RMI Tu Derecho •  Opinión •  27/10/2021

Últimos datos del IMV: se reduce la lista de espera y aumentan las resoluciones positivas pero se mantienen los problemas de fondo

Una nueva nota de prensa del INSS permite conocer los principales datos del IMV en septiembre de 2021, que podemos comparar con los publicados por ese mismo organismo medio año antes (marzo 2021) y desde el principio (junio 2020). Los expedientes pendientes de trámite se han reducido mucho, pasando del 30 al 7% en los últimos seis meses, y también ha aumentado la tasa de aprobados en 2021 en relación a 2020, pero siguen sin resolverse los problemas de fondo: la insuficiente cobertura de la población en extrema pobreza y una gestión complicada y poco transparente, que ya denunciábamos en la nota publicada por esta plataforma en abril de 2021.

Últimos datos del IMV: se reduce la lista de espera y aumentan las resoluciones positivas pero se mantienen los problemas de fondo

La nota del INSS, como en anteriores ocasiones, ofrece un cuadro general del estado de la tramitación, resaltando diversos puntos positivos como el aumento de hogares perceptores (337.000, con cerca de 800.000 beneficiarios) o la reducción de la pobreza infantil (el 40% de los beneficiarios son meno- res), sin destacar la elevadísima tasa de resoluciones negativas o que son mayoría los hogares en extrema pobreza que no han solicitado la prestación.

Se reduce la lista de espera

Las solicitudes pendientes de tramitación se han reducido en el último medio año en más del 70%, pasando de 350.000 a 97.500, lo que supone un gran avance en relación al atasco monumental que se produjo en los primeros meses de aplicación de la ley, lo que obligó a la administración a retrasar de tres a seis meses el tiempo de espera para resolver los expedientes. La lista de espera era todavía del 42% en diciembre de 2020, del 30% en marzo de 2021 y ha bajado al 7,4% en septiembre. Una mejora considerable pero que sigue dejando atrás a casi 100.000 hogares pendientes de respuesta.

Mayoría de resoluciones negativas, con tendencia decreciente

Del total de expedientes tramitados hasta septiembre de 2021 (1,2 millones), las resoluciones siguen siendo abrumadoramente negativas (72,5%) en relación a las aprobadas (27,5%). En números absolutos las cifras han aumentado en ambos casos al reducirse la lista de espera, y la distribución es 1,5 puntos menos desequilibrada que seis meses atrás.

El proceso de tramitación se puede analizar con más detalle si dejamos aparte los 75.424 casos aprobados “de oficio” por hijo a cargo que tuvieron lugar por iniciativa del gobierno y nos centramos en los resueltos por tramitación ordinaria. En conjunto, los expedientes aprobados en los 16 meses de aplicación de la ley serían 261.509, que suponen el 22,7% del total de resueltos por la vía ordinaria (1.149.967). Además, de esa cifra habría que descontar 21.020 casos que fueron inicialmente aprobados y ya se han extinguido o han sido suspendidos hasta

septiembre de 2021, lo que rebaja la tasa de aprobados en vigor al 20,9%, o sea, a uno de cada cinco expedientes resueltos por tramitación ordinaria.

Si distinguimos sucesivas etapas a lo largo del tiempo, tal como se recoge en la Tabla adjunta, la tasa de resoluciones positivas fue mucho más baja en 2020 (15,3%) que en 2021 (27,9% hasta marzo y 30,4% hasta septiembre), lo que se debe sin duda a las sucesivas revisiones del RDL que eliminaron varias de las condiciones que impedían el acceso1. Estas modificaciones, que recogieron sólo parcialmente las propuestas planteadas por la presión social, entre ellas las de nuestra plataforma, permitieron duplicar la tasa de expedientes aprobados en 2021 en relación al año anterior, y con tendencia ascendente.

Evolución de los expedientes resueltos por tramitación ordinaria

Fuente: elaboración propia a partir de los datos presentados por el INSS.

Menos hogares monoparentales y más unipersonales

Las modificaciones legales que han favorecido el acceso a las personas solas o que conviven con otras personas o familias con las que no tienen lazos de parentesco han dado lugar a un mayor peso de los hogares unipersonales, que han pasado del 20 al 30,4% de los titulares de IMV, mientras se ha reducido el peso de los hogares monoparentales (un adulto con algún menor) que han pasado del 32,1 al 24,6% y de los hogares de dos adultos con algún menor que han pasado del 43 al 38%.

