Redacción •  Actualidad •  06/07/2025

La justicia da la razón a CCOO en Correos condenando la vulneración del derecho fundamental de libertad sindical

  • Un juzgado de Granada condena a un mando de Correos por interrumpir bruscamente el desarrollo de una reunión sindical, impidiendo la labor informativa. Además, tendrá que pagar una indemnización de 3.000€ por «intromisión ilegítima» en el libre desempeño del derecho fundamental a la libertad sindical.
La justicia da la razón a CCOO en Correos condenando la vulneración del derecho fundamental de libertad sindical

En marzo de 2024, en la provincia de Granada, la persona que desempeñaba la jefatura en una unidad de distribución en Correos interrumpió bruscamente la asamblea que CCOO celebraba con el personal de reparto, intentando impedir una labor informativa que se realizaba de manera totalmente respetuosa y pacífica. Aunque finalmente no consiguió su propósito, tras finalizar la reunión este responsable del centro presentó una demanda ante el juzgado por acoso laboral contra el sindicato y contra la persona que lo representaba en la asamblea, exigiéndole, además, personalmente el pago de una indemnización económica por daños.

CCOO ha denunciado que las conductas antisindicales de este tipo no son nuevas, y tienen origen en una «concepción caciquil de las relaciones laborales propias de otros tiempos que, lamentablemente, todavía tienen arraigo entre algunos mandos intermedios de la compañía postal pública, y también en las decisiones y formas de muchos directivos, incluso a nivel nacional».

El sindicato denuncia que esta “cultura antisindical” fue implantada y fomentada por el anterior presidente de la compañía, Juan Manuel Serrano, ante el pulso que el sindicato mantuvo durante 5 años «por no querer plegarse a sus planes de reconversión salvaje del servicio público postal, y por criticar su nefasta gestión, que dejó a la empresa con más de 1.000 millones de euros en pérdidas en el momento de su cese».

Algo más de un año después, la denuncia contra CCOO y el delegado sindical se ha resuelto con una condena contra la persona demandante, en una sentencia que la central valora como «ejemplar» y en la que el juez no solo desestima por infundados y arbitrarios todos los argumentos de acoso y la pretensión de indemnización planteada en la demanda, sino que lo que entiende acreditado es que con su conducta el demandante ha vulnerado el derecho fundamental de libertad sindical, condenándole al pago de 3.000€ en concepto de daños morales al demandado.

«La sentencia, que debería ser un aviso para quienes sigan pensando que se puede atacar impunemente los derechos o la integridad de las personas trabajadoras y sus representantes, recuerda que la libertad sindical es un derecho fundamental de la clase trabajadora, consagrado en la Constitución Española, en la Ley Orgánica 11/1985 y en la legislación internacional, y que es un derecho fundamental protegido», han señalado desde el sindicato.

CCOO ha valorado que la sentencia es un aval al derecho de todos los trabajadores y trabajadoras de Correos a sindicarse libremente, a celebrar asambleas informativas, a que se visiten sus centros de trabajo para detectar irregularidades y problemas laborales, a defenderse y asesorarse ante abusos empresariales, y también al derecho a la negociación colectiva para avanzar en conquistas laborales y salariales, y advierte que, aunque moleste, el sindicato seguirá ejerciéndolo en Correos con responsabilidad y seriedad, gobierne quien gobierne, y presida la empresa quien la presida.


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