Miguel Salas •  Memoria Histórica •  20/12/2021

Juicios para la historia (III). El proceso 1001

Continuamos con los «juicios para la historia» con motivo de la vista oral del que se iniciará en breve contra algunos de los dirigentes políticos y sociales de la revuelta catalana. El macrojuicio contra el movimiento por el derecho a la autodeterminación catalana tendrá lugar casi 14 años después de otro gran macrojuicio contra el movimiento por la independencia del País Vasco. Allá tampoco hubo juicio por actuaciones violentas, sino contra asociaciones y medios de expresión. Aquel juicio lo llevaba Baltasar Garzón.
El primer artículo de esta serie puede leerse aquí y el segundo aquí. Publicamos ahora el tercero. SP.

[Artículo del 07/01/2019]

Juicios para la historia (III). El proceso 1001
La memoria histórica es imprescindible para no olvidar el pasado de nuestras luchas y tenerlas presentes como aprendizaje para el futuro. Se identifica la memoria histórica a la recuperación de lo que el franquismo quiso enterrar, los valores republicanos, la resistencia antifranquista, los miles de cuerpos sepultados en las cunetas, pero hay una memoria más reciente que también se quiere ocultar o arrinconar, la de la lucha del movimiento obrero durante los últimos años del franquismo. Se acaban de cumplir 45 años de uno de los juicios más importantes que se celebraron durante el franquismo, el Proceso 1001, y parece conveniente recordarlo cuando en los próximos meses se celebrará uno de los más decisivos juicios de este período monárquico de la historia de España.

Estamos en 1972. Pervive la dictadura y la falta de libertades, pero ya se huele el final del dictador Franco. La represión policial está muy presente, pero tiene enormes dificultades para reprimir las ansias de libertad del movimiento obrero y de los movimientos populares que por todo el país luchan por sus reivindicaciones y plantean, cada vez de manera más abierta, la necesidad de acabar con la dictadura franquista. En julio de 1970, una huelga de la construcción en Granada acaba con tres muertos (Antonio Huertas, 22 años, Cristóbal Ibáñez, 42 y Manuel Sánchez, 24). En diciembre de 1970, en Eibar (Guipúzcoa) muere por disparos de la policía el joven obrero de 21 años Roberto Jáuregui. En septiembre de 1971, en una huelga de la construcción en Madrid muere asesinado Pedro Patiño, de 33 años. En octubre de 1971, una huelga en Seat con ocupación de la fábrica es reprimida duramente y fallece Antonio Ruíz Villalba (33 años). En marzo de 1972, la policía dispara contra una manifestación de obreros en huelga de los astilleros Bazán de Ferrol, son asesinados Daniel Niebla y Amador Rey, de 38 años. En abril de 1973, en la Térmica de San Adrián del Besós moriría Manuel Fernández Márquez, 27 años, por disparos de la Guardia Civil. La represión y los asesinatos fueron la respuesta a las múltiples huelgas, manifestaciones y protestas que la dictadura no sabía cómo detener. No serían los últimos, también durante la llamada Transición pacífica morirían obreros, mujeres y estudiantes por la represión policial o la actividad de las bandas de extrema derecha.

Una de las mayores falsificaciones de nuestra historia reciente es el olvido interesado del papel del movimiento obrero y popular durante los últimos años del franquismo. Pareciera como si el paso de la dictadura a la Monarquía de Juan Carlos (no olvidemos que lo nombró el propio dictador) hubiera sido obra de unas cuantas mentes pensantes, personas ilustradas que lograron conciliar las diferentes opiniones políticas e intereses sociales para alumbrar la democracia. En realidad, fue un pacto entre los franquistas reconvertidos y los entonces dirigentes del movimiento obrero, Santiago Carrillo del PCE y Felipe González del PSOE, destinado a evitar una ruptura política y social. Lo que actualmente conocemos como el Régimen del 78 fue el resultado de ese pacto expresado en la Constitución que hoy ya pocos reconocen, a excepción de la derecha, ¡claro! Pero el empuje del movimiento obrero no cejó: en septiembre de 1973 una huelga general en Vigo; en junio de 1974 en la comarca del Bajo Llobregat; en noviembre en Pamplona y 14 días de huelga en Seat; en enero de 1975 de nuevo huelga general en Pamplona, huelgas en Altos Hornos y Duro Felguera, un lock out patronal en Seat con 500 despedidos. Le sucederán otras huelgas generales en Sabadell, en Vitoria, impresionantes huelgas en Madrid y en el País Vasco, protestas por el fusilamiento de 5 luchadores de ETA y del FRAP. El movimiento obrero y popular dio todo lo que pudo, pero otros pactaron por ellos y a sus espaldas. Todo podía pasar, pero pasó el pacto de la Transición ahora tan cuestionado. No hay que olvidarlo.

