Claudia Carvajal G. / Radio UChile •  Internacional •  04/07/2018

Casi 45 años después, justicia condena con penas ridículas a nueve oficiales (R) por asesinatos de Víctor Jara y Littré Quiroga

El magistrado decidió la condena de los militares en retiro y determinó también una indemnización de perjuicios en favor de los familiares de ambas víctimas.

Casi 45 años después, justicia condena con penas ridículas a nueve oficiales (R) por asesinatos de Víctor Jara y Littré Quiroga

En un fallo de 342 páginas, el ministro en visita para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Miguel Vázquez Plaza, condenó a nueve oficiales en retiro del Ejército por su participación en los delitos de homicidio de Víctor Jara  y de quien hasta esa fecha, era director de prisiones, Littré  Quiroga, ocurridos en septiembre de 1973.

La condena contra Hugo Sánchez,  Raúl Jofré,  Edwin Dimter, Nelson Haase, Ernesto Bethke, Juan Jara, Hernán Chacón y Patricio Vásquez  fue la pena de 15 años y un día, en su calidad de autores de los homicidios. Además se los sentenció a 3 años de presidio por el delito de secuestro simple de ambas víctimas. (Cabe recordar que sin pruebas, los Tralcal, líderes mapuche, fueron condenados a presidio perpetuo recientemente, luego de un proceso plagado de irregularidades y un grosero montaje jurídico y policial.)

Por otra parte, el oficial (R) Rolando Melo deberá permanecer  5 años y un día de presidio, como encubridor de los homicidios, y 61 días como encubridor de los secuestros.

Víctor Jara fue asesinado el 15 de septiembre,  en el Estadio Chile (lugar que hoy lleva su nombre), días después del golpe militar de 1973 que derrocó al presidente socialista Salvador Allende. El cantante era militante del Partido Comunista de Chile y había sido designado como embajador cultural durante el gobierno de la Unidad Popular. Fue detenido en la Universidad Técnica del Estado, centro de estudios del que era profesor.

Littré Quiroga por su parte, era Director General del Servicio de Prisiones y al momento del Golpe Militar se encontraba con licencia médica, la que suspendió para ir a su oficina de la Dirección Nacional de Prisiones (hoy Gendarmería de Chile). Luego de despachar a sus funcionarios a sus hogares, se comunicó con las  autoridades militares que habían tomado el poder para que decidieran su situación y se entregó sin resistencia a funcionarios de Carabineros, siendo enviado al Regimiento Blindado Nº2. El 13 de septiembre fue enviado junto con otros detenidos al Estadio Chile, lugar en el que sería ultimado por oficiales de Ejército.

El fallo del ministro Vazquez determinó que los hechos que llevaron al asesinato de Jara y Quiroga se iniciaron con sus detenciones que “fueron decididas por las autoridades administrativas sin orden judicial de ninguna naturaleza y bajo ningún procedimiento”, según se lee textualmente en el texto entregado la tarde de este martes.

También estableció que “dentro de las dependencias del Estadio Chile, los prisioneros de cierta connotación pública, fueron identificados por el personal militar y separados del resto, y, durante los respectivos períodos de su detención, tanto Víctor Jara Martínez como Littré Abraham Quiroga Carvajal, fueron reconocidos por los efectivos militares instalados al interior del Estadio Chile, siendo, de la misma manera, apartados del grueso de los prisioneros y asignándoseles custodia especial, sufriendo en todo su cautiverio, constantes y violentos episodios de agresión física y verbal por parte de los Oficiales de Ejército allí presentes, imputándosele, en el caso de Littré Quiroga, el hecho supuesto de haber sido responsable de la prisión y maltrato que habría sufrido el General de Ejército Roberto Viaux (…) respecto de Víctor Jara Martínez, las agresiones tuvieron como principal aliciente, la actividad artística, cultural y política del mismo, estrechamente vinculada al recién derrocado Gobierno, quien fue sometido a idénticas torturas físicas, siendo los golpes más severos, aquellos que recibió en la región de su rostro y en sus manos, ambas víctimas fueron objeto de patadas, golpes de puño y golpes de culata con armas”.

El fallo también señala que el día 15 de septiembre, ambas víctimas fueron separadas de los prisioneros que fueron trasladados al Estadio Nacional, llevados a lugares diferentes en el sector de camarines del recinto deportivo y se les dio muerte con 44 disparos contra el cuerpo de Víctor Jara y 23 en el de Littré Quiroga, ambos con balas de 9,23 milímetros, correspondientes al armamento que utilizaban los oficiales a cargo del recinto.

La sentencia también esclarece que posteriormente, los cuerpos de Jara y Quiroga fueron sacados del Estadio Chile y tirados en la vía pública junto a otros cadáveres y posteriormente encontrados por pobladores en un terreno baldío cercano al Cementerio General.

La sentencia del ministro también condena al Estado de Chile al pago de indemnizaciones en favor de los familiares de las víctimas. Así, la cónyuge e hijas de Littré Quiroga recibirán 150 millones de pesos cada una, 80 millones para sus hermanos. Mientras, Joan Alison Turner Roberts, Amanda Joanna Jara Turner y Manuela Bunster Turner también deben ser indemnizadas con 150 millones por el daño moral que les causó la muerte de quien fuera su marido y padre, el cantautor Víctor Jara.

Finalmente  y casi 45 años después del homicidio, el magistrado ofició al Registro Civil para que rectifique la fecha y hora de defunción de Víctor Lidio Jara Martínez a 15 de septiembre de 1973, a las 18:00 horas.


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