Redacción •  Actualidad •  20/03/2023

La justicia reconoce como accidente laboral el suicidio de un trabajador en Albacete

  • Empleado en el Consitorio capitalino, a pesar de que el servicio de prevención recomendó el cambio de puesto de trabajo, por parte del Ayuntamiento no se realizó ninguna actividad tendente a preservar la salud de su trabajador. Todo ello llevó a que el último día antes de incorporarse decidiera quitarse la vida.
La justicia reconoce como accidente laboral el suicidio de un trabajador en Albacete

La secretaria general de CCOO Albacete, Carmen Juste, acompañada por Flor Serna, responsable de la Sección Sindical de CCOO en el Ayuntamiento de Albacete, han comparecido en rueda de prensa para informar sobre una sentencia que declara que las prestaciones por viudedad y orfandad causadas lo son por la contingencia de accidente de trabajo. Esta Sentencia, ratifica la que en su día ya estimó el Juzgado de lo Social número 2 de Albacete.

Las responsables sindicales han explicado que la sentencia ganada por CCOO destaca que la causa por la que este hombre falleció fue a consecuencia de la situación vivida en su puesto de trabajo. La relevancia de la Sentencia es que el hombre fallece suicidándose, si bien, este suicidio no sucede en tiempo y lugar de trabajo, sino que sucede en fin de semana, sin que estuviera trabajando.

Además, la sentencia estima que durante el procedimiento judicial es necesario demostrar que el trastorno o patología mental que sufría el trabajador, y que fue el desencadenante de su autolisis tenía su causa en una situación de estrés laboral, habiendo concluido la sentencia que efectivamente se ha acreditado la relación entre la patología que padecía el trabajador y su trabajo, sin que se haya probado en forma alguna la posible concurrencia de otros factores personales ajenos a su ámbito laboral que pudieran haber actuado como agentes determinantes de la decisión de suicidarse adoptada.

En este sentido, Juste y Serna han destacado que los riesgos psicosociales están infravalorados por las empresas y por las administraciones públicas que suelen centrar su acción preventiva en los riesgos físicos, y olvidan los psicosociales como el estrés laboral que sufría este trabajador del Ayuntamiento de Albacete; una situación de ansiedad que ha sido considerada accidente laboral porque deriva directamente del trabajo.

También han indicado que muchas empresas no tienen un plan de prevención ni realizan la evaluación de riesgos psicosociales. Es por ello, que han hecho un llamamiento tanto a empresas como a administraciones públicas para que consideren la importancia de los riesgos psicosociales, y evitar este tipo de accidentes de trabajo.

Asimismo, han informado que CCOO reclamará daños y perjuicios al Ayuntamiento de Albacete, y la indemnización por accidente de trabajo que contempla el convenio, y en la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, a través de denuncia solicitará el recargo de prestaciones por omisión de medidas de seguridad que establece la Ley general de Seguridad Social, y que tendrá que pagar la mutua.

Para concluir, las responsables sindicales han incidido que la sentencia recoge como en los últimos días existen una serie de decisiones que condicionan su final, como es el hecho de que a pesar de los informes del servicio de psiquiatría que desaconsejaban su incorporación al puesto de trabajo, por parte del INSS, se le asigna el alta médica y, se le obliga a incorporarse. También se ve que a pesar de que el servicio de prevención recomendó el cambio de puesto de trabajo, por parte del Ayuntamiento no se realizó ninguna actividad tendente a preservar la salud de su trabajador. Todo ello llevó a que el último día antes de incorporarse decidiera quitarse la vida.


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