Como consecuencia de este proceso, el tamaño medio de los hogares perceptores de la prestación ha pasado de 2,8 a 2,3 personas, y se ha reducido la proporción de hogares con menores de edad que ha pasado del 43 al 38%.

Baja cuantía de las prestaciones

La cuantía media de los hogares perceptores de RMI era de 460 euros/mes en marzo de 2021 y ha bajado a 436 en septiembre. Esta bajada del 5% se debe al aumento de hogares de una sola persona y la consiguiente disminución del tamaño de las familias.

Se suponía que la garantía de rentas desde la Seguridad Social mejoraría la cuantía de las Rentas autonómicas pero hasta ahora no ha sido así. La cuantía media de estas últimas en 2019 fue de 482 euros/mes, un 11% más que la del IMV en septiembre de 2021. Conviene recordar que la cuantía garantizada por el IMV no permite salir a los hogares receptores de la extrema pobreza pues sólo asegura complementar los ingresos hasta el nivel correspondiente a la “pensión no contributiva” (469,9 euros/mes en 2021), cantidad que se sitúa por debajo del umbral de pobreza severa existente en España (500,5 euros/mes en 2019) y muy lejos de las prescripciones de la Carta Social Europea (740 euros).

El gasto público dedicado a los ERTEs y a Autónomos en 2020 (20.756 y 7.114 M€, respectivamente) fue 60 veces mayor que el dedicado al IMV (492 M€) y el presupuesto inicial para IMV en 2021 (2.956 M€) ya ha sido rebajado a la mitad por un informe de la AIReF (1.456 M€) “porque el número de beneficiarios aprobados de la prestación está siendo muy inferior al de beneficiarios potenciales que se había estimado” (pág. 41).

El pasado 18 de octubre los ministros Escrivá y Belarra anunciaron en rueda de prensa varias medidas para ampliar la cobertura y la cuantía de diversos sectores en situación de pobreza, entre ellos los hogares con hijos menores de 18 años, con personas dependientes o con una discapacidad superior al 65%. También plantearon facilitar el acceso desde el desempleo o ante una caída repentina de ingresos y, sobre todo, aprovechar los recursos que tiene la administración para “contactar proactivamente con los hogares en extrema pobreza que no han solicitado la prestación, para ayudarles y acompañarles en el proceso de solicitud”. Mejoras que han propuesto introducir en la ley del Ingreso Mínimo Vital que esperan sea aprobada antes de finalizar el año 2021. Se trata de avances importantes, inducidos por la presión social ante el fiasco que hasta ahora ha representado el IMV, cuya repercusión habrá que evaluar a medida que se vayan aplicando.

Diferencias por comunidades autónomas

La tramitación del IMV sigue presentando diferencias acusadas a nivel territorial, tal como se recoge en la Tabla adjunta. Ceuta y Melilla, Canarias y Andalucía son las que presentan mayor proporción de hogares solicitantes de IMV (por encima del 10%), seguidas de Extremadura, Murcia y Comunidad Valenciana (entre el 8 y 9%). Se trata de territorios con elevada tasa de pobreza, por lo que es coherente que presenten más solicitudes. Los datos del País Vasco y Navarra siguen siendo los que presentan menos solicitudes, además de ser junto con Asturias las que mantienen una mayor proporción de expedientes pendientes de tramitación.

Gestión de los expedientes de IMV por CC.AA. (hasta 13-9-2021)

Fuente: elaboración propia a partir de los datos presentados por el INSS. El número de hogares corresponde a 2020 (INE) con una media de 2,50 personas por hogar.

De los expedientes resueltos, las denegaciones son mayoría en todas comunidades, salvo en los casos anómalos de Navarra y País Vasco. El elevadísimo número de resoluciones negativas en Baleares, Cataluña y Madrid se puede atribuir al nivel de renta más elevado de estas comunidades, lo que no se explica en los casos de Canarias, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana o Murcia, cuatro de los territorios con mayores tasas de pobreza y donde la proporción de rechazos es superior a la media española. En cuanto a los expedientes aprobados, aparecen también grandes diferencias, aunque menos acusadas que hace medio año: ¿por qué en Asturias se producen entre dos y tres veces más resoluciones positivas que en Baleares, Canarias, Cataluña o Madrid? Nos seguimos preguntando si la gestión de los trámites ha seguido los mismos criterios en todos los territorios.

