La pobreza como delito: de auyamas y agentes del orden
“Si alguien durante el día recoge frutos para comer, y al llevarlo no produce grandes daños, será castigado civilmente (es decir, no penalmente) según la cualidad de personas o cosas” Constitutio Ciminalis Carolina, 1532. En Marx, C. (1842) Debates de la Dieta Renana. “Calla dijo Don Quijote-: ¿Y…
29/11/2016