Redacción •  Actualidad •  23/05/2022

FACUA denuncia en la AEPD la difusión de un vídeo de las niñas violadas en Burjassot

La cofundadora de Vox Cristina Seguí publicó en Twitter y Telegram el vídeo, sacado de la cuenta de Instagram de una de las menores. Estado de Alarma TV reprodujo el sonido, difuminando las imágenes.

FACUA denuncia en la AEPD la difusión de un vídeo de las niñas violadas en Burjassot

FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) la difusión de un vídeo en el que las niñas de 12 y 13 años violadas el pasado 16 de mayo en el municipio valenciano de Burjassot hablan con una amiga, también menor.

Cinco presuntos autores, de edades comprendidas entre los 15 y los 17 años, fueron detenidos y posteriormente puestos en libertad vigilada y con órdenes de alejamiento. La Fiscalía ha recurrido la decisión de la jueza de no decretar el internamiento de cuatro de ellos en régimen cerrado, tal y como solicitó el pasado jueves.

El vídeo, sacado de la cuenta de Instagram de una de las menores, fue publicado el viernes por la cofundadora de Vox Cristina Seguí en su cuenta de Twitter y su canal de Telegram. En él se menciona el nombre de una de ellas y el primer apellido de otra, aparece el nombre de usuario en Instagram de una de las víctimas y durante un momento pueden verse las caras de dos de las niñas que conversan. Ese mismo día, por la noche, el canal de YouTube de Javier Negre, Estado de Alarma TV, emitió el vídeo, difuminando las imágenes.

En sus tuits, Seguí aseguró que las dos niñas tienen «15 y 16 años» y que habían mantenido «sexo consentido con otros menores para denunciarles falsamente por violación y salir así en televisión». Durante el programa de Estado de Alarma TV, Negre afirmó que estaban «fabricando una prueba falsa» y que merecían que sus padres les pegasen «una hostia». Sin embargo, en el vídeo las menores no hacen más que comentar que las denuncias están teniendo repercusión en televisión, que creen que el caso llegará a juicio y que una de ellas declarará como testigo.

Qué dice la legislación

El reglamento general de protección de datos de la Unión Europea exige en su artículo 6 que para que el tratamiento de datos personales pueda ser lícito, tiene que haber consentimiento del afectado. Aunque en este caso resulta obvio que las niñas no han autorizado a los denunciados a publicar el vídeo, FACUA recuerda que aunque lo hubieran hecho, también se estaría produciendo una vulneración de la normativa. Y es que la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de los derechos digitales establece en su artículo 7 que un niño menor de 14 años ni siquiera está facultado para autorizar el tratamiento de sus datos.

Las irregularidades se agravan también al tratarse de datos relacionados con agresiones sexuales. Y es que el citado reglamento europeo establece en su artículo 9, relativo al tratamiento de categorías especiales de datos personales, la prohibición del tratamiento de datos relativos a la «vida sexual» de una persona.

En este sentido, las infracciones que afectan a los dos citados artículos del reglamento pueden sancionarse con multas administrativos de hasta 20 millones de euros.

La AEPD ya investiga a Seguí en otro expediente

Protección de Datos ya investiga a Seguí y otras personas en otro expediente abierto tras una denuncia de FACUA por difundir a finales de 2019 audios de una niña víctima lo que el TSJCyL consideró abusos sexuales por parte de exjugadores del Arandina Club de Fúbol -la Fiscalía ha recurrido al Supremo al entender que se trató de agresión sexual-.

La AEPD sancionó en mayo de 2019 con 150.000 euros al militar de La Manada, Alfonso Jesús Cabezuelo, por la grabación y posterior difusión de un vídeo de la víctima.

FACUA pone a disposición de las familias los certificados digitales de los mensajes de Twitter y Telegram de Seguí y el vídeo de YouTube de Estado de Alarma TV, por si pretenden denunciar los hechos en los tribunales.


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