Se mantienen las barreras para acceder al derecho

Según la nota de prensa del INSS, más del 60% de los expedientes negativos supera los umbrales de renta y patrimonio establecidos por la normativa. Sin embargo, según los informes más recientes2, los hogares afectados por pobreza severa en España son seis veces más que los que hasta ahora han obtenido el IMV, lo que indica que sólo un sector menor de la población en extrema pobreza ha solicitado la prestación.

Fuente: elaboración propia a partir de los estudios citados en la nota 2 y los datos presentados por el INSS.

En nuestra opinión hay dos barreras que explican esta baja cobertura del IMV. En primer lugar, los requisitos excluyentes de la propia ley, que afectan a unos 600.000 hogares pese a las mejoras introducidas. Según nuestros análisis, que desarrollamos en una nota anterior, diversas condiciones todavía presentes en la ley excluyen a una horquilla comprendida entre el 26 y el 34% de los hogares en pobreza severa. Destacan, especialmente, la diferencia de umbrales para establecer la pobreza severa y para acceder al IMV (éste un 10% más bajo); la no inclusión de las deudas en la estimación del patrimonio; haber experimentado algún cambio de miembros del hogar en el trascurso del último año; contar con algún miembro del hogar sin documentación de residencia desde hace al menos un año; vivir solo-sola con menos de 23 años, etc.

La segunda barrera son las dificultades asociadas a la falta de publicidad y a la gestión tortuosa y poco transparente para acceder a la prestación, sobre todo cuando se hace por vía telemática. Según la Encuesta-FOESSA aplicada en el primer trimestre de 2021, “el 56,8% de los hogares en situación de pobreza severa no había recibido información sobre el Ingreso Mínimo Vital y para un 10,7% no era suficiente para poder realizar el trámite. Es importante resaltar también que un 6,2% de hogares lo han intentado, pero han encontrado barreras para realizar el trámite” (pág. 48). La atención presencial ha sido muy limitada, no sólo por las restricciones de la pandemia sino por la saturación y falta de implicación de muchos centros oficiales y de Servicios sociales.

La Oficina del Relator Especial de Naciones Unidas para la Extrema Pobreza ha iniciado un estudio internacional, incluida España, para profundizar en este problema de la “no cobertura” de servicios públicos a los que se tiene derecho. Un fenómeno que afecta a más del 50% de los destinatarios de prestaciones sociales en los países de la OCDE y que se define como la “no percepción de beneficios o servicios sociales a los que se tiene derecho por falta de información, costos o complejidad de los procedimientos, barreras sociales, alfabetización digital, vergüenza o miedo a interactuar con los servicios sociales, así como errores administrativos, etc.” (Proyecto de la Oficina de NN.UU.).

Oscurantismo y arbitrariedad en la gestión

La experiencia cotidiana de los grupos de apoyo de nuestra plataforma confirma, también, los problemas de falta de transparencia, arbitrariedad y lentitud en la gestión de las solicitudes:

🖝 Inseguridad jurídica: se produce una completa indefensión en la simple resolución de las solicitudes ya que el INSS no justifica en detalle los motivos de las denegaciones ni especifica de dónde se obtiene la cuantía concedida en los casos de resolución positiva. Si existe discrepancia en el cálculo de los importes y se interpone una reclamación, de nuevo se resuelve con una cuantía determinada, sin aportar una explicación sobre de dónde proceden las cifras. Esto produce incertidumbre jurídica lo que, unido a la lentitud de los procesos y las dificultades asociadas a la falta de atención presencial, da lugar a frecuentes cuadros de estrés y enfermedades asociadas, que se suman a la extrema pobreza de las familias afectadas.

🖝 Paso del IMV transitorio al definitivo: se observan frecuentes problemas en la fase de transición de las prestaciones concedidas de oficio en 2020 a las familias con hijo a cargo a IMV definitivos, por ejemplo cuando se les retira el ingreso del transitorio (sin explicación) sin tener aún la resolución del definitivo, o negarles el definitivo por no coincidir los miembros empadronados de la unidad de convivencia, etc.

🖝 Descoordinación entre IMV y Rentas autonómicas: en algunas comunidades, como la de Madrid, se exige a los perceptores de renta mínima solicitar el IMV por el principio de subsidiariedad, incluso aunque tengan los datos de no corresponderle a esta familia en particular. En las ocasiones en que la cuantía concedida del IMV es inferior a Renta Mínima, se les exige que hagan reclamación de la cuantía completa en el plazo de diez días, a riesgo de perder la renta mínima autonómica complementaria, etc.