La detención

El 24 de junio de 1972 es sábado. Se ha convocado una reunión de la Coordinadora General de CCOO en la residencia de los padres Oblatos de Pozuelo (Madrid). Marcelino Camacho explicará en sus memorias, Confieso que he luchado: “Tomamos todo tipo de precauciones para evitar que la policía pudiera localizarnos. Salí de mi casa casi tres horas antes de la hora prevista”, pero la policía les seguía el rastro o tuvo información de donde se celebraría la reunión. Sin tiempo de iniciarla, se presentó la policía con un gran despliegue, armados con metralletas y con la presencia de alguna tanqueta. Paco Acosta, uno de los detenidos, explicará: “Detuvieron a todos los hombres que se encontraban en el edificio que no llevaban sotana […] Recuerdo con claridad meridiana la voz de la emisora policial decir en un momento dado… “Estamos a la espera de sus noticias, Su Excelencia se va a retirar a descansar y quiere conocer el final de la operación”. Sabían de la importancia de la operación represiva. Fueron detenidos Marcelino Camacho, Nicolás Sartorius y Francisco García Salve de Madrid; Eduardo Saborido, Fernando Soto y Paco Acosta de Sevilla; Juan Muñoz Zapico “Juanín”, de Asturias; Miguel Ángel Zamora de Zaragoza; Pedro Santisteban de Vizcaya y Luís Fernández Costilla de Valladolid. Por los pelos se libraron los que llegaron desde Cataluña y por otras razones no pudieron asistir los de Valencia, Galicia y Navarra.

Habían detenido a la mayoría de los máximos dirigentes de CCOO. En la clandestinidad impuesta por el franquismo, las CCOO no eran el sindicato que conocemos actualmente, sino más bien un movimiento sindical-político-social cuyo origen estaba en las comisiones que se empezaron a elegir en algunas empresas para negociar convenios o ciertas reivindicaciones con los patronos. Ese movimiento, que surgió en Asturias, se extendió por toda la geografía y catalizó la mayoría de las movilizaciones obreras. Otra expresión más del peso del movimiento obrero en la lucha contra el franquismo son las cifras de juzgados por el TOP (Tribunal de Orden Público). Entre 1967 y 1972, 705 personas fueron juzgadas acusadas de pertenecer a CCOO. De las 8.943 personas que juzgó el TOP, el 49% eran obreros. No es de extrañar que la Jefatura Superior de Policía de Asturias informara en 1972 que CCOO era “el mayor engranaje de la subversión”.

La acusación

La detención de los dirigentes obreros fue un golpe que debilitó momentáneamente a las CCOO. El franquismo pensó que con las detenciones y el posterior juicio daría un duro escarmiento al movimiento obrero. Se equivocó. El movimiento de luchas sociales y políticas contra la dictadura ya era imposible detenerlo. De hecho, la campaña de denuncia de las detenciones y la solidaridad en todo el Estado y a nivel internacional facilitó el desarrollo de las CCOO y un nuevo empuje a la lucha por derribar a la dictadura.

