Redacción •  Vivienda •  11/03/2020

El Supremo rechaza el recurso del PP y anula definitivamente la venta de 3.000 viviendas sociales de Madrid a un fondo buitre

El recurso fue presentado por el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso, al que el TS le recrimina "erigirse en defensor" de Goldman Sachs-Azora.

El Supremo rechaza el recurso del PP y anula definitivamente la venta de 3.000 viviendas sociales de Madrid a un fondo buitre

El Tribunal Supremo (TS) ha anulado de forma definitiva la venta de casi 3.000 viviendas públicas del antiguo Ivima acometida en 2013 a Goldman Sachs-Azora por 201 millones de euros. Rechaza así el recurso presentado por el Gobierno de la Comunidad de Madrid, dirigido por Isabel Díaz Ayuso, y le recrimina «erigirse en defensor» del fondo buitre.

Así consta en una providencia, en la que la Sala III descarta el incidente de nulidad promovido por el Gobierno regional contra el auto, de 29 de noviembre de 2019, que inadmitió a su vez el recurso contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que confirmó la anulación de la resolución del Instituto de la Vivienda de Madrid (IVIMA), de 29 de agosto de 2013.

Esta resolución estaba relacionada con la enajenación de 32 promociones de viviendas en arrendamiento adjudicada a Azora Gestión y la transmisión de la propiedad de las viviendas a Encasa Cibeles SL.

La provindencia destaca que no se han vulnerado del derecho fundamental a la titula efectiva de la administración regional al confirmar la sentencia anulatoria de la enajenación, pues la resolución del recurso de casación se ajusta «íntegramente» a lo dispuesto en la legislación. Tampoco aprecia ninguna «incongruencia o error» en la decisión del Supremo.

El consejero de Vivienda y Administración Local, David Pérez, defendió el recurso contra la ratificación de la anulación de la venta de las viviendas del Ivima para «defender los intereses de los afectados«, pues había 1.000 personas que ya habían adquirido las viviendas.

En su sentencia anterior, los magistrados del Alto Tribunal argumentaron que «si bien existe una motivación razonable sobre la decisión política» de enajenar determinado lote de promociones, sin embargo «no se ha justificado debidamente» (de forma específica) que esas viviendas concretas vendidas «no son necesarias para el cumplimiento de las funciones y competencias del Ivima«.

Además, exponía que los argumentos aportados por ambos recursos «evidencian la carencia de interés casacional«. Así, por ejemplo, se reclama por parte de la Comunidad que la sentencia anulatoria se circunscriba al caso de un único afectado (el demandante en primera instancia), aspecto que rechaza el TS por no tener relación con el fallo del TSJM.

«Esta cuestión no ha sido tratada en la sentencia de apelación recurrida que confirma el fallo de la sentencia del Juzgado que contiene un doble pronunciamiento anulatorio: uno, respecto de la enajenación de las 32 promociones (que deja sin efecto) y, otro, respecto de la concreta transmisión de la propiedad del recurrente«, argumentaba el Alto Tribunal.

Azora por su parte planteó, al igual que la Comunidad, que la postura del TSJM contradice la doctrina jurisdiccional sobre el control negativo de la discrecionalidad técnica de la administración, algo que tampoco atiende el Supremo al entender que no concurre ese supuesto.

«No se ofrece ni justifica la razón o el porqué dejan de ser necesarias dichas promociones, cuando juntan un total de 2.935 viviendas que cumplen una labor social, como es la de proporcionar a clases desfavorecidas una vivienda digna«, argumentaba la sentencia ratificada.

Además, el TSJM aseguraba que esas viviendas fueron concebidas con una función social para atender a personas que no pueden acceder a un piso a precio de mercado, algo que la mercantil (Azora) no tiene obligación de hacer.

Las casi 3.000 viviendas pertenecían al Plan Joven del Instituto de la Vivienda de Madrid, que fueron vendidas por un importe de 201 millones de euros, casi un 20 por ciento más que el precio fijado de salida (168,9 millones).

Son en su mayoría pisos de uno y dos dormitorios con un máximo de 70 metros cuadrados de superficie. Las viviendas están ubicadas en las localidades de Madrid (1.380), Móstoles (259), Torrejón de Ardoz (224), Tielmes (21), Parla (240), Collado Villalba (44), Majadahonda (332), Navalcarnero (192), Leganés (36), Valdemoro (80) y Arroyomolinos (127).

Los afectados aplauden la decisión

Por su parte, la abogada y portavoz de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca, Alejandra Jacinto, ha celebrado la decisión del Alto Tribunal y reitera la decisión de anular la venta de 3.000 viviendas al «fondo buitre«, en el marco de la «titánica lucha jurídica» que han emprendido contra esta enajenación.

«Queremos manifestar que el margen de maniobra de la Comunidad de Madrid, que de forma contumaz se está negando a acatar la sentencia, se va achicando y sólo tratan de aplazar lo inaplazable, que es el retorno de esas viviendas al patrimonio público«, ha señalado en declaraciones a Europa Press.

Por tanto, Jacinto exige al Gobierno regional que «deje de dilatar» el acatamiento del fallo del Tribunal Supremo que anula la venta de las viviendas y de «causar daño» porque los desahucios de este fondo de inversión continúan, algo que es «responsabilidad directa» de la Comunidad de Madrid. «Que dejen de dilatar el proceso de forma torticera y que reparen el daño a las familias«, ha sentenciado.

* Con información de Agencias.


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