Denuncian el incumplimiento de la sentencia del Tribunal Supremo sobre los caudales ecológicos
- La Red Ciudadana del Tajo (formada entre otros colectivos por la Plataforma Ecologista Madrileña) señala la inacción de la Confederación Hidrográfica del Tajo y las Comunidades Autónomas en la ejecución de la última sentencia del Tribunal Supremo.
- El caudal del río Tajo a su paso por Aranjuez ha discurrido por debajo de los límites legales establecidos incumpliéndose la Sentencia del Tribunal Supremo de mayo de 2025.
- Los caudales ecológicos son una medida esencial para conseguir el buen estado del río Tajo.

Desde el pasado jueves 18 de septiembre a las 00.00 hasta el mediodía del 19 de septiembre el caudal del río Tajo a su paso por Aranjuez discurrió por debajo del valor mínimo legal, 7,2 m3/s, llegando incluso a 6,64 m³/s (según los datos oficiales del Sistema Automático de Información Hidrológica (SAIH) de la Confederación Hidrográfica del Tajo). Esos 7,2 m3/s son los establecidos como caudal ecológico mínimo en el Apéndice V del Real Decreto 35/2023, por el que se aprueba el Plan Hidrológico del Tajo, y deben cumplirse según sentencia del Tribunal Supremo. No existe ninguna justificación técnica para esta merma de caudal, teniendo en cuenta que los embalses de cabecera están al 55% de su capacidad.
Este incumplimiento vulnera lo establecido, en mayo, por la Sentencia 515/2025 del Tribunal Supremo, que declaraba nulos los caudales ecológicos mínimos establecidos hasta diciembre de 2026 en las masas de agua afectadas por figuras de protección de la Red Natura 2000, en aplicación de la Directiva Marco del Agua. Además, la sentencia obliga a que el Gobierno de cada Comunidad Autónoma incorpore en el plan de gestión de cada espacio protegido Red Natura 2000 (así como en el resto de masas de agua afectadas por figuras de protección ambiental) un régimen de caudales adicionales que aseguren la conservación de los hábitats y especies. Hasta el momento ninguna de las administraciones afectadas (Confederación Hidrográfica del Tajo y Comunidades de Madrid y de Castilla-La Mancha) han atendido las exigencias del Tribunal Supremo. Por su parte, el Gobierno del Estado tampoco ha iniciado la tramitación de un Real Decreto que modifique el Plan Hidrológico del Tajo en los términos establecidos en la Sentencia.
Hay que tener en cuenta que el incumplimiento de la Sentencia supone una amenaza a la pervivencia de la fauna acuática y la vegetación ribereña en los espacios Red Natura, como es el caso del Tajo a su paso por Aranjuez, que cuenta con varias figuras de protección.
La Red Ciudadana por una Nueva Cultura del Agua en el Tajo/Tejo y sus Ríos (de la que forman parte, entre otros colectivos, la Asamblea para la defensa del río Tajo en Aranjuez, la Plataforma Ecologista Madrileña, la Plataforma de Toledo en Defensa del Tajo, la Plataforma en Defensa de los ríos Tajo y Alberche de Talavera de la Reina y Plataforma Pro-Tejo -Portugal-), exigen a la Confederación Hidrográfica del Tajo, y a los Gobiernos de las Comunidades Autónomas de Madrid y Castilla-La Macha, el cumplimiento inmediato de la sentencia del Tribunal Supremo en todos los ríos de la cuenca. La cuenca del Tajo no puede soportar más dilaciones en el objetivo para alcanzar el buen estado de sus ríos.
Desde las plataformas y asociaciones ciudadanas se continuará vigilante del cumplimiento de la Sentencia del Tribunal Supremo realizando un monitoreo de los datos oficiales del SAIH (únicos datos públicos existentes por parte de la Confederación Hidrográfica del Tajo) para velar por el cumplimiento de los caudales mínimos ecológicos recogidos por la normativa. Sentencia 515/2025 es la segunda sentencia ganada por los colectivos ciudadanos del Tajo para la aplicación de los caudales ecológicos en la cuenca.
 
  
 