Redacción •  Actualidad •  23/02/2022

El fondo de pensiones de promoción pública, “una iniciativa de dudosa relevancia”

  • CCOO destaca que la aprobación de este anteproyecto de ley por el Consejo de Ministros, si bien ha recogido aportaciones efectuadas por las organizaciones sindicales y empresariales, las más relevantes en materia de inversión socialmente responsable, no ha contado con acuerdo en la Mesa de Diálogo Social por sus limitaciones en el conjunto de la regulación.
El fondo de pensiones de promoción pública, “una iniciativa de dudosa relevancia”

Este nuevo proyecto acompaña un marco, que CCOO comparte, de reorientación en los últimos dos años de los incentivos fiscales hacia el sistema de empleo, que es el sistema realmente complementario de un sistema de pensiones y no depende de la capacidad individual de ahorro de los partícipes, sino de las contribuciones empresariales acoradas en el marco de la negociación colectiva.

Los sistemas de empleo, tienen una serie de principios básicos como el de “no discriminación”, que garantiza el acceso como partícipe a cualquier persona física que reúna las condiciones de vinculación con el promotor. Es ese carácter colectivo y no discriminatorio el que hace que sea un sistema preferente al tercer pilar, voluntario e individual, cuya voluntariedad depende de la capacidad de ahorro, es decir del nivel de renta, mientras que el segundo pilar depende del marco acordado en la negociación colectiva y aplicado a todas las personas trabajadoras en la empresa o sector.

Además, el instrumento elegido, el fondo de pensiones, es el instrumento que, dentro de las posibilidades existentes en los diferentes vehículos de previsión social complementaria, mayor control y supervisión permite a los representantes de los partícipes y beneficiarios. No obstante, en esta cuestión clave, precisamente el proyecto que hoy se presenta limita la capacidad de gobernanza con respecto a las posibilidades que ya ofrece el sistema de empleo en la actualidad. Por todo ello, el fondo de pensiones de promoción pública, denominado en múltiples ocasiones como el “superfondo”, acaba siendo una opción más para exteriorizar compromisos por pensiones de las empresas con sus trabajadores.

La principal duda que surge sobre su relevancia práctica es la no resolución del principal problema de la financiación del sistema que se realiza, fundamentalmente, a través de contribuciones empresariales. En este sentido, destaca la incongruencia de la Administración como promotor del sector público, al no haber previsión de contribuciones a las personas trabajadoras del sector.

Es importante destacar que la aprobación de este anteproyecto de ley por el Consejo de Ministros, si bien ha recogido aportaciones efectuadas por las organizaciones sindicales y empresariales no ha contado con acuerdo en la Mesa de Diálogo Social.

Esta limitación intenta ser compensada por el proyecto normativo, mejorando la regulación dirigida al trabajo autónomo, que es donde quizás, dada la configuración actual del proyecto, pudiera existir algún tipo de desarrollo.

Para CCOO, conviene recordar que la negociación colectiva ya dispone de instrumentos equivalentes en la legislación actual sin los condicionamientos del fondo de pensiones de promoción pública: se trata de los planes de pensiones de promoción conjunta. En el nuevo fondo de promoción pública la Administración Pública condiciona pero no ofrece ningún tipo de garantía a los partícipes y beneficiarios ni asume ningún riesgo; no obstante tiene el papel más relevante tanto en la configuración de la Comisión Promotora y de Seguimiento como en la Comisión de Control Especial, relegando a los representantes empresariales y sindicales a un papel secundario.

Por último, en cuanto al tratamiento de incentivos anunciado, CCOO no cree que vaya a suponer una diferencia cualitativa con el marco normativo que ha permitido un desarrollo de la previsión social complementaria para un 10% de la población asalariada, en términos reales, y un 20% si se suma a las Administraciones Públicas, que tienen cuantías testimoniales hasta la fecha y sin expectativas de mejora a pesar de la presentación de este proyecto.

Por tanto, una nueva opción de exteriorización, sin habilitación presupuestaria para empleados públicos, y que no mejora la capacidad de instrumentación de compromisos en la negociación colectiva sectorial, dos de sus colectivos objetivo según expresa el Proyecto de Ley.

CCOO va a seguir con atención el debate parlamentario y la conclusión final de este proyecto normativo que, sin duda, hubiera sido mejor abordar tras la finalización de la negociación de materias pendientes en el ámbito de la Seguridad Social.


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