Redacción •  Actualidad •  24/01/2023

PACMA solicita la retirada del Proyecto de modificación del Código Penal

  • Las penas de prisión no superarán los 24 meses y serán alternativas a las penas de multa. Además, el abuso sexual a animales requerirá de lesiones con tratamiento veterinario para ser punible y se rebajan las penas previstas de inhabilitación para la tenencia y trabajo con animales.
PACMA solicita la retirada del Proyecto de modificación del Código Penal

Madrid, 24 de enero de 2023 – Tras tener conocimiento de la versión que, finalmente, llegará al Pleno del Congreso sobre el Proyecto de Ley Orgánica de modificación del Código Penal en materia de maltrato animal, el Partido Animalista PACMA ha solicitado este lunes, a través de una misiva dirigida a Ione Belarra Urteaga, ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Lilith Verstrynge Revuelta, secretaria de Estado para la Agenda 2030 y Sergio García Torres, director general de Derechos de los Animales, que el mismo sea retirado por las “graves consecuencias” que provocarían las modificaciones previstas.

Si bien se contempla un leve incremento de las penas, para PACMA estas continuarían siendo no solo insuficientes (seguirían siendo suspendidas incluso cuando se produjese la muerte del animal al no superar los 24 meses) sino que se mantiene la introducción de la pena de multa como alternativa a la de prisión en los casos de lesiones, lo que, explican, “nos conduciría a un escenario de mayor impunidad del maltrato animal”.

La asesora jurídica del Partido Animalista, Eva Ramos, apunta que, mediante la modificación prevista, en caso de condena por maltrato que provoque lesiones al animal, se podrá imponer una pena de multa, directamente, sin necesidad de resolución motivada, incluso en los casos de reincidencia; algo que actualmente es posible. «Nos encontramos con una reforma que, de aprobarse definitivamente, provocaría que tampoco en los casos de reincidencia los maltratadores pisen la cárcel”, señala Ramos.

En la versión anterior del Proyecto, como ha defendido públicamente durante estos meses el director general de Derechos de los Animales, cabía la posibilidad de que se impusieran penas superiores a los dos años, cuando se apreciaran dos o más agravantes. Sin embargo, esta posibilidad ha desaparecido del actual texto. También se han rebajado más los máximos previstos para las penas de inhabilitación especial para trabajar con animales o para su tenencia, de 5 a 3 años, en el caso de lesiones que requieran tratamiento veterinario, y de 5 a 4 años, en el caso de muerte del animal.

«Otro empeoramiento respecto de la versión anterior, es que ahora se distingue el maltrato a los animales que se encuentren bajo control humano del maltrato a los animales silvestres, castigando el maltrato de estos últimos con unas penas muy inferiores», explica la jurista. “Esta nueva fórmula, además, no soluciona la desprotección de animales como los pulpos, dado que estarían amparados solo los que se encontraran bajo control humano. El maltrato a cefalópodos y otros invertebrados que vivan en libertad seguiría siendo impune”.

El abuso sexual hacia animales solo será punible si produce lesiones que requieran tratamiento veterinario

Otra cuestión grave para PACMA respecto a la actual regulación y que no se ha corregido de la anterior versión del Proyecto a pesar de las reiteradas advertencias del Partido Animalista y del compromiso de enmendarlo de García Torres, es que en la modificación prevista, tal y como está redactada, para que el abuso o explotación sexual de un animal sea punible, debe provocarle una lesión que requiera tratamiento veterinario, algo que no se exige actualmente por el artículo 337, que castiga someter a un animal a explotación sexual, con independencia de si esa explotación le causa o no lesiones.

Respecto al abandono, en el apartado 3.16 del Acuerdo de coalición progresista entre PSOE y Unidas Podemos, firmado el 30 de diciembre de 2019, se pactó expresamente la “revisión de las penas al abandono de animales domésticos”. 

Sin embargo, no solo no se aumenta la pena de multa respecto a la regulación actual, sino que se introduce como alternativa la de trabajos en beneficios de la comunidad; para PACMA, “algo incomprensible cuando lo que se está sancionando no es el abandono de un animal, sino su abandono en condiciones en las que pueda peligrar su vida o integridad, lo que debería ser severamente castigado, más teniendo la posibilidad de poder entregarlo a cualquier protectora o perrera municipal que, en España, además, no conlleva coste alguno”.

«Tal y como establece el artículo 128 del Reglamento del Congreso, el Gobierno puede retirar un proyecto de ley en cualquier momento de su tramitación ante la Cámara, siempre que no hubiere recaído acuerdo final de esta. Es lo que estamos reclamando para tratar de evitar otro retroceso inaceptable de la protección animal en España», concluyen.


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