Redacción •  Internacional •  12/04/2022

Garantizar los derechos de la infancia, otra asignatura pendiente más allá del marco teórico

En pleno siglo XXI, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) estima que alrededor de 152 millones de niños y niñas se ven forzados a realizar trabajo en diferentes modalidades; desde trabajo escasamente remunerado o forzado a la explotación laboral o la trata de personas.

Garantizar los derechos de la infancia, otra asignatura pendiente más allá del marco teórico

Desde que 1989 se aprobara la Convención de los Derechos de la Infancia (CDI) en Naciones Unidas, ratificada por la práctica totalidad de los países miembros, encontramos grandes avances en el desarrollo normativo de los derechos del niño, al menos a nivel teórico. Estos significativos avances contrastan con problemas relacionados con la escasa difusión del texto en grandes medios de comunicación o manuales didácticos de carácter educativo , pero también la escasez de leyes específicas u ordenamiento jurídico que desarrollen su implementación práctica. Asimismo, la Convención recogió en un articulado muy completo los derechos especiales que deben corresponder a los menores por su situación especial.

La Convención puede considerarse como el paso más importante a escala global para disponer de un marco jurídico sólido en la defensa de los derechos de la infancia y para obligar a los Estados miembros de la ONU a desplegar un ordenamiento jurídico interno acorde con los principios y el articulado.

A la par que fue aprobada la CDI, Naciones Unidas puso en marcha los necesarios mecanismos de supervisión de la acción de los Estados en la garantía de los derechos de la infancia. Se creó así el Comité de Derechos de la Infancia, como organismo independiente vinculado a Naciones Unidas, cuya función es supervisar los informes sobre la situación de la infancia que los Estados miembros deben realizar quinquenalmente.

La falta de voz propia, el desarrollo de modelos sociales que pecan de paternalismo, o las dificultades para que los gobiernos asuman sin paliativos las reivindicaciones fundamentales de organizaciones de infancia o de instituciones de defensa de derechos explican el lentísimo avance en el cumplimiento real de los derechos de la infancia.

«El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No será objeto de ningún tipo de trata. No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se le dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o su educación o impedir su desarrollo físico, mental o moral».

Principio 9, de la Declaración de los Derechos del Niño.

¿Qué son los derechos del niño?

Aldeas Infantiles SOS, presente en España desde 1967, es una organización internacional, privada de ayuda a la infancia. Esta ONG establece ocho derechos básicos que todo niño debe tener:

  • Derecho a la salud

  • Derecho a la vida

  • Derecho a vivir con sus padres y madres

  • Derecho a expresar su opinión y ser escuchado

  • Derecho a un nombre y una nacionalidad

  • Derecho a una educación gratuita de calidad

  • Derecho a protección frente a la pobreza y cualquier forma de violencia

  • Derecho al juego y a participar en actividades artísticas y culturales

Estos principios se trasladan desde un punto de vista pragmático en el cuidado de la primera infancia, teniendo en cuenta programas más integrados, que aborden los problemas desde varios frentes (nutrición, vacunas, atención neonatal, etc.); En la educación, con particular atención a la igualdad de acceso sin diferenciar sexos y en la constante mejora de los programas educativos; y en la protección de la infancia, con el desarrollo de un entorno protector en la sociedad.


Comite de los Derechos del Niño de la ONU /