Redacción •  Actualidad •  09/12/2020

Más de 50 escuelas infantiles andaluzas, contra la Proposición de Ley 11-20/PPL-000006 secundada por cinco grupos parlamentarios

Envían un escrito a Función Pública, en donde en estos momentos se encuentra la Proposición de Ley: «Creemos que es ahí donde se le va a dar la viabilidad jurídica, pese a que como le decimos, contradice artículos de la Constitución, artículos del convenio IV de trabajadores… Pandora y su caja».
Más de 50 escuelas infantiles andaluzas, contra la Proposición de Ley 11-20/PPL-000006 secundada por cinco grupos parlamentarios
Personal laboral de la Junta de Andalucía se muestra en desacuerdo con una Proposición de Ley ha presentada en Sede Parlamentaria de Andalucía por parte del grupo parlamentario Adelante Andalucía, y secundada por el total de los cinco grupos parlametarios (G.P. Popular Andaluz, G.P. Ciudadanos, G.P. Vox en Andalucía, G.P. Adelante Andalucía, G.P. Socialista).
«Somos más de 50 escuelas infantiles (0 a 3 años) y pedimos que la Administración (Función Pública) se ajuste a derecho, y desestime esta Proposición de Ley con una enmienda a la totalidad. Le rogamos atienda a nuestras peticiones, y solicitamos su intervención si ve que con esta proposición  se vulneran los derechos de los y las trabajadoras de la Administración, si detecta que se pretende abrir una puerta trasera, por donde colar a trabajadoras/es de empresas privadas, y además premiarlas con la extinción de sus vacantes hasta la jubilación (saltándose los criterios de igualdad, méritos y capacidad), todo un detalle que la administración no ha tenido con sus laborales en vacantes que desesperan una estabilidad cerca de sus casas después de 6, 8 o 12 años».

Escrito enviado a la función pública por el personal laboral de la administración pública de la Junta de Andalucía, y personal de la bolsa de empleo de función pública 

Andalucía, diciembre 2020.

A Función Pública y la mesa jurídica donde se tratará la Proposición de Ley 11-20/PPL-000006, PETICIÓN DE ENMIENDA A LA TOTALIDAD de dicha Proposición de Ley.

El jueves 19 de noviembre de 2020, en Sesión Parlamentaria de Andalucía, se presentó la propuesta de toma en consideración de la Proposición de Ley 11-20/PPL-000006 relativa a las 73 trabajadoras despedidas por las empresas adjudicatarias de gestión de cinco escuelas infantiles, subrogación con carácter “a extinguir”. En el escrito expositivo a la Mesa del Parlamento, observamos pretensiones que parecen no ajustarse a la legalidad y a los preceptos de nuestra Constitución, que se articulan en favor siempre de la mayoría y la justicia social, así como a la falta de consideración de los pasos a seguir del sistema de la Función Pública, Bolsa de Trabajo Única, y en especial, observamos un agravio comparativo con los y las trabajadoras que se encuentran al servicio de la Administración Pública de la Junta de Andalucía.

Por ello, queremos dar luz a estas anomalías y vulneraciones para que no lleguen a establecerse en un marco legal a sabiendas de su inconstitucionalidad.

Pese a que:

  • Como bien dice el texto expositivo de la Proposición de ley, “el personal prestaba servicios a las empresas adjudicatarias” (privadas).

  • Existen diversos informes jurídicos y de la Intervención General de la Junta de Andalucía en contra de la subrogación de este personal, por lo que se opta por el sistema de selección y acceso actual, Bolsa de Trabajo de la Función Pública de la Junta de Andalucía que se rige por los principios de Igualdad, Méritos y Capacidad, CREANDO 73 VACANTES NUEVAS, con personal de esta Bolsa.

  • Tras las primeras sentencias favorables a la readmisión, el texto dice “…se obliga a la Administración de la Junta de Andalucía a readmitir o indemnizar…” Tenemos la obligación de aclarar que también las sentencias ofrecen la posibilidad de RECURRIR.

Contenido y pretensiones de la Proposición de ley:

    • Creará un marco normativo que permitirá la subrogación de cualquier trabajador/a que presten sus servicios a empresas privadas que tengan conciertos con la Administración Pública, con o sin mediación judicial, bastará con solicitar la subrogación “si los supuestos son idénticos”.

    • Abrirá una puerta que dejará en la estacada al Personal Laboral perteneciente a la Bolsa de Trabajo de la Función Pública, ninguneando a la misma Función Pública.

    • Contratos “a extinguir”, pero sin fechas de extinción, es decir: hasta la jubilación. Entendemos pues, que sus vacantes indefinidas no fijas, no se ofertarán ni en accesos, ni traslados ni en promociones, todo un BLINDAJE, que ni un juez se ha atrevido a sentenciar.

    • No se tendrá en cuenta ni blindarán al colectivo mayoritario del Personal Laboral fijos y temporales que ya pertenece a la Administración de la Junta de Andalucía, exigimos que no sean estos quienes paguen «los platos rotos», además, será un agravio comparativo con los trabajadores y trabajadoras que llevan años en la Bolsa desesperando un llamamiento legal al trabajo, otros y otras que llevan años teniendo que abandonar casa y familia para acudir a sus puestos de trabajo haciendo kilómetros y kilómetros, fijos y temporales para conseguir puntos año tras año.

