Redacción •  Actualidad •  03/12/2016

Podemos Andalucía presenta una Proposición de Ley para el reconocimiento del 4 de diciembre como día histórico de la reivindicación popular de su legítimo derecho al autogobierno

"Se promoverán aquellas actuaciones comunicativas, educativas y culturales que vayan destinadas a promover el conocimiento del Estatuto de Autonomía para Andalucía y el proceso histórico de su conquista, así como los acontecimientos trascendentales del 4 de diciembre de 1977". A continuación, la Proposición de Ley íntegra presentada por Podemos en el Parlamento Andaluz.

Podemos Andalucía presenta una Proposición de Ley para el reconocimiento del 4 de diciembre como día histórico de la reivindicación popular de su legítimo derecho al autogobierno

A LA MESA DEL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA
 

Al amparo de lo establecido en los artículos 123 y siguientes del Reglamento del Parlamento de Andalucía, el Grupo Parlamentario Podemos Andalucía presenta la siguiente:

PROPOSICIÓN DE LEY PARA EL RECONOCIMIENTO DEL 4 DE DICIEMBRE

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

I

El 4 de diciembre de 1977 el pueblo andaluz se manifestó ante el mundo como lo que siempre había sido: una realidad histórica innegable, con identidad, símbolos y cultura propia. Fue un año antes de la entrada en vigor de la Constitución Española. Aquella jornada, las calles de las principales ciudades de Andalucía y de otros territorios del Estado vivieron manifestaciones con una envergadura sin precedentes en nuestra historia contemporánea. Con los símbolos históricos del himno, el escudo y la bandera verde y blanca, el pueblo andaluz reclamó de forma contundente y pacífica su legítimo derecho al autogobierno. Como dice el himno de Andalucía, tras siglos de guerra, la bandera blanca y verde volvió a pedir paz y esperanza bajo el sol de nuestra tierra.

Víctima de la provocación fascista, al terminar la manifestación en la ciudad de Málaga, cayó abatido a tiros el joven de dieciocho años Manuel José García Caparrós, que añadió así su nombre a la larga lista de los que en el siglo XX entregaron su vida a la causa del pueblo. Aquella muerte cambió el proceso autonómico. En los días sucesivos, el movimiento democrático, el obrero y el andalucista confluyeron en paros y actos de protesta que pusieron de relieve la fuerte identidad histórica, cultural y política de Andalucía y, al mismo tiempo, la voluntad democrática del pueblo andaluz en su camino hacia la libertad.

Al año siguiente, dos días antes de celebrarse el referéndum que aprobó la Constitución Española, once fuerzas políticas firmaron en otro histórico 4 de diciembre el Pacto de Antequera para formalizar la aspiración de autogobierno del pueblo andaluz. En años sucesivos, el 4 de diciembre volvió a celebrarse como Día de Andalucía.

Andalucía, entendida como unidad institucional, nació como consecuencia del referéndum de aprobación de la iniciativa autonómica, superado el 28 de febrero de 1980. Desde entonces, las instituciones andaluzas fijaron dicha fecha como día de Andalucía. Sin perjuicio de esta conmemoración institucional, es de justicia reconocer el 4 de diciembre como el día en que el pueblo andaluz reivindicó su legítimo derecho al autogobierno, anticipándose a la propia Constitución y al régimen autonómico y sacando sus símbolos históricos a la calle: la bandera, el escudo y el himno.

En tiempos de globalización y uniformización cultural es importante conmemorar los signos de una identidad, los movimientos históricos y la figura de los que dieron la vida por el pueblo. Por eso, se apela al pueblo andaluz para que cada año celebre el 4 de diciembre, en un gesto de memoria y justicia por todas las personas que han mantenido viva esta fecha, así como para que las generaciones futuras tomen conciencia de su enorme valor en nuestro patrimonio constitucional.

En este sentido, la presente ley viene a desarrollar los mandatos contenidos en el Estatuto de Autonomía, norma fundamental de cabecera del pueblo andaluz. Su cumplimiento constituirá un acto de memoria colectiva que contribuirá al desarrollo histórico del pueblo andaluz, de acuerdo con su condición de nacionalidad histórica que se ha dotado a sí misma de un Estatuto donde se propugnan como valores superiores la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político, según su artículo 1. Asimismo, esta ley resulta coherente con los símbolos históricos reconocidos por el Estatuto en su artículo 3 y obedece a los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma, entre los que se encuentran el afianzamiento de la conciencia de identidad y de la cultura andaluza, el fomento de una democracia social, avanzada y participativa que asegure la integración, la cohesión territorial, la solidaridad y la convergencia entre los diversos territorios de Andalucía y, entre otros, la salvaguarda, conocimiento y difusión de la historia de la lucha del pueblo andaluz por sus derechos y libertades, según el artículo 10 del Estatuto de Autonomía. En definitiva, la presente ley se sustenta en la obligación de promover una conciencia ciudadana y democrática plena como señas de identidad propias de la Comunidad Autónoma, contraída por los poderes públicos de Andalucía a la luz del artículo 11 del Estatuto.

II

Andalucía, como nacionalidad histórica reconocida en el artículo 1 de su Estatuto de Autonomía, constituida en Comunidad Autónoma en virtud del artículo 2 de la Constitución Española, tiene reconocido estatutaria y constitucionalmente el derecho de autogobierno, según se expone en el artículo 143 de la Constitución Española. Uno de los títulos competenciales del ejercicio de este autogobierno es el fomento de la cultura de la Comunidad Autónoma, según el artículo 148.17º de la Constitución Española, ámbito que incluye, forzosamente, la rememoración de las fechas con calado histórico que han construido la nacionalidad andaluza. Además, el artículo 10.3.3º del Estatuto de Andalucía proclama que es un objetivo básico de la Comunidad Autónoma “el afianzamiento de la conciencia de identidad y de la cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico”.

Así, sin necesidad de intervenir ni alterar los símbolos reconocidos y contenidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, la presente Ley pretende reconocer la importancia del 4 de diciembre de 1977 para el devenir histórico de Andalucía, así como el papel del pueblo andaluz en la consecución de su autonomía.

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Artículo 1. Declaración del 4 de diciembre como día histórico de la reivindicación popular del legítimo derecho de Andalucía al autogobierno.

Andalucía declara el 4 de diciembre como día histórico de la reivindicación popular de su legítimo derecho al autogobierno.

Artículo 2. Actuaciones de promoción.

1. El 4 de diciembre, de acuerdo con sus propias iniciativas y con los actos que estimen oportunos, el Parlamento de Andalucía, los municipios andaluces, las Diputaciones Provinciales andaluzas y, en general, todos los poderes públicos de Andalucía, izarán la bandera de Andalucía en un acto solemne, difundirán y promocionarán la lucha del pueblo andaluz por sus derechos y libertades, y contribuirán al conocimiento de sus símbolos históricos.

2. Se promoverán aquellas actuaciones comunicativas, educativas y culturales que vayan destinadas a promover el conocimiento del Estatuto de Autonomía para Andalucía y el proceso histórico de su conquista, así como los acontecimientos trascendentales del 4 de diciembre de 1977.

Disposición Final Única. Entrada en vigor

La presente Ley entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

 

Parlamento de Andalucía, a 2 de diciembre de 2016

 

María Teresa Rodríguez-Rubio Vázquez

Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos Andalucía


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