🖝 Estabilidad de los miembros de la unidad de convivencia: con frecuencia se producen pérdidas del derecho a la prestación por este motivo, lo que da lugar a situaciones a todas luces injustas o desproporcionadas. Por ejemplo, si se incorpora un nuevo miembro por matrimonio de uno de los hijos o hijas, se considera una nueva unidad de convivencia y se debe esperar un año para iniciar una nueva solicitud, generando durante ese tiempo la pérdida del derecho; y lo mismo ocurre si alguno de los miembros decide independizarse, etc. Una última vertiente de este problema es que el INSS entiende que para incorporar a un recién nacido a una prestación activa hay que realizar una nueva solicitud de IMV.

🖝 Justificación de la ausencia de parentesco entre convivientes, situaciones de vulnerabilidad, residencia, etc.: con la ampliación del artículo 19 del RDL 20/2020 en febrero de 2021, las situaciones recogidas en los puntos 9 y 10 deben ser

acreditadas mediante certificado de los Servicios Sociales, que tiene que ser emitido por el trabajador o trabajadora social y firmado por el Secretario/a municipal, lo que está generando frecuentes problemas para su obtención, especialmente en casos de empadronamiento de difícil demostración.

🖝 Exigencia de contrato o título jurídico a personas que comparten vivienda: otra clara anomalía relacionada con el caso anterior es el de quienes comparten domicilio con otras personas o familias con las que no tienen los vínculos especificados en el art. 6.1 del RDL 20/2020, a quienes les reclaman un contrato o título jurídico acreditativo de uso exclusivo de una parte de la vivienda, que en su mayor parte no tienen, en vez de limitarse, como se hace en otros casos, a solicitar una declaración responsable de no-parentesco, que sería la opción más razonable, o una acreditación de no-parentesco emitida por los servicios sociales, lo que tiene los problemas ya señalados pero que no es tan excluyente ni arbitraria como la exigencia de contrato entre arrendador y arrendatario.

🖝 Difícil acreditación del desempleo: el requisito exigido de que, una vez aprobada la solicitud, se acredite el sellado periódico del paro en las oficinas del SEPE resulta difícil (no digamos en la pandemia) debido a la dificultad de conseguir citas presenciales en SEPE, problema que se agudiza por la brecha digital, al carecer de conocimientos y medios, que afecta a buena parte de la población en extrema pobreza, además de problemas adicionales como que no coincidan las bases de datos y el número de teléfono para realizarlo on line.

🖝 Obligación retroactiva de declaración de la renta: un problema sobrevenido se da cuando, una vez presentada la solicitud de IMV, se exige haber realizado la declaración de la renta del año anterior, a la que no estaban obligados por Hacienda, y que sean penalizados con una multa de 200 euros por realizarla fuera de plazo.

🖝 Retraso en la actualización de cuantías: el retraso de más de nueve meses en actualizar las cuantías de 2021, a partir de los datos de 2020, va a producir en algunos casos la exigencia de devolución de importes si tal actualización rebaja la cifra del año anterior, lo que provocará graves problemas a las familias concernidas.

27 de octubre de 2021.

2 Según la última Encuesta de Condiciones de Vida del INE, aplicada en 2020 y elaborada por EAPN- España en 2021, la tasa de pobreza severa afecta al 9,5% de la población (4,5 millones de personas). Pero este dato se basa en los ingresos de renta en el año anterior a la aplicación de la encuesta, por lo que se refieren a 2019 y no recogen los efectos de la pandemia en 2020. Oxfam-Intermón ha hecho una estimación del aumento de la pobreza severa en este último año que afectaría ya a 5,1 millones de personas. Por su parte, la encuesta FOESSA, aplicada en el primer trimestre de 2021, eleva la tasa de “exclusión social severa” a 6 millones de personas.

1 Entre otras condiciones suprimidas, destacan la limitación a un solo IMV cuando comparten vivienda varios adultos que no son parientes entre sí (art. 6.2.c) o la limitación a dos cuando cohabitan tres o más familias y/o adultos no parientes (art. 5.5 y 6.3); exigir a las personas de 30 o más años que viven solas haberse independizado desde hace más de tres años (ahora se exige uno) (art. 7.2), estar sin trabajo en edad laboral y no estar inscritos como demandantes de empleo (7.1.d), etc.


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