Resumen Latinoamericano •  Internacional •  29/05/2021

Impunidad en Chile: el informe pedido por la defensa aseguró que ex carabinero no empujó a joven en el puente Pío Nono

Un informe pericial descartó que el excarabinero que fue formalizado por homicidio frustrado de adolescente en el puente Pío Nono lo haya empujado al río Mapocho. Se trata de un informe de investigación criminalística realizado por el Centro de Investigaciones Forenses y que fue solicitado por la defensa del imputado.

Impunidad en Chile: el informe pedido por la defensa aseguró que ex carabinero no empujó a joven en el puente Pío Nono

Allí se estableció que el exuniformado Sebastián Zamora cumplió su rol y que solo intentó capturar al joven que huía de la policía, descartando que lo haya empujado, contrario a la tesis de la Fiscalía Centro Norte.

“Los movimientos naturales y evolutivos del ser humano reconocidos como habilidades motoras, son acciones que se ejecutan de manera inconscientes por cada ser humano, el empujar tiene una acción mecánica observable y medible, en todo momento no se observa esta acción por parte del carabinero. Sí podemos observar claramente la intención principal de agarre (capturar) al manifestante, su brazo derecho extendido, su brazo izquierdo en flexión con la acción amarre a la altura de la cintura del manifestante y la acción innegable cuando el carabinero baja su centro de gravedad al momento de la contacto para poder agarrar. Una revisión no especializada de estos movimientos, sobre todo al mirar videos en que la dinámica de los cuerpos es muy rápida, puede llevar a confusión, pero al congelar las imágenes es posible identificar de manera clara si se trata de acciones de agarre o de empuje, y la revisión de las acciones desplegadas por el carabinero en el video mencionado son indiscutiblemente de agarre“, se informó.

Además, se estableció que la baranda del puente era de 1.100 milímetros, menor al requisito de puentes urbanos de 1.400 milímetros establecido por el Ministerio de Obras Públicas.

Igualmente, se informó que “no es sostenible que las lesiones presentadas por el paciente ‘hayan sido mortales de no mediar socorros oportunos y eficaces’, y tampoco es sostenible que tengan relación con un homicidio frustrado, por cuanto su mecanismo de producción, obedece, habitualmente a una caída con las extremidades superiores extendidas al momento de contacto con una superficie dura”.

Ese último punto tiene relación con el cargo de homicidio frustrado por el cual fue formalizado Zamora y a las versiones respecto que el joven habría muerto de no haber recibido atención inmediata.

Alejandro Peña, exfiscal y abogado defensor de Zamora, señalo que este informe será vital para la posición de la defensa en un eventual juicio oral, ya que pone en duda la versión de la Fiscalía Centro Norte, representada en este caso por la fiscal Ximena Chong.

Además, subrayó que todo ocurrió en el contexto de que el joven de 17 años estaba cometiendo delitos en el sector y que Zamora intentó capturarlo, ocurriendo el hecho ya conocido.

El exuniformado estuvo en prisión preventiva por cerca de cinco meses en este caso, medida cautelar que luego fue reducida a arresto domiciliario total y ahora es arresto domiciliario nocturno.


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