidades para la instalación de una VUT.
La FRAVM, sobre el decreto de vivienda: las medidas sobre el alquiler y los pisos turísticos son claramente insuficientes

Madrid, 19 de diciembre de 2018. Decepción de las asociaciones vecinales madrileñas ante el Real Decreto-ley 21/2018, de 14 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, que entra hoy en vigor y que, en teoría, nace para hacer frente a la actual crisis habitacional. En Madrid, Barcelona y las grandes y medianas ciudades del país asistimos a una acusada agravación del sempiterno problema de la vivienda: suben los precios de compra, se disparan las rentas de alquiler, miles de pisos son sustraídos a los usos residenciales para transformarlos en viviendas turísticas… Todo ello está generando graves situaciones sociales como la imposibilidad de que los y las jóvenes puedan emanciparse, que las familias de ingresos bajos y medios se vean expulsadas de los barrios céntricos, que el número de desahucios por impago del alquiler crezca exponencialmente, que miles de edificios residenciales se conviertan progresivamente en hoteles, que en el interior de las comunidades vecinales en que proliferan las Viviendas de Uso Turístico (VUT) la vida cotidiana sea un infierno para los vecinos y vecinas…

Las medidas acordadas por el Gobierno debían atacar las causas de estas situaciones. Sin embargo, según la Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid (FRAVM), que agrupa a 280 entidades, se quedan cortas, a medio camino. Por ello, las ha recibido con una gran decepción, tanto más cuanto que se habían anunciado determinadas medidas que finalmente no aparecen en el Real Decreto-ley aprobado.

Alquiler: se renuncia a intervenir en el mercado

La nueva norma alarga la duración mínima de los contratos, de 3 a 5 años (a 7 años si el arrendador es una persona jurídica), y prolonga la prórroga tácita de 1 a 3 años. Asimismo, limita las garantías adicionales a la fianza a un máximo de dos meses. Son medidas positivas, pero falta la principal: habilitar a los ayuntamientos para controlar los alquileres máximos en aquellos municipios que hayan sufrido un alza importante en los últimos tiempos.

Viviendas sociales en alquiler

Ha de ser prioritario constituir un gran parque público de viviendas sociales en alquiler. España es un país, en el contexto europeo, con un parque en alquiler muy reducido. Lo es, en primer lugar, porque la oferta de arrendamientos accesibles a las familias de ingresos medios y bajos es muy baja, ridícula. Apenas se promueve un puñado de viviendas protegidas en alquiler. Ese déficit no se superará mientras las tres administraciones (ayuntamientos, comunidades autónomas y ejecutivo central) no formen significativos parques propios para arrendar. Recordamos que, en la legislatura anterior, tanto el Ayuntamiento de Madrid como la Comunidad de Madrid malvendieron a fondos buitre 5.000 viviendas.

El Real Decreto-ley no ataca esta cuestión. En su lugar se enuncian de manera genérica algunas medidas para promover la oferta de alquiler. Su falta de concreción significa que estamos más ante promesas que ante compromisos.

Es positivo, no obstante, que por fin se regule la posibilidad de que los ayuntamientos recarguen hasta en un 50% el IBI de las viviendas vacías. Cabe esperar que estos, más temprano que tarde, se acojan a esta competencia y aprueben las preceptivas ordenanzas fiscales.

La Vivienda de Uso Turístico sigue adelante

Sobre la regulación de las VUT, el Real Decreto-ley únicamente recoge dos medidas: se faculta a las comunidades de propietarios para limitar o prohibir su instalación en edificios residenciales y para incrementar hasta un 20% las cuotas de las y los propietarios de pisos turísticos. En ambos casos se ha de alcanzar una mayoría de votos del 60%, no vale con la mayoría simple del 50%. La tibieza de ambas medidas salta a la vista: no sirven para combatir la proliferación de las VUT y sus impactos enormemente negativos sobre las rentas de alquiler y sobre la convivencia en el seno de las comunidades.

Las asociaciones vecinales hemos propuesto en reiteradas ocasiones que para aprobar la instalación de una VUT se requiera el voto unánime de las y los propietarios o, al menos, el voto favorable del 75%. Es decir, hemos exigido un voto cualificado a favor. Pues bien, el RDL lo que hace es regular el voto cualificado en contra: la minoría puede imponer su voluntad a la mayoría. Así ganan los propietarios de las VUT: dos pueden más que tres. Asimismo, defendemos que los propietarios de las VUT asuman todo el incremento del gasto que originan en las comunidades: es muy injusto que los vecinos y vecinas que sufren las molestias de los pisos turísticos tengan que afrontar el mayor gasto que suponen, mientras que los propietarios se llevan los beneficios.

Por otra parte, las dos medidas no tendrán efectos retroactivos. Ello supone que las miles de VUT existentes hoy en Madrid, Barcelona, Valencia, Málaga, Sevilla… no se verán afectadas. Recordemos que, en Madrid, la gran mayoría de ellas incumplen la normativa vigente, por lo que exigimos, una vez más, a la Comunidad de Madrid (la administración competente en materia de turismo) y al Ayuntamiento de Madrid (la administración competente en materia de urbanismo) que apliquen la ley, tomen las medidas necesarias y procedan a su cierre.


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