Redacción •  Catalunya •  17/10/2019

El Foro de Abogadas/os de Izquierdas-Red de Abogados/as Demócratas ante la sentencia condenatoria del Tribunal Supremo contra diversos representantes políticos de Cataluña

Queremos mostrar nuestra solidaridad con las personas condenadas y que en esta causa se encuentran en estos momentos privadas de libertad, con sus familiares y allegados, así como con los y las abogadas que están trabajando y que sobrellevan una labor de indudable cariz humanitario. Hacemos un llamamiento al respeto al estado de derecho y a todas las garantías y derechos fundamentales que todas las personas tienen garantizados y a la pronta puesta en libertad de las personas que se encuentran privadas de libertad.

El Foro de Abogadas/os de Izquierdas-Red de Abogados/as Demócratas ante la sentencia condenatoria del Tribunal Supremo contra diversos representantes políticos de Cataluña

Comunicado

El Foro de Abogadas/os de Izquierdas-Red de abogados/as Demócratas quiere mostrar su profundo desacuerdo con el contenido de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo contra diversos políticos catalanes por el denominado Procés. No podemos compartir la tipificación que hace la Sala de los hechos sucedidos en Cataluña entre septiembre y octubre de 2017, toda vez que se ha utilizado el delito de sedición para sancionar lo que debe catalogarse como el mero ejercicio del derecho de reunión y manifestación, sin que sea comprensible que actos de resistencia pasiva puedan concretarse en una dura condena por el delito de sedición para los dirigentes del independentismo catalán.

El hecho de que finalmente no se haya optado por una condena por rebelión no puede conllevar blanquear la condena por sedición considerándola como justa y proporcionada, todo lo contrario una vez que se adivina con cierta facilidad que se ha utilizado el tipo de rebelión para generar una expectativa de hiper desproporción que luego sirviese como anclaje para encauzar con calzador una injusta condenada por sedición. Todo ello sin obviar que se usó durante la instrucción el tipo de rebelión para justificar la aplicación del art 384 Bis LECrim y suspender así de sus cargos electos a los encausados que habían sido elegidos diputados.

Debemos advertir con severidad que esta sentencia genera prima face un efecto absolutamente indeseado sobre el ejercicio de derechos fundamentales, en este caso lo que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha calificado en diferentes resoluciones como un «efecto desaliento o disuasorio» del ejercicio de derechos fundamentales, es decir, que la ciudadanía deje de ejercer un derecho fundamental por temor a posibles sanciones coercitivas. Y lo que sería igual de importante, puede conllevar una escalada represiva sobre los movimientos sociales o populares que por la vía del derecho de reunión pacifica quieran expresar su disconformidad o disidencia frente al modelo de estado legalmente vigente o contra el orden socioeconómico. Con esta sentencia nuestra justicia se adentra aún más en un peligroso camino discursivo que puede acabar justificando, jurisprudencialmente, la represión de todo tipo de disidencia que choque con el poder establecido.

A estas consideraciones críticas que hacemos respecto de la sentencia del Tribunal Supremo, compartidas por gran número profesores, juristas y asociaciones de profesionales del ámbito del derecho, debemos igualmente llamar la atención sobre diversas irregularidades que se han producido durante el proceso, como es la más que dudosa competencia del Tribunal Supremo para enjuiciar estos hechos, la ausencia del derecho de apelación de los no aforados ( o doble instancia de revisión de sentencia) o la ausencia una verdadera contradicción de las defensas ante las continuas interrupciones y limitación de preguntas por parte del presidente de la Sala, Sr. Marchena.

Debemos igualmente sumarnos a las denuncias de proceso irregular y sin todas las garantías puestas de manifiesto por los observadores internacionales que recibieron el mandato de la Federación Internacional de Derechos Humanos –la FIDH, que representa a 184 organizaciones de 112 países– y de la Red Euromediterránea de Derechos Humanos –EuroMed Rights, que agrupa a más 80 organizaciones, instituciones y personas en 30 países de la región, entre ellas ELDH de la que forma parte el FAI RADE – y que han publicado su informe sobre el proceso judicial abierto a raíz del referéndum celebrado el 1-O y cuyas conclusiones son extremadamente desalentadoras sobre la calidad democrática de este proceso.

A todo ello, el Foro debe añadir su preocupación por el cariz político de las decisiones adoptadas por el Tribunal Supremo ya que son contraproducentes para la búsqueda de una solución dialogada a la encrucijada política que se vive Cataluña.

Por último, queremos mostrar nuestra solidaridad con las personas condenadas y que en esta causa se encuentran en estos momentos privadas de libertad, con sus familiares y allegados, así como con los y las abogadas que están trabajando y que sobrellevan una labor de indudable cariz humanitario. Hacemos un llamamiento al respeto al estado de derecho y a todas las garantías y derechos fundamentales que todas las personas tienen garantizados y a la pronta puesta en libertad de las personas que se encuentran privadas de libertad.

15 de octubre de 2019.

Foro de Abogadas/os de Izquierdas-Red de Abogados/as Demócratas.


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