El Tribunal Supremo corrige el sistema de cálculo salarial en TRAGSA tras la demanda impulsada por CGT, UGT y CSIF
- El Tribunal Supremo ha estimado parcialmente la demanda presentada por CGT, UGT y CSIF contra TRAGSA y concluye que el sistema utilizado para calcular la hora ordinaria de las brigadas forestales no se ajustaba al tiempo de trabajo real.
- La sentencia obliga a TRAGSA a revisar el método con el que determinaba el valor de la hora base, utilizada para calcular complementos como las horas extraordinarias o nocturnas, al haberse fijado sobre una jornada anual superior a la efectiva.

El Tribunal Supremo ha dictado la sentencia nº 171/2026, en el recurso de casación 272/2024, estimando parcialmente la demanda interpuesta por las organizaciones sindicales CGT, UGT y CSIF contra la empresa pública TRAGSA en relación con el sistema de cálculo de determinadas retribuciones del personal de las brigadas forestales.
La resolución del Alto Tribunal revoca en parte la sentencia previa de la Audiencia Nacional y reconoce que el sistema utilizado por la empresa para calcular el valor de la hora ordinaria, base para determinar otros conceptos salariales como horas extraordinarias o nocturnas, no se ajustaba correctamente al tiempo de trabajo real de las personas trabajadoras.
El conflicto colectivo tenía su origen en la forma en que TRAGSA venía calculando el valor de la hora ordinaria en las tablas salariales aplicables a las brigadas forestales. Dicho cálculo se realizaba dividiendo el salario base entre una jornada anual de referencia de 2.880 horas, en lugar de hacerlo sobre la jornada efectiva real de trabajo. Al partir de esa cifra superior, el valor de la hora ordinaria resultaba artificialmente reducido, lo que repercutía directamente en la cuantía de otros conceptos vinculados a dicha hora base.
El Tribunal Supremo concluye que este sistema de cálculo no es correcto y establece criterios que obligan a revisar el método utilizado por la empresa para determinar estas retribuciones, lo que puede tener efectos económicos relevantes para las personas trabajadoras afectadas.
Desde la Federación Estatal de Trabajadoras de las Administraciones Públicas de CGT (FETAP-CGT) se valora positivamente esta resolución judicial, que supone un avance en la defensa de los derechos laborales en una empresa pública que desarrolla funciones esenciales, especialmente en el ámbito de la prevención y extinción de incendios forestales.
La sentencia reconoce, en la práctica, que el sistema aplicado por la empresa generaba una infravaloración de la hora de trabajo y, por tanto, de diversos complementos salariales ligados a ella. Este tipo de conflictos ponen de manifiesto la importancia de la acción sindical y de la vía judicial para garantizar el respeto a las condiciones laborales en el sector público empresarial.
FETAP-CGT continuará trabajando para que la sentencia se aplique plenamente y para que se revisen las prácticas que puedan afectar negativamente a las condiciones de trabajo del personal de TRAGSA.
