Redacción •  Actualidad •  10/07/2018

Unidos Podemos registra una ley para garantizar los derechos de menores cuyos progenitores están en prisión

Con la actual legislación se practican visitas semanales, a través de una mampara de cristal, de 40 minutos mientras que la propuesta de Unidos Podemos es que los menores puedan disfrutar de dos horas semanales de visita sin ninguna barrera física que les separe de su progenitor.

Unidos Podemos registra una ley para garantizar los derechos de menores cuyos progenitores están en prisión

Maribel Mora, senadora andaluza de Podemos, ha registrado una Proposición de Ley para modificar la Ley Orgánica 1/1979, que regula las comunicaciones entre las personas presas en un centro penitenciario y sus familiares. Tal y como explica el texto registrado, “la actual regulación del régimen de comunicaciones entre menores de edad y sus progenitores presos presenta una grieta reparable que afecta fundamentalmente al desarrollo emocional de los menores”. La actual legislación contempla que los niños y niñas afectados puedan permanecer junto a sus madres en prisión hasta que alcancen la edad de tres años, cuando irremediablemente pasarán al cuidado de otro familiar o a estar bajo la tutela del Estado. A partir de ese momento, las comunicaciones de los menores con su madre o padre preso se regula por los artículos 42 y 45 del Régimen Penitenciario, que contempla dos visitas semanales de veinte minutos, acumulables en una de cuarenta, que tendrá lugar a través de un cristal blindado o por interfono. Asimismo, la legislación vigente solo contempla una visita mensual en régimen de vis a vis de una duración máxima de tres horas.

La única excepción que contempla la actual reglamentación hace referencia a los menores de diez años, que, según la norma vigente, deberían poder disfrutar de visitas “sin restricciones de ningún tipo en cuanto a frecuencia e intimidad y a su tiempo”, tal y como establece el artículo 39 de la LOGP. Sin embargo, la falta de desarrollo reglamentario de este artículo impide que queden garantizados los derechos de los menores de diez años en estas circunstancias, dependiendo en todo momento de las circunstancias de cada centro penitenciario y de la voluntad de la dirección del mismo y la realidad es que las visitas que se practican son las mismas que las del régimen de las visitas de los adultos.

Unidos Podemos, con la Proposición de Ley registrada, pretende modificar una norma que, estando vigente desde 1979, no ha sido convenientemente desarrollada para uniformar su aplicación en el conjunto de prisiones del Estado Español. La iniciativa impulsada por la senadora Maribel Mora pretende garantizar que “el régimen de visitas deberá en todo caso respetar el interés de las personas menores de edad”, de tal forma que “las comunicaciones de los y las menores de catorce años con sus progenitores no se llevarán nunca a cabo a través de locutorios con barreras físicas”.

Además, la Proposición de Ley de Unidos Podemos aspira a que “las referidas visitas se realizarán sin restricciones de ningún tipo en cuanto a frecuencia e intimidad. Su periodicidad no podrá ser nunca inferior a una comunicación por semana y su duración mínima será de dos horas. Además, mensualmente se concederá al menos una visita de convivencia entre los referidos menores y sus progenitores de seis horas de duración”, garantizando además que deban “programarse de forma que resulten compatibles con el horario escolar de los menores”, algo que la actual situación tampoco contemplaba.

Habida cuenta de que la anterior norma no se ha desarrollado en décadas, Unidos Podemos ha incluido en su PL una disposición final que obliga al Gobierno a reformar “en el plazo máximo de seis meses” el actual Reglamento Penitenciario, “a fin de adecuar su contenido” a la propuesta impulsada desde el Senado por Maribel Mora.

Para la senadora andaluza de Podemos “una iniciativa como esta es de suma importancia para muchos menores que ven vulnerados en nuestro país su derecho a tener una relación afectiva normalizada con sus progenitores, aun cuando estos estén en prisión”. Mora quiere recalcar que “la condena al padre o a la madre no puede convertirse en una condena añadida para unos menores que deberían estar protegidos por la legislación”. Tal como el texto registrado apunta, “además esto facilita la reinserción de la persona presa, que no pierde sus vínculos familiares y con su entorno al que después deberá volver”.


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