Sindicat de llogateres •  Vivienda •  20/04/2021

En Alemania regular los precios del alquiler no es anticonstitucional

Regular el precio de la vivienda no es anticonstitucional ni ataca al derecho a la propiedad privada porque está delimitada por su utilidad social. Una afirmación que es igual de cierta tanto en el caso alemán, como en el español (recordemos el artículo treinta y tres de la Constitución española).

En Alemania regular los precios del alquiler no es anticonstitucional

El pasado 15 de abril, el Tribunal Constitucional Federal alemán dictaminó que la ley de Berlín que regulaba los precios no era constitucional y, consecuentemente, ha dejado de tener efecto. Este hecho ha sido celebrado en nuestra casa por especuladores y por economistas afines y portavoces mediáticos al servicio de los intereses rentistas. Rápidamente han apuntado hacia la ley catalana de regulación de alquileres, anhelando un final similar. Para algunos supone la prueba definitiva de que regular los alquileres es inconstitucional y que la solución pasa por más oferta y por más pisos de protección oficial. Un mensaje repetido por numerosos medios durante las últimas horas.

Pero este dato es falso.

El Tribunal Constitucional Federal alemán no ha sentenciado que regular con un tope los alquileres sea inconstitucional. De hecho, el TC ha vuelto a avalar la regulación de alquileres alemana, que está vigente desde el año 2015 a nivel federal y tal como sostiene este órgano, no atenta contra la propiedad privada. Lo que el Alto Tribunal de Karlsruhe ha declarado, mediante un complicado argumento legal, es que el estado de Berlín no tiene las competencias suficientes para regular los precios del alquiler (a pesar de que desde la reforma federal de 2006, los estados tienen competencias en asuntos de vivienda).

Los gritos de alegría de aquellos que celebran la decisión del Tribunal Constitucional Federal alemán obvian las consecuencias dramáticas que pueden venir a partir de ahora. El tope a los alquileres desaparece y, por tanto, los nuevos contratos pueden establecerse por encima de los límites establecidos hasta ahora. A pesar de que el Código Civil Alemán vincula el precio del alquiler con la media del precio local y permite unos precios superiores a este hasta de un 15%, el muro de contención ha caído. Ahora se teme que los propietarios pidan subidas en los alquileres, incluso en los contratos válidos, y que se comiencen a reclamar pagos retroactivos. Otras medidas existentes como la “Mitpreisbremse”, que limita el precio de los nuevos alquileres hasta un 10% del precio medio local de los alquileres, ya han sido eludidas anteriormente.

Frente a esta situación de emergencia y ante la posibilidad de que miles de inquilinos con ingresos bajos no sean capaces de afrontar los pagos retroactivos, se deberían crear fondos de emergencia para los inquilinos más vulnerables. Sin esta posibilidad, muchas familias pueden verse abocadas a la calle y a caer en una espiral de deudas.

Regular el precio de la vivienda no es anticonstitucional ni ataca al derecho a la propiedad privada porque está delimitada por su utilidad social. Una afirmación que es igual de cierta tanto en el caso alemán, como en el español (recordemos el artículo treinta y tres de la Constitución española).

Tal y como afirma el sociólogo alemán Andrej Holm, son precisamente los intereses desbocados de los rentistas e inversores, y una oferta de pisos de alquiler sin ningún tipo de regulación, lo que no puede garantizar un acceso a la vivienda para todo el mundo y no a la inversa.

Original: Berlin’s Rent Cap: What Did the Constitutional Court Decide?


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