CGT impugnará ante el Tribunal Supremo el nuevo Real Decreto de coeficientes reductores de la edad de jubilación
- La CGT valora el contenido del Real Decreto, aprobado el pasado jueves, y que regula los índices de toxicidad, insalubridad, peligrosidad, siniestralidad y penosidad de las actividades y sectores de riesgo a los efectos de adelantar la edad de jubilación, como «uno de los mayores retrocesos en materia sindical y de jubilación de los últimos años».

La central sindical CGT ha anunciado que presentará una impugnación directa del Real Decreto 402/2025, aprobado el pasado jueves 29 de mayo, ante el Tribunal Supremo, afirmando que «no viene sino a revertir, a golpe de Decreto, los derechos que CGT ha conseguido defender en los Tribunales durante los últimos años, y viene a legalizar las trabas y la dejación previas de la Seguridad Social y del Ministerio de Trabajo».
El sindicato han señalado que «este Reglamento, que regula el procedimiento general para el estudio de los índices de toxicidad, insalubridad, peligrosidad, siniestralidad y penosidad de las actividades y sectores de riesgo a los efectos de adelantar la edad de jubilación sin merma económica en la cuantía, empeora la anterior regulación». Asimismo, han valorado su contenido como «uno de los mayores retrocesos en materia sindical y de jubilación de los últimos años».
Entre los elementos de impugnación que han destacado, se encuentra la imposición de la solicitud conjunta de organizaciones empresariales y sindicales. Una premisa que, para CGT, hace «depender la actividad sindical y la defensa de los derechos e intereses de la clase trabajadora a la voluntad empresarial, vulnerando el derecho fundamental de libertad sindical».
Ademas, apuntan que limita la solicitud y participación en el procedimiento a los sindicatos más
representativos a nivel estatal y autonómico, por lo que sindicatos representativos en
determinados sectores no podrán instar ni participar en el procedimiento, vulnerando el
derecho fundamental de libertad sindical.
Por otro lado, apuntan a trabas burocráticas, como la exigencia a los solicitantes la identificación fiscal de las personas trabajadoras potencialmente afectadas por la actividad de riesgo bajo la amenaza de archivo del procedimiento si tal información no se aporta en 20 días, lo que hace totalmente inviable el procedimiento.
En la misma línea, la central anarcosindicalista apunta que el decreto fija un plazo de 6 meses para la resolución de las solicitudes, «pero esto es engañoso, porque al mismo tiempo se establece expresamente el silencio administrativo negativo: en el caso de que el Ministerio de la Seguridad Social no resuelva el procedimiento, se entiende desestimada la solicitud, por lo que se prevén numerosos
recursos frente a la más que probable inactividad de la Administración si no cumple con sus responsabilidades en la tramitación de las solicitudes en el plazo de seis meses desde el
registro de las mismas».
Por otra parte, apuntan a la falta de apertura a la participación en las evaluaciones, al crearse un grupo de trabajo restringido para el estudio de la «dimensión de género» y de los niveles de penosidad a partir de determinada edad en la asignación de coeficientes reductores, que sólo estará formado por UGT, CCOO, la patronal, el Ministerio de Seguridad Social y la Inspección de Trabajo, limitando la participación de los demás sindicatos representativos en un sector o a nivel autonómico
En el mismo sentido, destacan que se crea una comisión de evaluación restringida, sólamente integrada por el Ministerio de la Seguridad Social, la patronal y CCOO y UGT, que será la encargada de emitir informe sobre la concurrencia de circunstancias objetivas que justifiquen la aplicación de coeficientes reductores, orillando a los sindicatos representativos en un sector o a nivel autonómico.
«Hay que añadir, que todos estos impedimentos vienen a deteriorar todavía más el procedimiento anterior, puesto que la Seguridad Social y el Ministerio de Trabajo estaban paralizando los expedientes en sectores tan peligrosos como el amianto, hasta el punto de que CGT ha tenido que interponer cinco recursos contenciosos administrativos por inactividad de la Administración y un recurso contencioso Administrativo en el expediente de la Petroquímica para tumbar el criterio antisindical que imponía la solicitud conjunta entre patronal y sindicatos», señalan desde CGT.
«Tenemos el deber de conquistar el derecho a que la clase trabajadora pueda jubilarse sin morir, sin enfermar, en condiciones dignas, el derecho a que deje de sufrir la explotación asalariada en las peores condiciones, en los peores años, para engrosar las ganancias de la clase capitalista», han concluido.