En la calificación del Sumario 1001/72, de ahí su denominación, se les acusa de “asociación ilícita en grado de directivos” y se les pide las penas más altas en toda la historia represiva del TOP, un total de más de 161 años. En la comunicación del fiscal se les intenta vincular con actividades violentas: “Con lo sumariamente expuesto se evidencia que la Agrupación Comisiones Obreras es una organización filial del Partido Comunista de España tendente a la violenta destrucción de la actual estructura del Estado Español”. Parece que, sea cual sea el régimen político de este país los jueces y fiscales no tienen otro argumento para defender el régimen que el de la violencia, ya sea inventada o imaginada. Recordemos que a los presos políticos catalanes se les acusa de rebelión y sedición. Según el Informe sobre el Proceso 1001/72, elaborado por un Grupo de Juristas Demócratas, el funcionamiento de la justicia venía a ser el siguiente: “Dichos funcionarios (policiales) dicen al Juez de Orden Público, al Fiscal y al propio Tribunal cómo han de interpretar los hechos, las palabras y los silencios, de forma y manera, que la acusación fiscal era solamente la aceptación de una hipótesis policial. Más parece que el Tribunal fuera un órgano al que la Policía Política pretende llevar de la mano, señalando los caminos que conducen a una condena, que no un Tribunal de Justicia, al que se aportan hechos, pruebas, para que las examine y enjuicie”.

De inmediato se organizó una amplia campaña de solidaridad en todo el Estado y a nivel internacional. Probablemente fue la campaña más amplia y exitosa, hasta que murió el dictador. Además, la lucha por la amnistía, por la libertad de los “10 de Carabanchel”, como se les conoció, estuvo ligada a la exigencia de libertad sindical y de mejora de las condiciones salariales y de trabajo. A nivel internacional, por casi todo el mundo y particularmente en Europa, se organizaron actos, mítines e incluso manifestaciones para exigir su libertad y, por lo tanto, de denuncia de la dictadura y la falta de libertades.

Dos ejemplos extraídos de boletines clandestinos de CCOO definen el contenido político que se le dio a la movilización. En julio de 1973, la Comisión Inter-ramas (que agrupaba a los distintos sectores de la producción) publicó un comunicado en el que se decía: “CCOO debe volver el juicio contra el fascismo, pasar de ser la parte acusada a ser la parte acusadora, al igual que ya hiciera nuestro pueblo, y especialmente el vasco, en ocasión del Consejo de Burgos” (Consejo de Guerra celebrado en 1970 en el que se pidió la pena de muerte para siete activistas vascos) Ese mismo verano, las CCOO de Guipúzcoa publicaron en su boletín Biltzar: “¿Qué persigue la dictadura al montar estos bárbaros juicios que violan los más elementales derechos humanos? Está bien claro, condenar, en la persona de estos hombres, la lucha de la clase obrera”.

El juicio

El 20 de diciembre de 1973 fue la fecha fijada para el juicio. Semanas antes, el 12 de diciembre, se había convocado una jornada de paros de acciones de protestas que tuvo su mayor repercusión en Asturias. Cuando el juicio iba a comenzar, con la presencia de delegaciones sindicales internacionales, diputados británicos, franceses, italianos y alemanes y la presencia del estadounidense Ramsey Clarck, ex secretario de Justicia del gobierno Johnson, y varias centenas de personas que habían acudido, además de la presencia de policías de la Brigada Político Social (conocidos como los “secretas”) empezó a correr un rumor sordo. Alguien se acercó al Presidente del Tribunal, Francisco Mateu, un antiguo combatiente de la División Azul, y éste suspendió inmediatamente la vista. Pocas horas antes, ETA había organizado un atentando contra el presidente del Gobierno, Luis Carrero Blanco. Si el franquismo ya estaba nervioso con el Proceso 1001, este atentado lo ponía al borde del abismo.

A pesar de las provocaciones y amenazas contra los encausados, de la presencia de ultraderechistas en la sala enseñando sus pistolas o de las expresiones del presidente del Tribunal (“si por mi fuera los fusilaba a todos ahora mismo”), el juicio se reanudó por la tarde. El tenso ambiente no impidió que los abogados y los acusados defendieran sus opiniones, a pesar de que se denegaron todas las pruebas propuestas por las defensas. En la intervención final Marcelino Camacho empezó diciendo que “toda mi vida he sido trabajador y he defendido la libertad sindical. Los intereses de la clase obrera son los de todo el país”. Y así se expresaron el resto: “No existe ninguna prueba para condenarnos por esto; si este tribunal nos condena, es a toda la clase obrera a la que condena y con ello el futuro de la convivencia en el país. Al defender la justicia social y la libertad la clase obrera es consciente de que es la portadora de los intereses nacionales”; “no existe motivo para una condena. En todo caso si se me condena será por actividades llevadas a cabo a la luz pública, junto a miles de trabajadores y en su representación. En el caso de ser condenado exijo que se me aplique el estatuto del preso político”. La sentencia confirmó la petición del fiscal de más de 161 años de cárcel.

