FACUA Andalucía considera aberrante que la Junta asigne el aceite a colegios por el 28F a una empresa multada por alimentos en mal estado
La federación pide cambiar la normativa para que se prohíba, o se penalice en la baremación, a empresas que hayan sido sancionadas anteriormente.
FACUA Andalucía critica que la Junta haya adjudicado el reparto de aceites en los colegios para celebrar el Día de Andalucía a Plataforma Femar SL, una empresa que ha sido multada por la Comunidad de Madrid con más de 4.000 euros por entregar alimentos en mal estado y que tiene abierto actualmente un expediente sancionador de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).
Esta concesión llega después de la polémica generada tras anunciar la Consejería de Educación que este año no habría aceite de oliva en los 2.200 centros acogidos al programa de desayuno saludable por el alza de los precios y problemas en los plazos de adjudicación. Días después, la Consejería de Educación aseguró que se trataba de “un error de interpretación”, y que el contrato ya estaba asignado a expensas de distribuir el producto.
Si bien la ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos de Sector Público no impide que empresas sancionadas con penalidades puedan volver a contratar, la federación entiende que se debería de haber tenido en cuenta la gravedad de los hechos que han acarreado estas multas para, de algún modo, condicionar la adjudicación de estos contratos públicos.
El artículo 8 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, recoge como derechos básicos de los consumidores y usuarios “la protección contra los riesgos que puedan afectar su salud o seguridad”.
El hecho de haber sido sancionada anteriormente por la Comunidad de Madrid por entregar alimentos en mal estado vulnera este derecho básico de los consumidores de protección de su salud.
FACUA Andalucía considera necesario cambiar la normativa vigente para que, a la hora de valorar las ofertas presentadas por las empresas a contratos públicos, se prohíba la contratación a aquellas que hayan sido sancionadas precisamente en la actividad por la cual están optando en la licitación, o se pudiera baremar en negativo condicionando así la entrada de empresas con este tipo de sanciones.
Expediente sancionador abierto
Plataforma Femar SL, empresa adjudicataria del reparto de aceite de oliva en los colegios andaluces, tiene actualmente un expediente sancionador abierto por parte de de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia por repartirse licitaciones de suministro de alimentos a colegios, residencias y cárceles.
Además, el pasado mes de noviembre fue multada por la Comunidad de Madrid por entregar alimentos en mal estado en residencias infantiles y de mayores. En 2014, el Tribunal Supremo confirmó la condena de su administrador único por falsedad documental en una trama en la que tres militares se quedaron con el dinero destinado a las comidas de los estudiantes de una residencia universitaria de Sevilla.