La Fiscalía ve indicios de delito en vía ferrata de Teverga (Asturias)
- La Fiscalía ha abierto diligencias de investigación preprocesal al Principado a raíz de una denuncia presentada por la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies sobre la instalación de una vía ferrata en Teverga.

La vía ferrata se instaló en el entorno de los acantilados de la Peña Sobia, en Teverga, dentro del Parque Natural de Las Ubiñas-La Mesa, incluido dentro de la Red Natura 2000.
La autorización de esta infraestructura fue aprobada por el Principado a pesar de constar un informe negativo a su instalación por parte de la Guardería de Medio Natural del propio Parque Natural.
En dicho informe se hace constar la presencia de nidos de águila real cercanos al lugar por donde discurre la vía ferrata. A menos de 400 metros existe una zona angosta de canales donde las águilas han criado en los últimos años. El águila real (Aquila chrysaetos) está incluida en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESPRE), figurando en el Libro Rojo de las aves de España con la categoría de “Casi Amenazada” y como “Vulnerable” en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas (CREA).
Por otro lado, la Sierra de Gradura, en las proximidades de la vía ferrata, es área de nidificación de alimoche común (Neophron percnopterus), especie catalogada como “Vulnerable” tanto en el LESPRE como en el Libro Rojo de las Aves de España y como “De Interés Especial” en el CREA.
La presencia de oso pardo (Ursus arctos) es constante en la zona y es además área de reproducción de la especie. El oso pardo (Ursus arctos) está catalogado como “En peligro de Extinción” tanto en el LESPRE como en el CREA.
Las vías ferratas son infraestructuras que, debido a su diseño, pueden ser utilizadas por prácticamente cualquier persona sin ningún tipo de conocimiento ni experiencia en escalada, lo que las hace muy populares y en consecuencia muy utilizadas por un gran número de usuarios. Esta masificación de personas en un entorno natural de tanto valor provocaría importantes molestias a las especies citadas, alterando sus ciclos vitales y pudiendo llegar a desplazarlas de la zona.
La Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad recoge que: “está prohibido dar muerte, dañar, molestar o inquietar intencionadamente a los animales silvestres, sea cual sea el método o la fase de su ciclo biológico.”
En opinión de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, la autorización otorgada para la instalación de la vía ferrata choca frontalmente con la mencionada Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. El propio Código Penal establece en el apartado 1 del artículo 334 “que será castigado con pena de prisión o multa aquel que (respecto de las especies de la fauna silvestre) realice actividades que impidan o dificulten su reproducción o migración”
Confiamos en que se llegue hasta el final de esta investigación, que se depuren las responsabilidades a que haya lugar y que la vía ferrata sea retirada de este Parque Natural.
Coordinadora Ecoloxista d’Asturies.

