OG •  Redacción / Agencias •  Actualidad •  14/10/2018

La Audiencia Nacional juzga a los combatientes voluntarios en Rojava por “actividad criminal”

La Fiscalía pide para los brigadistas voluntarios que fueron a combatir contra el ISIS penas que oscilan entre 2 y 8 años amparándose en la consideración de “organización terrorista” del partido kurdo PKK.

La Audiencia Nacional juzga a los combatientes voluntarios en Rojava por “actividad criminal”

La Audiencia Nacional juzga desde mañana a seis personas por colaborar con las llamadas unidades de protección popular del pueblo kurdo, las YPG, junto a las que combatieron como brigadistas contra Daesh en Siria dos de los acusados. Todos los acusados son miembros del minoritario Partido Marxista-Leninista (Reconstrucción Comunista).

La Fiscalía pide para los cinco miembros del partido Marxista Leninista Reconstrucción Comunista Roberto G. V., Carlos J. V. ; Adrián D. G., Álvaro F. R. y Pablo D. O. penas que oscilan entre 2 y 8 años de cárcel por sus supuesta comisión de “asociación ilícita, tenencia de armas prohibidas y explosivos”, así como 3 años de cárcel por “enaltecimiento del terrorismo” por sus artículos de apoyo al PKK kurdo al  Nizamettin G., impulsor del Comité de Solidaridad con Rojava.

En un principio el Ministerio del Interior aspiraba a procesar a los implicados por delitos de terrorismo, basándose en su relación el PKK, partido al cual la Unión Europea tiene introducido en su listado de “organizaciones terroristas”. Sin embargo, la fiscalía rebajó la acusación a “pertenencia a organización criminal”.

Según la fiscalía, el Comité de Solidaridad con Rojava y el pueblo kurdo sería  “una sociedad pantalla” para el establecimiento de «una organización criminal dirigida a la comisión de delitos».

Dos de los acusados, Pablo D.O. y Álvaro F. R., se trasladaron en diciembre de 2014 a Rojava para integrarse en las milicias del YPG que combatían contra los ataque de Daesh, en aquel momento en plena ofensiva por todo el territorio sirio.  Según indica la fiscalía, «no ha quedado acreditada» la “vinculación o dependencia con la organización terrorista PKK “ de las YPG, motivo por el cual finalmente no serán acusados de delitos de terrorismo.

Posteriormente a su detención en el año 2015, tras su retorno de Siria, el Ministerio del Interior ordenó su detención. Según relata el propio informe de la fiscalía, el acusado Pablo D.O. “colaboró activamente con la justicia” para recopilar pruebas de las actividades ilícitas de la organización política. Dichas pruebas quedan descritas como “componentes para la fabricación de explosivos” así como la presencia de “armas prohibidas” como una porra extensible, puños americanos, navajas automáticas y esprays, en los domicilios particulares de dos de los acusados.


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