Plataforma Salvemos Cabana •  Redacción •  Galicia •  29/08/2017

Salvemos Cabana presenta alegaciones a la línea de evacuación eléctrica del proyecto eólico Mouriños

La Plataforma considera que de la documentación de la empresa que la Xunta de Galicia ha puesto en información pública se desprende que la iniciativa "no evalúa correctamente los posibles efectos sinérgicos y acumulativos de las infraestructuras y la línea eléctrica de evacuación del proyecto Pena Forcada-Catasol II, planteado por Gas Natural Fenosa en la vecina localidad de Laxe.

Salvemos Cabana presenta alegaciones a la línea de evacuación eléctrica del proyecto eólico Mouriños
Para Salvemos Cabana, «de un modo que sólo puede ser calificado de sorprendente», en la sección «Programa de calidad ambiental» del proyecto de ejecución de la línea eléctrica «se citan de manera reiterada departamentos y normativas del País Vasco» en lo que «parece más bien tratarse de un copia-pega de la documentación de otro proyecto industrial presentado en Euskadi que de una errata accidental».
 
Así, entre otros apartados, en cuanto a la protección del patrimonio cultural se hace referencia al «contacto con el Dpto. de Patrimonio del Gobierno Vasco para comprobar la posible inclusión en el inventario de patrimonio arqueológico y arquitectónico de nuevos hallazgos en la zona de obras«, y «todo cuando el proyecto pretende llevarse a cabo entre los ayuntamientos de Cabana de Bergantiños y Zas, en plena Costa da Morte coruñesa a más de 600 km. de distancia» -indican desde la Plataforma-.
 
UN PROYECTO INDUSTRIAL FRAGMENTADO
 
Para Salvemos Cabana, además, en la parte técnica, «la iniciativa no evalúa en condiciones los posibles efectos sinérgicos y acumulativos en relación con las infraestructuras y la línea eléctrica de evacuación del proyecto Pena Forcada-Catasol II (situado a menos de 5 km.), ni con el detalle que sería pertinente las posibles afecciones sobre los hábitats y las especies de interés comunitario presentes en la zona«.
 
El colectivo señala que «sobre la imposibilidad de fragmentación de proyectos industriales se han venido pronunciando desde hace años tanto tribunales estatales como internacionales» pues «la no autorización del fraccionamiento de proyectos ha sido confirmada por sentencias como la del 16 de septiembre de 2004 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Asunto C-227/01), que condena a España por tramitar de manera independiente diferentes tramos de un proyecto de desdoblamiento de una línea de ferrocarril, estableciendo que el efecto útil de la legislación aplicable quedaría gravemente comprometido por el fraccionamiento del proyecto en distintos tramos».
 
Por ello, la Plataforma considera «que este hecho invalida el procedimiento administrativo tal como está siendo realizado por la Xunta, que debería plantearse desde cero integrando todos los proyectos presentados en un único expediente y valorando conjuntamente las afecciones socioambientales del mismo«, razón por la que ha solicitado la desestimación de la autorización administrativa y de construcción, la declaración de utlidad pública y de urgente ocupación, la declaración sectorial de incidencia supramunicipal y la emisión de una declaración de impacto ambiental desfavorable en virtud de las deficiencias en el proceso de tramitación del proyecto eólico Mouriños y sus expedientes complementarios.
 

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