Redacción •  Actualidad •  27/01/2023

PACMA solicita la pena máxima para el cazador que mató de un tiro a un perro en la Sierra de Baza

  • Alegó que creía que era un “perro callejero” y le quitó la vida de un disparo en marzo de 2022 desde su puesto de caza, en el que se escondía.
  • Se presume que otro cazador aprovechó la ausencia momentánea de los responsables del animal para deshacerse de su cadáver y ocultar la prueba.
PACMA solicita la pena máxima para el cazador que mató de un tiro a un perro en la Sierra de Baza

Granada, 27 de enero de 2023 – El Partido Animalista PACMA ha solicitado al Juzgado de Instrucción nº2 de Baza, en Granada, la pena máxima de 18 meses de prisión para el cazador que disparó y mató a un perro que paseaba con sus responsables en la Sierra de Baza en marzo de 2022.

Nerón disfrutaba de un día de senderismo junto a su dueño y varios amigos cuando, olisqueando, se separó unos metros del grupo pasando por delante de un puesto de caza en el que aguardaba, escondido, un cazador armado con una escopeta que había depositado, a pocos metros, una perdiz de reclamo.

Un disparo hizo saltar todas las alarmas a los caminantes, que pudieron observar cómo el perro caía al suelo a plomo y moría en cuestión de minutos. Del escondite salía el responsable, alegando que “pensaba que era un perro callejero” y que “iba a atacar a su perdiz”. Nerón portaba collar identificativo y no suponía ningún tipo de amenaza.

Tanto la Policía Nacional como el guarda del coto fueron llamados al lugar de los hechos, demorándose su presencia durante más de una hora; tiempo en el que el cadáver de Nerón quedó sin supervisión debido a que, dada la lejanía de la ubicación, sus responsables tuvieron que ausentarse para ir a dar con los agentes. En ese transcurso, el cuerpo desapareció coincidiendo con la aparición de otro cazador en el lugar de los hechos, presunto compañero del que disparó contra Nerón, y que podría haberse desecho de los restos. En el suelo aún se apreciaban las manchas de sangre, y ya se habían tomado fotografías de la escena.

El cadáver de Nerón nunca apareció. Se presume que lo arrojaron para deshacerse de la prueba, pero la rapidez del responsable del animal permitió demostrar lo sucedido llevando a juicio, por un presunto delito de maltrato animal, al cazador que le quitó la vida a su perro sin justificación alguna. Actualmente, el amigo que supuestamente ocultó el cadáver podría enfrentarse presunto delito de falso testimonio y encubrimiento si el procedimiento se acepta a trámite.

“El encausado no solo es un maltratador que actúa desde el más profundo desprecio por la vida animal, sino que es un peligro para la sociedad”, explican desde el equipo legal de PACMA. “Ha demostrado, ya no solo una absoluta falta de empatía hacia el sufrimiento ajeno y el animal, sino una crueldad injustificada, lo que, desde un punto de vista criminológico, irá en aumento si no se impide”.

El Partido Animalista asevera que “es imprescindible que este Juzgado ponga los medios necesarios para proteger a la sociedad de un peligro semejante, habida cuenta de la demostrada relación entre el maltrato animal y otros tipos de violencia interpersonal y de la certeza de que estos comportamientos agresivos van en escalada”. Para la formación política, “es estrictamente necesario que se condene enérgicamente al encausado por los gravísimos hechos que vamos a enjuiciar, anticipándonos a otras posibles formas de violencia que pueda cometer, habida cuenta, no solo de la gravedad de estos, sino de su peligrosidad”.

La pena solicitada por PACMA es el máximo de 18 meses de prisión, accesoria legal de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y la accesoria de inhabilitación especial de 4 años para el ejercicio de la profesión, oficio o comercio que tenga relación con animales y para su tenencia y convivencia.

Solicitan además que, de acordarse por el Juzgado la suspensión de la pena de prisión, dicha suspensión se condicione a no delinquir nuevamente en el plazo de 5 años; a la prohibición de tenencia de animales durante el tiempo de la suspensión; al sometimiento a la supervisión por el SEPRONA durante el tiempo de la suspensión y al cumplimiento de 60 jornadas de trabajos en beneficio de la comunidad.


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