Redacción •  Actualidad •  24/03/2022

CCOO interpone una demanda judicial contra la Resolución que aprueba el trabajo a destajo del personal asalariado del transporte por carretera para amortiguar el paro patronal

  • El Sector de Carretera y Logística de FSC-CCOO ha interpuesto una demanda judicial para solicitar la anulación de la Resolución de 19 de marzo de la Dirección General de Transporte Terrestre por la que se exceptúa entre el 17 y el 27 de Marzo, el cumplimiento de las normas de tiempos de conducción y descanso en los transportes de mercancías y solicita medidas cautelares para que se suspenda de inmediato su aplicación.
CCOO interpone una demanda judicial contra la Resolución que aprueba el trabajo a destajo del personal asalariado del transporte por carretera para amortiguar el paro patronal

Con esta medida, sobre la que no se ha realizado ninguna comunicación previa, se deja sin aplicación el Reglamento europeo 561/2006 establecido para garantizar la seguridad y salud de las y los conductores. De esta manera las empresas podrán obligar al personal conductor a:

  • Conducir hasta 11 horas al día además de los tiempos de presencia.
  • Conducir hasta 60 horas a la semana.
  • Conducir hasta 102 horas cada 2 semanas.
  • Tener únicamente 9 horas de descanso diario.
  • No hay obligación de tomar 2 descansos semanales reducidos consecutivos de al menos 24 horas.

El Sector de Carretera y Logística de FSC-CCOO considera que esta resolución es vergonzante ya que:

  • Pone en peligro la seguridad y salud de las y los conductores y la seguridad vial.
  • Beneficia a las empresas convocantes del paro a las que se les permite explotar a su plantilla para recuperar los viajes que han perdido durante el cese de actividad.
  • Supone un trato degradante y una humillación para quienes han mantenido la actividad y sufrido agresiones por parte de empresarios y autónomos del sector y que se ven ahora con la obligación de trabajar a destajo.
  • No existe un supuesto de urgencia que avale suficientemente esta decisión.
  • El paro patronal que se está realizando no está previsto legalmente por lo que no puede servir de argumento para suspender temporalmente una normativa legal.
  • No entendemos que se puedan valorar situaciones de urgencia a futuro resolviendo el 19 de Marzo que hasta el 27 de Marzo habrá una situación de urgencia.
  • No se ha comunicado ni consultado con los sindicatos.

Por todo ello hemos solicitado también que el Juzgado acuerde medidas cautelares para suspender de inmediato esta resolución que consideramos que afecta al derecho a la seguridad de los conductores/as y al respeto a la ley.


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