Redacción •  Actualidad •  16/09/2025

El Ayuntamiento de Madrid reconoce que debe reducir en cuatro años las emisiones del tráfico en un 60%

El Ayuntamiento de Madrid reconoce que debe reducir en cuatro años las emisiones del tráfico en un 60%

En la documentación asociada al proyecto de modificación de las Zonas de Bajas Emisiones, el Ayuntamiento concluye que para poder cumplir los valores límite legales que marca la nueva directiva europea de calidad del aire en 2030, será necesario reducir un 60% las emisiones actuales del tráfico rodado. A pesar de esta constatación, el Gobierno municipal no se plantea adoptar medidas que refuercen la efectividad de las actuales Zonas de Bajas Emisiones de la capital ni otras medidas complementarias para hacer posible esta necesaria reducción de los gases contaminantes.

El Ayuntamiento de Madrid sacó a información pública durante el mes de agosto el “Proyecto de modificación parcial de las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección de la ciudad de Madrid” (ZBEDEP). Con este movimiento, las autoridades municipales pretenden hacer frente al embrollo legal en que se encuentran las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) de la capital, que fueron anuladas por una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el 17 de septiembre de 2024, alegando irregularidades en su tramitación, entre ellas una insuficiente justificación de la necesidad de establecer restricciones al tráfico.

Para salir al paso, el gobierno municipal ha planteado este proyecto, que se presenta como una modificación de las actuales ZBEDEP (distrito Centro y Plaza Elíptica), y se arropa con una abundante documentación basada en informes justificativos sobre los numerosos beneficios que aportan las Zonas de Bajas Emisiones, en relación con la calidad del aire, el cambio climático, el ruido, la igualdad de género, la infancia o las personas mayores.

Lo que llama la atención cuando se analizan las posibles modificaciones introducidas en el funcionamiento de las actuales ZBEDEP, es que no se introduce cambio alguno, ni en la delimitación de las mismas (no cambia su tamaño), ni en su funcionamiento (restricciones y prohibiciones de acceso). Lo único que se hace es una mera reorganización técnica de los artículos de la Ordenanza de Movilidad que las regulan, eliminando la mención de ciertos periodos transitorios que ya expiraron. Es decir, tras la aprobación de este proyecto de modificación de las

ZBEDEP, éstas se quedarán como están actualmente.

Esta ausencia de cualquier modificación de las Zonas de Bajas Emisiones orientada a la mejora de su eficacia, contrasta fuertemente con todo el hilo discursivo de la documentación aportada. En síntesis, ésta ofrece una ilustrativa recopilación de datos y argumentos que justifican el impacto positivo de las Zonas de Bajas Emisiones, mostrando que si bien han representado una herramienta esencial para conseguir avances, no han sido suficientes para alcanzar los objetivos planteados, resultando imprescindible un significativo refuerzo e intensificación de las medidas implementadas hasta el momento para poder alcanzarlos.

Estas son algunas conclusiones importantes que se desprenden de la documentación aportada, en relación con el papel de las Zonas de Bajas Emisiones en el ámbito de la calidad del aire, el cambio climático y el ruido, que justifican la necesidad de abandonar la inacción y la autocomplacencia del Gobierno municipal, para dar paso a la intensificación de las medidas que se vienen adoptando hasta la fecha.

Calidad del AireLos datos aportados por el informe justificativo, elaborado con la participación del grupo de expertos de la Universidad Politécnica de Madrid (UPM) que asesora desde hace décadas al Ayuntamiento en materia de calidad del aire, son contundentes: se estima que para poder cumplir con los valores límite legales que establece la nueva directiva europea (Directiva 2024/2881) para 2030, será necesario reducir un 60% las emisiones de NOx actuales tanto del sector del tráfico rodado como del sector residencial, comercial e institucional (RCI). El documento reconoce que esto solo será posible con el refuerzo e intensificación de las medidas implementadas hasta el momento”.

Cambio ClimáticoLa Hoja de Ruta hacia la Neutralidad Climática de la ciudad de Madrid, presentada en 2021, tiene por metas reducir las emisiones de la ciudad de Madrid el 65% en 2030, respecto a 1990, y alcanzar la neutralidad climática en el año 2050. Según la información aportada, aunque se ha producido una reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero entre 1990 y 2022, para cumplir con el objetivo planteado se requerirá todavía lograr una reducción del 45,5% de las emisiones actuales antes del 2030, lo que implicará necesariamente “una aceleración en las medidas implementadas”.

RuidoLos datos recopilados muestran una reducción de los niveles de ruido debidos al tráfico rodado en la ciudad entre 2016 y 2021 (comparación de los últimos dos mapas de ruido), atribuyendo una contribución importante a la puesta en marcha de Madrid Central. Sin embargo, continúa habiendo una parte de la población expuesta a niveles sonoros superiores a los objetivos de calidad acústica, lo que implica la necesidad de adoptar medidas adicionales a las contempladas hasta ahora.                                               

Para Ecologistas en Acción, este proyecto de modificación de las ZBEDEP es una oportunidad perdida para avanzar en la solución de los importantes desafíos medioambientales que tiene planteada la ciudad.

Madrid no debería repetir en esta ocasión los errores del ciclo anterior, en el que unos valores límite legales establecidos en 1999 (Directiva 1999/30/CE), con fecha de cumplimiento fijada en 2010, no llegaron a cumplirse hasta el año 2022, para el caso del NO2, y no se han cumplido todavía y se encuentran lejos de hacerlo, para el ozono troposférico.

Por lo tanto, el Ayuntamiento debe abandonar la actitud de complacencia en relación con la gestión de la calidad del aire y debe poner en marcha cuanto antes un ambicioso plan de mejora de la calidad del aire orientado al cumplimiento en plazo de los valores límite legales marcados por la Directiva 2024/2881.

 


emisiones CO2 /