Redacción •  Internacional •  13/03/2017

López critica que el BCE no quiera investigar las prácticas regulatorias del Banco de España al inicio de la crisis financiera

La eurodiputada remitió una pregunta al Comité de Supervisión en la que informaba de que el Banco de España creó al inicio de la crisis un Comité Técnico de Coordinación que facilitaba a los inspectores interpretaciones sobre la aplicación de la regulación bancaria. En su opinión, las instrucciones que daban podrían haber contravenido la normativa contable vigente.

La eurodiputada de Izquierda Unida Paloma López ha criticado al Banco Central Europeo (BCE) por no querer investigar las prácticas regulatorias informales que puso en marcha el Banco de España al inicio de la crisis con la creación del denominado Comité Técnico de Coordinación (CTC) y que, desde su punto de vista, “podrían haber distorsionado el auténtico valor de los balances bancarios”.

En respuesta a una pregunta formulada por López al BCE sobre este asunto, la presidenta del Comité de Supervisión, Danièle Nouy, exime de toda responsabilidad al regulador de Frankfurt “al referirse a un periodo anterior al establecimiento del Mecanismo Único de Supervisión [MUS]”, puesto en marcha en noviembre de 2014. Además, asegura que “entre las competencias del BCE no se incluye la de determinar si las interpretaciones de las autoridades nacionales competentes antes de la creación del MUS se ajustan a la legalidad”.

La pregunta de López hacía referencia a las informaciones sobre sobre la creación de dicho CTC y las interpretaciones que facilitaba a la banca, que tal y como habría especificado el propio Banco de España, “no debían tener un carácter oficial, no debían hacerse públicas y no podían entregarse a las instituciones bancarias en forma escrita”.

La eurodiputada ha mostrado su perplejidad porque el BCE “no esté interesado en las prácticas regulatorias del Banco de España antes de 2014, considerando la participación del propio BCE en el rescate financiero de 2012 y la importancia continuada de la supervisión nacional en el interior de la nueva Unión Bancaria”.

Al contrario, López considera que “el BCE debería haber lanzado una investigación, ya que la Unión Bancaria sigue dependiendo de los reguladores nacionales en sus prácticas de supervisión bancaria”.

“Lo normal era pensar que la señora Nouy estaría interesada en conocer si el Banco de España emite recomendaciones contrarias a la normativa y legislación vigente a un nivel superior, como es, actualmente, el europeo”, critica.

De hecho, “todo hace indicar que la Dirección General de Supervisión del Banco de España se dedicó a maquillar la regulación en esa época para mitigar y diferir el reconocimiento de la gran morosidad y las pérdidas que conllevaba por la gran expansión del crédito que puso en marcha el motor de la burbuja inmobiliaria”.

En aquel momento, el director general de Supervisión del Banco de España era Javier Aríztegui Yáñez, que hoy forma parte del MUS. En su pregunta, López se interesaba por las acciones que emprendería el BCE para conocer si tuvo algún tipo de responsabilidad en las prácticas del CTC. De hecho, la eurodiputada afirma que “su periodo como subgobernador del Banco de España le invalida como miembro del MUS”, pues se le exige capacidad de actuar «con independencia y en pro del interés público».

En la contestación, Nouy informa a López de que el propio Aríztegui ha pedido ser sustituido en el Comité Administrativo de Revisión del BCE “hasta la conclusión de la investigación a la que está sometido”, como se hizo público hace unas semanas.

López ve “inaceptable” que el Mecanismo Único de Supervisión “se conforme con la sustitución provisional” de Aríztegui, a tenor de “la gravedad de los hechos y su posterior involucración en el caso Bankia”. Esta forma de actuar, indica la eurodiputada, “demuestra una vez más que la supervisión bancaria europea replica todos los vicios de la supervisión estatal”.

Precisamente sobre el caso Bankia, López presentó otra pregunta sobre el caso Bankia en la que pregunta sobre la responsabilidades de los imputados con responsabilidades en la supervisión internacional, así como de la responsabilidad del BCE en el mismo.


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