FeSP / FIP •  Opinión •  14/10/2020

Cómo garantizar los derechos de los periodistas que teletrabajan

Cómo garantizar los derechos de los periodistas que teletrabajan

Con motivo de la celebración del Día Mundial del Trabajo Decente, el pasado 7 de octubre, la Federación Internacional de Periodistas (FIP) -a la que pertenece la Federación de Sindicatos de Periodistas (FeSP)- ha elaborado una guía para garantizar los derechos de los y las periodistas que teletrabajan, y ha instado a los gobiernos a que regulen con urgencia esta manera de trabajar para que sea implementada de una manera justa y segura. El Gobierno español  ha regulado el trabajo a distancia en un real decreto-ley aprobado el 22 de septiembre de 2020.

“Si bien el teletrabajo y colaboración entre periodistas en las redacciones siguen siendo elementos básicos para un periodismo de calidad, el teletrabajo puede ofrecer beneficios a los/as trabajadores/as de los medios de comunicación, tales como el ahorro de tiempo no remunerado que se dedica al transporte al lugar de trabajo y la reducción de los niveles de estrés, ansiedad y huella ecológica. También proporciona flexibilidad al trabajo de los/as periodistas y puede ser beneficioso para la conciliación laboral, siempre y cuando esté regulado adecuadamente y vaya acompañado de otras medidas”, indica la FIP.

Para garantizar los derechos de los y las periodistas que teletrabajan la FIP recomienda las siguientes medidas:

– Desarrollar un marco legal que defina claramente qué es el teletrabajo y qué no lo es, de acuerdo con la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

– Fortalecer los convenios colectivos, para garantizar que la legislación sobre el teletrabajo se aplica a todos por igual, ya sean empleados de plantilla o autónomos.

– Exigir un buen equipo de trabajo y formación en nuevas tecnologías, porque no basta con que la empresa envíe a su plantilla a trabajar en su casa.

– Respetar el derecho a la desconexión digital, porque se ha demostrado que la introducción del teletrabajo ha aumentado las jornadas laborales.

– Mantener la igualdad de derechos entre quienes teletrabajan y no.

– Garantizar la protección de los datos y la privacidad.

– Respetar el derecho a descansos breves mientras se teletrabaja.

– Garantizar la seguridad en el hogar. Las empresas deben evaluar las condiciones de salud y seguridad de quienes teletrabajan, incluyendo la ciberseguridad.

– Vigilar y sancionar a las empresas que incumplan la ley o los convenios colectivos.

– Establecer planes seguros para la vuelta a las redacciones, cuando las condiciones sanitarias lo permitan.

Más información: https://www.ifj.org/es/actividades/campanas-de-la-fip/construyendo-poder-sindical-para-un-teletrabajo-saludable.html

Real decreto-ley del trabajo a distancia: https://boe.es/boe/dias/2020/09/23/pdfs/BOE-A-2020-11043.pdf


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