Redacción •  Actualidad •  27/11/2019

El Tribunal Supremo, tras demanda de la CGT, reconoce el derecho de las personas subcontratada a través de ETTs para que se les aplique las medidas contempladas en los Planes de Igualdad

La sentencia, de 13 de noviembre de 2019, es un gran avance en materia de igualdad y de reconocimiento de derechos, y tiene efectos inmediatos en las empresas Majorel (Aplicando la sentencia de la AN de 11 de diciembre de 2017) y en GSS Line (Acuerdo de 7 de marzo de 2018 en la Audiencia Nacional que acordó vinculare al resultado de esta sentencia).

El Tribunal Supremo, tras demanda de la CGT, reconoce el derecho de las personas subcontratada a través de ETTs para que se les aplique las medidas contempladas en los Planes de Igualdad

La Confederación General del Trabajo (CGT) ha ganado el pulso en materia de igualdad a estas empresas del sector del Contact Center con más de 6.500 trabajadores y con centros de trabajo en casi todas las comunidades del Estado español.

Tras esta sentencia estas dos multinacionales, que habían elaborado sus Planes de Igualdad teniendo en cuenta solo a los trabajadores que contrataba directamente, tendrán que aplicar las medidas acordadas con CGT y el resto de los sindicatos a toda su plantilla, sin distinción alguna entre personas trabajadoras de empresas usuarias y trabajadoras que prestan sus servicios habiendo sido contratadas por distintas Empresas de Trabajo Temporal.

CGT rechaza las diferencias que las empresas realizan a la hora de aplicar los Planes de Igualdad y se ha visto obligada ha pedir el amparo de los tribunales para las medidas en materia de igualdad que acuerda se hagan extensibles a todas las personas trabajadoras sin excepción.

Es una sentencia histórica que, dado que se fundamenta en la Directiva 2008/104/CE, acorde con el derecho de la Unión Europea en el que la igualdad entre mujeres y hombres constituye un principio fundamental y la igualdad entre mujeres y hombres es un objetivo que debe integrarse en todas las políticas y acciones de la Unión y de sus miembros, tal como se expresa positivamente en las Directivas 2004/113/CE y 2006/54/CE. La CGT muestra su alegría por el Respaldo del Tribunal Supremo a esta demanda y continuará peleando por los derechos fundamentales de las trabajadoras y trabajadores del Contact Center.


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