    • El blindaje de estos contratos vulnera claramente los principios básicos de nuestra Constitución (Ley Fundamental) de Igualdad y Respeto a los derechos de los demás, ya que solo beneficiaría a una minoría frente a una mayoría.

    • Atentará contra los sistemas actuales de acceso a la Función Pública y a la Bolsa Única a la que hay que pertenecer después de cumplir todos los requisitos para ser llamados como Técnicas, Limpiadores, Cocineros… en Escuelas Infantiles Públicas.

    • Vulnera la Ley de Ordenación de la Función Pública de la junta de Andalucía, Ley 6/1985, la cual se sitúa claramente en un contexto integrado por la Constitución y sobre bases legislativas establecidas por las Cortes Generales y en la que se establece claramente en sus primeros artículos que el sistema se vertebra sobre los intereses generales y no sobre los individuales y como índice su título atañe a funcionarios, eventuales, interinos y laborales, no en cambio a subrogados que no cumplen los requisitos incluidos en las relaciones laborales de la misma.

    • El artículo 20 del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía en su apartado 7.1, referente a la ocupación de los puestos de trabajo por Personal Laboral indefinido no fijo dice, que dicho personal será reubicado de entre las plazas vacantes que existen en la Relación de Puestos de Trabajo, con esta Proposición de ley estos Grupos Parlamentarios desean crearles a la 73 despedidas del sector privado, empleo público en las respectivas relaciones de puestos de trabajo, sin cumplir los requisitos que se les exige a los y las demás, creación de 73 puestos con nombres y apellidos hasta su jubilación.

    • La Proposición de ley se salta que en el artículo 18.2 del mencionado Convenio Colectivo se establece que la selección de Personal Laboral temporal se llevará a cabo mediante una Bolsa Única que se regirá por los principios de Igualdad, Mérito, capacidad y publicidad objetiva y transparencia, de acuerdo con la Oferta de Empleo Público y a través de los sistemas de concurso o concurso-oposición.

    • La creación de 73 puestos más, estos últimos a extinguir, provocará (cuanto menos) un efecto dominó en todo el personal laboral de las escuelas infantiles públicas de Andalucía, creará una sobre dotación en cinco centros públicos, alterando su correspondiente RPT o provocando un número anormal de vacantes a concurso, COMO YA SE ESTÁ PRODUCIENDO por parte de Función Pública adelantándose a acontecimientos para ser menos llamativos una vez aprobada la ley.

    • A falta de conocer el articulado de esta Ley, y temiéndonos que faltará a los derechos de los y las trabajadoras de La Junta de Andalucía, creemos.

    • Definitivamente esta Proposición de ley no obra con Justicia, es despótica, arbitraria, infundada e incendiaria, Pandora debe estar frotándose las manos.

POR TODO ELLO:

Recuerden que la indemnización y el recurso son opciones que las sentencias ponen sobre la mesa como solución al conflicto, en todo caso Exhortamos a Función Pública y al órgano que se crreará para gestionar la Proposición de Ley a que RECHACEN la proposición de ley 11-20/PPL-000006 con una ENMIENDA A LA TOTALIDAD, ante tanta anomalía y vulneración.

A que se garantice por parte de la Administración, que el Personal que puso en marcha los cinco centros cuando estos pasaron a ser públicos, y que proceden de la Bolsa de Trabajo de 2008, que sus puestos de trabajo permanecerán en las mismas condiciones que las actuales, y que no se verán afectados por re-admisiones.

A que se haga uso de un sistema de selección de Personal que ya se establece en la Ley de Ordenación de la Función Pública, sin perjuicio y en protección de todas/os las que forman parte de la Bolsa Única que esperan una llamada, personas que cumplen con los requisitos y esperan un llamamiento legal en un sector con pocas oportunidades,

Advertir que además, la creación de esos 73 puestos ad hoc y a extinguir sin fecha de extinción, producirá un agravio comparativo con las y los ya Trabajadores que prestan su servicio a la Administración de la Junta de Andalucía y ven cómo la propia Administración les vuelve la espalda. Ustedes saben que las escuelas infantiles públicas andaluzas llevamos años esperando no sólo el reconocimiento de la labor que desarrollamos, sino además una verdadera mejora de nuestras condiciones laborales, tanto en el acceso a la Bolsa como la estabilidad en nuestros puestos de trabajo. La subrogación debería ser en las mismas condiciones que el resto de trabajadores/as que aún no disponen de plaza fija, debiendo ganarse la plaza con méritos académicos, formativos y experiencia laboral como el resto de componentes de la Bolsa, sus puestos no deben ser estancos sino salir a concurso como el resto de vacantes, adecuando sus contratos a Derecho, y respetando las sentencias. POR JUSTICIA Y SI DEFIENDEN LO PÚBLICO:

RECHACEN LA PROPOSICIÓN DE LEY 11-20/PPL 000006, CON UNA ENMIENDA A SU TOTALIDAD.

ESCUELAS INFANTILES PÚBLICAS DE ANDALUCÍA Y PERSONAL DE LA BOLSA DE FÚNCIÓN PÚBLICA.


Junta de Andalucía /