Redacción •  Actualidad •  11/06/2026

El Partido Verde lleva al Constitucional la ley ambiental andaluza que convierte el silencio de la Administración en permiso para modificar actividades contaminantes

  • Ambiental de Andalucía: el que permite a una empresa con autorización ambiental modificar su actividad si la Administración no se opone en el plazo de un mes.
  • Ha intervenido en rueda de prensa en el Congreso la coportavoz federal del Partido Verde, Mar González, acompañada del coportavoz de Vamos Granada, Cecilio Sánchez Hita.
El Partido Verde lleva al Constitucional la ley ambiental andaluza que convierte el silencio de la Administración en permiso para modificar actividades contaminantes

11 de junio de 2026. Madrid.- El Partido Verde ha presentado este jueves en Madrid el recurso de inconstitucionalidad que quiere elevar al TC contra un inciso del artículo 74.6 de la Ley para la Gestión Ambiental de Andalucía, aprobada por el Parlamento andaluz el pasado 25 de febrero. No se impugna la ley entera, ni la obligación de comunicar una modificación. Lo que se cuestiona es un punto concreto: que la falta de respuesta de la Administración en el plazo de un mes baste para que una empresa siga adelante con el cambio que quiere hacer.

La mecánica es la que preocupa al partido. Basta con que la empresa comunique que, en su opinión, la modificación no es sustancial para que, si la Junta no llega a frenarla a tiempo, pueda ejecutarla. “El reloj corre a favor de quien quiere hacer el cambio, no de la protección del interés general”, ha dicho la coportavoz federal del Partido Verde, Mar González, quien ha advertido de que el problema parece técnico pero no lo es:“Aquí el riesgo de que la Administración no revise a tiempo juega a favor del promotor, no del medio ambiente. Y eso vacía de contenido el control que debería operar antes de que se produzca el impacto. Si la Junta tarda más de un mes en comprobar si la empresa ha calificado bien su modificación, el cambio se ejecuta igual, aunque después se discuta que tenía más alcance del declarado”.

González ha recordado que la ley estatal de procedimiento dice justo lo contrario en esta materia. “Cuando una actividad puede dañar el medio ambiente, el silencio se entiende como negativa, nunca como autorización. Y qué decidir cómo opera ese silencio es competencia del Estado, no de cada comunidad por su cuenta”. Esa, ha señalado, “es la razón de fondo del recurso”.

El Partido Verde insiste en que no se trata de una interpretación de parte. El Tribunal Constitucional ya ha anulado, en Murcia (STC 70/2018) y en la Comunidad Valenciana (STC 76/2022), normas autonómicas que convertían el silencio administrativo en una vía de autorización tácita en materia ambiental, en contra de la regla de silencio negativo que fija la ley estatal de procedimiento.“El Constitucional ya ha tumbado dos veces el mismo modelo, en Murcia y en Valencia, y aun así el PP lo vuelve a intentar en Andalucía”, ha apuntado la coportavoz. Por eso, ha insistido, lo que se pide al Constitucional es clave, “que se anule solo ese inciso, el que convierte el silencio en permiso, y que el resto del artículo quede en pie. La empresa seguiría obligada a comunicar la modificación y a aportar su documentación. Eso no se toca”.

Para el Partido Verde, detrás de un punto aparentemente menor hay una forma de entender la protección ambiental. Quien sale beneficiado cuando la Administración no llega a tiempo es el promotor. Quien asume el riesgo es el medio ambiente y, con él, la capacidad de la propia Administración para prevenir daños antes de que ocurran.


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