El franquismo, su policía, sus jueces seguían reprimiendo pero difícilmente podían sostener el régimen dictatorial que tanto estaba durando. Las valoraciones de juristas presentes aún debilitaron más al régimen a nivel internacional. “Si la justicia hubiese existido en un asunto de este tipo, con la carencia de pruebas y la tesis de la defensa, los acusados hubiesen sido puestos en libertad por sobreseimiento de la causa” – decía en su informe el señor Rappaport, observador de la Asociación de Juristas Demócratas. El doctor Kurt Madlener, de la Comisión Internacional de Juristas (ONU) valoró “que no existió ninguna prueba en base a la que declarar culpables a los acusados y que el presidente del tribunal demostró una animosidad hacia los mismos suficiente para haber motivado su destitución en cualquier país occidental”. El presidente de la Asociación Internacional de Juristas Demócratas, señor José Nordman, indicó que “es la policía la que proporciona las pretendidas pruebas, que no son más que suposiciones basadas en el pasado de los acusados. No se persiguen los hechos sino la personalidad de los ‘diez de Carabanchel’ […]. De la conducta de los acusados lo que más me ha llamado la atención ha sido la serenidad. Han replicado a la acusación sobre los hechos y han reivindicado el derecho a defender al pueblo, a defender la libertad, mostrando que los derechos de los trabajadores y los del pueblo en general son coincidentes. Han sido moderados en la forma y firmes en los principios. Los acusados han aparecido como los auténticos representantes del pueblo, de un pueblo mayor de edad, capaz de tomar en sus manos sus destinos, conscientes de sus responsabilidades.”

La condena fue brutal pero el régimen estaba agonizando, como el dictador, y en febrero de 1975, el Tribunal Supremo tuvo que revisar la sentencia y rebajar ostensiblemente las penas.

 

                                    1ª CONDENA                                    2ª CONDENA

Marcelino Camacho     20 años de prisión menor   6 años de prisión menor

Eduardo Saborido           20 años de prisión menor       5 años de prisión menor

Nicolás Sartorius             19 años de prisión menor     5 años de prisión menor

Fco García Salve               19 años de prisión menor    5 años de prisión menor

Fernando Soto                 17 años,4meses y 1 día        4 años, 2 meses y 1 día

Juan Marcos Muñiz        18 años de prisión menor        4 años, 2 meses y 1 día

Luis Fer.Costilla               12 años y 1 día 2 años,       4 meses y 1 día

Miguel A. Zamora            12 años y 1 día 2 años,       4 meses y 1 día

Francisco Acosta             12 años y 1 día 2 años,      4 meses y 1 día

Pedro Santiesteban      12 años y 1 día                      2 años, 4 meses y 1 día

TOTALES                 161 años, 4 meses y 5 días  38 años, 8 meses y 6 días

 

Zamora, Acosta, Santisteban y Fernández Costilla abandonar la cárcel en ese momento, por la poca entidad de su condena, el resto tuvo que esperar hasta el 25 de noviembre de 1975 cuando se decretó un indulto real.

Como dice José Babiano, en la introducción del libro Proceso 1001 ¿Quién juzgó a quien?: “Se podría decir, por lo tanto, que con el Proceso 1001 el franquismo quiso perseguir a las Comisiones Obreras y fueron las Comisiones Obreras las que acabaron persiguiendo al franquismo”. Una lección para el proceso que se avecina.

*Este artículo ha sido posible gracias a la lectura de los libros: Comisiones Obreras en la Dictadura de Juan Moreno. Confieso que he luchado de Marcelino Camacho y Proceso 1001 ¿Quién juzgó a quien?

Sindicalista. Es miembro del Consejo Editorial de Sin Permiso

Fuente: www.sinpermiso.info, 13-1-19