Ecologistas en Acción solicita información sobre la gestión de los residuos a la Diputación provincial de Sevilla
- La Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, OBLIGA a los municipios de más de 5.000 habitantes a la recogida separada de la fracción orgánica de las basuras (biorresiduos) a partir del 1 de julio de 2022, ya sea mediante el sistema puerta a puerta o por el quinto contenedor con control de usuario.

La Ley 7/2022 obliga además a las entidades locales a establecer el coste total de la gestión de los residuos. Tenían tres años, a contar desde su entrada en vigor, para fijar una tasa que dependiera de la generación (pagar por la cantidad de residuos generados) y que reflejara el coste real de todas las operaciones: recogida, transporte, tratamiento, vigilancia, mantenimiento y vigilancia posterior al cierre de los vertederos, campañas de concienciación y comunicación, así como los ingresos derivados de la aplicación de la responsabilidad ampliada del productor, de la venta de materiales y de la energía obtenida en su caso.
También debería haber una red de recogida suficiente que incluya puntos limpios o puntos de entrega alternativos para la retirada gratuita de los residuos especiales.
Es obligatorio ahora que las autoridades competentes elaboren y publiquen anualmente un informe de coyuntura sobre la situación de producción y gestión de los residuos, incluyendo datos de procedencia, recogida y tratamiento, y destino de los materiales obtenidos, así como los costes económicos asociados. Deben evaluar el grado de cumplimiento de los objetivos de prevención y gestión de los residuos. Esta información debe estar a disposición del público en general.
A día de hoy, esta información no está disponible en casi ningún municipio, por lo que Ecologistas en Acción ha solicitado a la Diputación Provincial de Sevilla los datos siguientes :
1º- Cantidad de residuos generados en el municipio y destino de los materiales obtenidos.
2º- Costes económicos asociados a la gestión de los residuos y grado de cumplimiento de los objetivos de prevención.
3º- Coste del servicio de recogida de residuos.
4º- Recaudación efectuada por ese Ayuntamiento o entidad que gestione el cobro del servicio de recogida de residuos (tasa de basura), con indicación de la cantidad recaudada por meses.
5º- Sistemas de recogida separada de la fracción orgánica: tipología de los contenedores (control de usuario), número de unidades y coste total.
6º- Nuevas Ordenanzas municipales de residuos. La Ley 7/2022 estableció la obligación de que todos los municipios cuenten con una ordenanza de residuos actualizada, indicando cómo han de actuar los ciudadanos para depositar sus residuos de manera correcta en los medios municipales.
7º- Actualización del convenio con Ecoembes para asegurar el cumplimiento del artículo 23.4 del Real Decreto 1055/2022, por el cual deben hacerse cargo de todos los costes asociados a la recogida de envases.
Ecologistas en Acción recuerda que la tasa de basuras debe depender de la cantidad de residuos generada en cada vivienda y no como hacen ahora los ayuntamientos, que pagan con recursos propios el tratamiento de basuras y por tanto los detraen de otros servicios municipales. Las vecinas tendrán así motivos para generar menos residuos y separarlos mejor.
