Redacción •  Actualidad •  05/06/2018

Comunicado del Foro de Abogadas/os de Izquierdas por la sentencia del ‘caso Alsasua’

Ante un uso político de la Audiencia Nacional y una sentencia injusta y desproporcionada solo cabe  solicitar la inmediata puesta en libertad de las personas que se encuentran en prisión preventiva en tanto se sustancien los recursos ya anunciados. Sería incomprensible que continúen en prisión provisional mientras, a la vez, vemos cómo la misma Audiencia Nacional permite que diversos condenados, con penas de hasta 15 años de prisión por delitos de corrupción que afectan a los intereses generales, continúan en libertad mientras se tramitan y resuelven los recursos, como así ha ocurrido por ejemplo con diversos condenados en el ‘caso Gürtel’.

Comunicado del Foro de Abogadas/os de Izquierdas por la sentencia del ‘caso Alsasua’

El Foro de Abogadas/os de Izquierdas muestra su profunda disconformidad con la severa y desproporcionada sentencia dictada por la Sección Primera de la Audiencia Nacional en relación a los hechos sucedidos en la localidad navarra de Altsasu/Alsasua, en octubre de 2016.

En primer lugar, cabe destacar que pese al aspecto positivo que supone la absolución respecto a una calificación terrorista de las conductas enjuiciadas, ello no es óbice para manifestar la utilización torticera del concepto de terrorismo para amplificar la transcendencia de lo ocurrido y para hurtar a los acusados del derecho al juez predeterminado por la ley, en este caso los jueces de la Comunidad Foral de Navarra.

El hecho de utilizar a la Audiencia Nacional como órgano competente para enjuiciar lo sucedido pone de manifiesto el uso político que se viene haciendo de este órgano jurisdiccional, en especial para intimidar judicialmente a personas o colectivos disidentes con el poder establecido. Esto nos lleva a razonar la necesidad de una urgente revisión de la actual configuración y competencias de la Audiencia Nacional. Esta crítica a su uso torticero y partidista cobra una mayor dimensión al comprobar que la Sala que ha enjuiciado los hechos tiene un notable cariz conservador, con alguno/a de sus miembros vinculado con la Guardia Civil y el Partido Popular.

Por otra parte, entendemos que las penas establecidas por el tribunal son absolutamente desproporcionadas, considerando los daños causados que se recogen en los hechos probados de la sentencia. Así, no podemos compartir que se impongan penas de tres años de prisión por cada delito de lesiones, que en general son lesiones no graves, más aun cuando en alguno de los delitos de lesiones sancionado cabe interpretar que simplemente nos encontramos ante un simple delito leve de lesiones, antigua falta, sancionado con pena de multa. Tampoco podemos estar de acuerdo con que la simple administración de antiinflamatorios y analgésicos como medio para sanar las lesiones pueda interpretarse como resultado de un delito ordinario.

Además, cabe hacer rigurosa crítica sobre la falta de individualización de las conductas de cada uno de los acusados respecto de estos delitos de lesiones toda vez que, aunque el tribunal no considera probado que todos ellos participasen en las lesiones causadas que presentaban cada una de las personas lesionadas, sí les considera autores a efectos penales de todas ellas al conjunto de acusados. Esto implica una configuración del concepto de autoría absolutamente desproporcionado y carente de suficiente apoyo normativo, doctrinal y jurisprudencial.

Igualmente, no parece razonable que ante los hechos y conductas enjuiciadas se haga uso de ciertos agravantes que, indudablemente, son discutibles y que no aparecen como suficientemente justificados en la sentencia. Esto lleva a pensar que se han usado estos agravantes para aumentar la condena y así justificar la injusta prisión provisional que han padecido muchos de los acusados. Además, la condena por un delito de desórdenes públicos, basada en la redacción del Código Penal aprobada por el PP en 2015, es injustificada y carente de la motivación justa que este tipo de supuestos merece.

Por todo ello, ante un uso político de la Audiencia Nacional y una sentencia injusta y desproporcionada solo cabe  solicitar la inmediata puesta en libertad de las personas que se encuentran en prisión preventiva en tanto se sustancien los recursos ya anunciados. Sería incomprensible que continúen en prisión provisional mientras, a la vez, vemos cómo la misma Audiencia Nacional permite que diversos condenados, con penas de hasta 15 años de prisión por delitos de corrupción que afectan a los intereses generales, continúan en libertad mientras se tramitan y resuelven los recursos, como así ha ocurrido por ejemplo con diversos condenados en el ‘caso Gürtel’.

Por último, desde el Foro de Abogadas/os de Izquierdas mostramos nuestra solidaridad con los familiares y allegados de las personas que se encuentran injustamente encarceladas y que deben seguir batallando para alcanzar una justa sentencia. Nos ponemos a su disposición para trabajar en pro de una sentencia justa y proporcionada.


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