Redacción •  Vivienda •  12/04/2023

Ecologistas en Acción recurre la sentencia que avala la Operación Chamartín

  • Ecologistas en Acción ha preparado sendos recursos de casación, autonómico y estatal, contra la sentencia que desestima su recurso y avala la Operación Chamartín o Madrid Nuevo Norte.
  • Para celebrar el Día de la Tierra, el 22 de abril, Día de la Tierra, organizan un paseo y una tortillada en los terrenos de la Operación Chamartín para reivindicar un urbanismo humano, libre de especulación y de arboricidios.
Ecologistas en Acción recurre la sentencia que avala la Operación Chamartín

El pasado 10 de febrero, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictó diferentes sentencias desestimando nueve recursos contenciosos-administrativos -interpuestos por diversos particulares y entidades, entre ellas Ecologistas en Acción- contra la modificación puntual del plan general de ordenación urbana de Madrid por la que se aprobó la Operación Chamartín o Madrid Nuevo Norte. Una actuación urbanística, al norte de la ciudad que ocupa una superficie de 335,6 hectáreas (tres veces la superficie del parque de El Retiro) entre la estación de Chamartín y la M-40, sobre la que se proyecta la construcción de 22 torres de más de 100 metros de altura y 10.500 viviendas. Con sus sentencias, el Tribunal avala el macroproyecto urbanístico.

Una vez analizada la sentencia, la organización ha decidido recurrir en casación, tanto ante la Sección Especial de Casación del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (casación autonómica) como ante la Sala III del Tribunal Supremo (casación estatal). Para ello, el procedimiento establece que el primer paso es presentar un escrito de preparación del recurso de casación ante el Tribunal que dictó la sentencia recurrida, anunciando la intención de interponer recurso contra la misma. En ese escrito se ponen de manifiesto tanto los motivos por los cuales se considera que la sentencia vulnera normativa autonómica o estatal como las razones por las que se considera que el recurso presente ‘interés casacional objetivo’. En caso de que la Sección de Admisión del Tribunal Supremo considere que concurre un interés casacional objetivo en los recursos preparados, se admitirían a trámite los mismos, emplazando a la recurrente para la interposición de los recursos de casación propiamente dichos. En caso contrario se inadmitirían, finalizando de esa manera la tramitación.

En sus escritos, la organización se centra en las cuestiones que considera que la sentencia no valora adecuadamente y que llevan a un fallo judicial incorrecto de desestimación del recurso contencioso-administrativo. Entre las consideraciones contempladas en los escritos de preparación de los recursos de casación, destaca el hecho de que la sentencia considere ajustado a derecho la creación ex novo de 13 hectáreas de suelo (equivalente a 13 veces la Plaza Mayor de Madrid), inexistente actualmente, para concentrar la mayor parte de las cesiones obligatorias de zonas verdes. Para ello se crea una losa de hormigón sobre las vías del ferrocarril. Esta medida, a juicio de Ecologistas en Acción vulnera la Ley de Suelo estatal, así como la ley de patrimonio de las Administraciones Públicas.

Tampoco comparten, al contrario de lo que considera la sentencia, que la totalidad del suelo incluido en la Operación Chamartín, sea suelo urbano. Buena parte del ámbito no se ajusta a la definición de urbano que recoge tanto la norma autonómica como estatal. A juicio de la organización, parte del ámbito es suelo urbanizable. Esta consideración no es baladí porque dependiendo de la clasificación del suelo, los parámetros de las cesiones obligatorias varían. En este caso, la vivienda con algún grado de protección debería ser mayor a la que determina el proyecto aprobado.

El rechazo, por parte de la sentencia a asumir la necesidad de conservar el tramo de la vía pecuaria Cordel de la Carretera de Miraflores como suelo no urbanizable de especial protección es otro de los motivos alegados. Estos terrenos han pasado al proceso urbanizador, cuando deberían haber sido excluidos.

Las discrepancias sobre la existencia de un convenio de planeamiento previo a la aprobación de la modificación puntual, prohibido en la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid es otro de los motivos a recurrir. La sentencia discrepa y niega que el Acuerdo de Bases de 27 de julio de 2017 pactado entre Adif, Distrito Castellana Note (DCN) y el Ayuntamiento de Madrid tenga la consideración de convenio de planeamiento. Sin embargo, ese documento establece las modificaciones necesarias que debe contener el planeamiento urbanístico para poder desarrollar el proyecto Madrid Nuevo Norte. A juicio de la organización ecologista, el carácter de convenio del documento es evidente y, por tanto, debería ser motivo de nulidad del proyecto.

La organización ecologista, añade que de consruirse Madrid Nuevo Norte sería necesaria la eliminación de más de 5.000 árboles, la mayoría en las calles aledañas a la actuación.

Por todo ello y para celebrar el Día de la Tierra, el sábado 22 de abril, Ecologistas en Acción y la Plataforma Zona Norte, en colaboración con la Plataforma por el Derecho a la Cuidad organizan un paseo a los terenos de la Operación Chamartín y una tortillada (de traje) de la ermita de San Roque, para reivindicar un urbanismo humano, libre de especulación y de arboricidios.

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