Redacción •  Soft •  12/09/2024

La justicia europea confirma la multa de 2.400 millones a Google por abuso de posición al favorecer a su propio servicio

El máximo organismo judicial europeo avala la multa de la Comisión Europea contra Google. Junto a la de Apple, han sido dos históricas victorias para la Comisaria de Competencia La compañía se sirvió de su posición dominante en el mercado de los servicios de búsqueda para presentar de manera preferente los resultados de su herramienta.

La justicia europea confirma la multa de 2.400 millones a Google por abuso de posición al favorecer a su propio servicio

Se cierra el caso Google Shopping. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) confirma la multa de 2.400 millones de euros a Google por abuso de posición dominante. El Alto Tribunal de Justicia europeo ha desestimado el recurso de casación y confirma la sentencia contra Google y Alphabet, por abuso de posición dominante al favorecer a su propio servicio de comparación de productos frente a los de sus competidores.

El caso se remonta a 2017, cuando la Comisión Europea sancionó a la compañía estadounidense al concluir que se sirvió de su posición dominante en el mercado de los servicios de búsqueda general como palanca para presentar de manera preferente los resultados de su herramienta.

Bruselas consideró que esto tuvo como consecuencia que los usuarios clicasen más a menudo en los resultados de los servicios de comparación de productos de Google que en los de sus competidores, por lo que el desvío del tráfico de datos de la página de resultados generales de Google no se debía a una mejor calidad de su servicio sino al “autofavoritismo”.

Como resultado de esta investigación, la Comisión impuso una multa de 2.400 millones de euros, de la que Alphabet, en su condición de socio único de Google, respondió solidariamente por un importe de 523.518.000 euros. Las dos firmas recurrieron el asunto ante la Justicia europea, que ya dio la razón a Bruselas en primera instancia y que ahora confirma en este recurso de casación.

En la sentencia, el Tribunal con sede en Luxemburgo recuerda que el Derecho comunitario no prohíbe la existencia en sí misma de una posición dominante, sino únicamente su explotación abusiva, pero añade que la investigación llevada a cabo por el Ejecutivo comunitario demostró que en este caso el comportamiento de Google fue discriminatorio y no correspondía a la competencia basada en los méritos.


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