Rafael Fenoy Rico •  Opinión •  31/10/2022

Indultos, Insultos y enredos

Porque puede ocurrir que sólo invocar un indulto sea considerado un insulto.  Porque es preciso detenerse a pensar en esto de la división de poderes en un Estado que se predica así mismo de “derecho”.  El derecho está directamente relacionado con la ley y si la máxima que todo político esgrime ante la ciudadanía es que “el desconocimiento de la ley NO exime de su cumplimiento”, ¿que fundamenta la existencia de la figura legal del Indulto?. La Palabra “Indulto”, en el Diccionario de la Real Academia,  se define así: “Del lat. indultus. 1. m. Gracia por la cual se remite total o parcialmente o se conmuta una pena. 2. m. Gracia que excepcionalmente concede el jefe del Estado, por la cual perdona total o parcialmente una pena o la conmuta por otra más benigna.”

Más allá de los recovecos legales, que pudieran legitimar o deslegitimar esta opción, le cabe constitucionalmente al Rey la responsabilidad de firmar, previa deliberación del Consejo de Ministros. El antecedente moderno de esta “Medida de Gracia”, siempre en manos de quienes mandaron, se encuentra en la ley del indulto de 1870, propiciada por Montero Ríos en calidad de Ministro de Gracia y Justicia. ¡El nombre se las trae!  Evidentemente, porque la justicia no puede ser nunca “graciable”, si de verdad es justa. Si cada sentencia tiene en consideración los probados atenuantes que suavicen y humanicen la fría letra de las penas según delitos probados ¿a qué viene tanta gracia? La palabra “gracia” también se las trae porque, en su acepción jocosa, es evidente que al indultado le hará “gracia” al que, a pesar del delito cometido, se vaya de rositas. Sin embargo ¿que “gracia” le hará a quien pidió justicia por haber sido víctima del atropello? Y, para abundar algo más, que poco respeto por la ley cuando “graciosamente” sus conclusiones se pervierten. 

Vaya Vd. a saber por qué, justo en pleno declive de la “gloriosa” revolución (golpe de estado, destronamiento de Isabel II…) de 1868, se le ocurrió a Montero Ríos firmar y publicar esa ley en la Gaceta de Madrid, núm. 175, de 24 de junio de 1870. Y la firmó él porque España en esas fechas era una monarquía sin rey, ya que Amadeo I de Saboya fue coronado el 2 de enero de 1871 y duró en el trono, antes de abdicar, 2 años y 40 días justos.  Esa ocurrencia de D. Eugenio Montero seguro que ayudó a más de una persona encarcelada y bueno sería conocer si era de alta o baja cuna. No obstante, la ley precisamente en su artículo 15 requería, para que el indulto se produjera, “Que el penado haya de obtener, antes de gozar de la gracia, el perdón de la parte ofendida, cuando el delito por el que hubiese sido condenado fuere de los que solamente se persiguen a instancia de parte.”  Para dar el perdón al Sr Griñán es preciso que antes lo pida.  ¿Se ha pedido?  ¿A quién? ¿Cuál es la parte ofendida que deba perdonarlo? Porque, más allá de quien tiene más culpa, lo cierto y probado es que quienes representaban al socialismo andaluz en el Gobierno de la Junta de Andalucía imputados y condenados: o bien se habían lucrado, o bien habían consentido, o bien habían permitido que otros se lucraran, con dinero de todas las andaluzas y andaluces. Y más insulto no cabe cuando esos dineros sustraídos o mal destinados a terceros sin derecho alguno, estaban dedicados a paliar la difícil situación de centenares de miles de personas trabajadores -por cuenta ajena o propia- y evitar el cierre de miles de empresas andaluzas, afectadas por los EREs (Expedientes de Regulación de Empleo) ¿Quiénes han sido los agraviados por este enorme robo? ¿Quién les restituye el daño que les han ocasionado? Parece como si despilfarrar, dilapidar, robar dinero público no afectara a la vida cotidiana de cada ciudadana o ciudadano.  Y ahí es donde la ley muestra la mayor de las miopías, ya que cada prevaricación, cada robo, cada uso fraudulento de fondos públicos afecta directamente a cada persona que deja de recibir una parte, por pequeña que esta sea, de las prestaciones que los derechos sociales requieren. 

Han pasado algo más de 150 años y entre los indultos, muchos no publicitados, suena aún el eco de los políticos catalanes, protagonistas del “procés”. Y un año después vuelve a la tribuna pública la petición de indulto a uno de los dos expresidentes de la Junta de Andalucía Sres. Chaves y Griñán, imputados en la trama ERES y condenados en firme por el Tribunal Supremo en junio pasado. Las condenas son asimétricas ya que, a Chaves se le impone 9 años de inhabilitación ¡Vaya pena!, y a Griñán, que le sustituyó, como maquinista principal en la trama que ya estaba en marcha, 6 años de prisión. 

De momento nada de pedir perdón. Más aún, la estrategia, nada clara, del Partido Socialista parece que sigue el derrotero de la confrontación, animando a los que han sido presidentes, socialistas, del Parlamento andaluz, entre 1982 y 2018, a arremeter contra la sentencia condenatoria. Enarbolando estas personas, entre otras consideraciones, la “división de poderes”. Alguna de ellas ocupó cargos de mucha responsabilidad en el gobierno del PSOE, y posiblemente fueran conocedores indirectas de cualquiera de las situaciones que se presentaron durante el proceso. Y sobre todo, conviene que se aclaren en el PSOE, ya que sería recomendable para obtener el indulto, que el Sr Griñán agache la cabeza y se muestre humildemente arrepentido de ese “no saber, no entender” que ha defendido a capa y espada. Que reconozca que algo de responsabilidad si que ha tenido y pida perdón por, al menos, no estar pendiente. Sólo así podría evitar el insulto que un indulto “graciosos” supondría para la ciudadanía y con ello facilitar al presidente de gobierno Sr. Sánchez convencer a su díscolo gabinete ministerial y poder ofrecerle a Felipe VI un indulto que con su firma rubrique. Aunque el soberano que firma debería amarrarse bien antes de hacerlo, porque hasta su graciosa firma puede ser puesta en entredicho. Si bien en pocas ocasiones, pero la posibilidad existe de ver torcida esa real firma. Debe tener en consideración que en mayo de este año el Tribunal Supremo ha aceptado revisar los recursos, presentados por varios grupos parlamentarios, contra los indultos que el año pasado el gobierno aplicó a nueve procesados del llamado “procés” y declarados culpables con penas de cárcel por sedición. Por muchos enredos que se traigan estos indultos suenan a insultos.


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