Redacción •  Memoria Histórica •  30/07/2020

Reclaman que las víctimas del Franquismo de Paterna se inhumen en un Mausoleo Memorial, y nunca en la fosa común donde se encontraron

  • Comunicado de la Coordinadora d'Associacions per la Memòria Democràtica del País Valencià en apoyo a los familiares de las fosas comunes de Paterna, ante su petición al Ayuntamiento de la localidad, que continúa negándose a sus solicitudes.
  • La Asociación, como representante legal de los familiares, identificados y no identificados, considera una incoherencia, una atrocidad y una humillación la inhumación en la misma fosa común donde los ubicaron sus asesinos y reclama poder elegir el destino final de sus padres y abuelos.
Reclaman que las víctimas del Franquismo de Paterna se inhumen en un Mausoleo Memorial, y nunca en la fosa común donde se encontraron

La Coordinaora d’Associacions per la Memòria Democràtica del País Valencià, federación que agrupa a día de hoy a 43 asociaciones a lo largo y ancho de nuestra comunidad, incluida la Plataforma de Asociaciones de Familiares de Víctimas del Franquismo de las Fosas Comunes de Paterna.

MANIFIESTA

  • Su total apoyo a las Instancias dirigidas al Ayuntamiento de Paterna por las Asociaciones de Familiares de Víctimas del Franquismo de las Fosas 94 y 128 del cementerio de la mencionada localidad, reclamando al Excelentísimo Ayuntamiento: La Asociación FAMILIARES DE VÍCTIMAS DEL FRANQUISMO DE LA FOSA COMÚN Nº 94 DE PATERNA como miembro asociado de la federación PLATAFORMA DE ASOCIACIONES DE FAMILIARES DE VÍCTIMAS DEL FRANQUISMO DE LAS FOSAS COMUNES DE PATERNA informa y hace conocedor al Excelentísimo Ayuntamiento de Paterna de que las catorce asociaciones inscritas en dicha federación tienen la voluntad de inhumar los cuerpos de sus familiares en un Mausoleo Memorial y nunca en la fosa común donde se encontraron o se encuentran actualmente.

Por una parte teniendo en cuenta la opinión de los familiares para elegir el destino final de los restos, la Asociación como representante legal de los familiares, identificados y no identificados consideran una incoherencia, una atrocidad y una humillación la inhumación en la misma fosa común donde los ubicaron sus asesinos y reclama poder elegir el destino final de sus padres y abuelos. Por otra parte siguiendo las recomendaciones de técnicos y expertos de la Asociación Científica ArqueoAntro, Universidad de Colonia y del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, CSIC, que proponen como mejor elección la inhumación en un gran mausoleo sobre el nivel del suelo para los restos, identificados y no identificados, que actualmente se encuentran en proceso de identificación, para las que están exhumando en la actualidad y en vista para las próximas exhumaciones.”

  • Que en las citadas instancias queda claramente expresada la firme voluntad de los familiares, que han mantenido viva la memoria de las 2.238 víctimas asesinadas en el Paredón del Terrer a lo largo de estos 80 años, de que todos aquellos restos que o bien no hayan sido identificados o bien no reclamados por sus familiares, sean reinhumados en un Memorial con Columbarios, que sea modulable y ampliable.

  • Que a pocos meses vista van a ir llegando los restos de las fosas exhumadas 112, 115, 127 y así sucesivamente. Y es de derecho y obligación, incluso por humanidad y al margen de cualquier otro interés, el dar una solución definitiva acorde a la reclamación de los familiares, que son realmente los portadores de los derechos de reinhumación.

  • Que el Memorial ha de servir ante todo para dignificar a aquellas víctimas, incluyendo todos los nombres por localidades, de crímenes de Lesa Humanidad y servir como espacio de memoria y difusión pedagógica, visitable por grupos de estudiantes, universidades, investigadores, de aquellos hechos para que las generaciones presentes y futuras conozcan y no olviden y como mejor instrumento para educar en Derechos Humanos y Libertades Democráticas. Como sucede en nuestro entorno europeo y en Pamplona, Valladolid, Madrid…..

  • Que el cementerio de Paterna, como lugar de memoria, es absolutamente singular al ser el segundo espacio por volumen de víctimas de toda España. Y en este sentido ha de constituir un ejemplo para toda la Memoria Democrática del Estado, frente a aquella barbarie genocida de la Dictadura contra su población civil en “tiempos de paz”.

  • Por último, la reclamación de los familiares es perfectamente acorde a derecho según los artículos 12 y 13 de la Ley 52/2007 de 26 de diciembre y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de septiembre de 2011, en su artículo E, que detalla expresamente dónde se pueden reinhumar los restos exhumados y no reclamados o identificados.

Para que conste a los efectos oportunos, lo firmo en València a 30 de julio de 2020,

Fdo: Àngel González, presidente Coordinadora d’Associacions per la Memòria Democràtica del País Valencià.


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