Redacción •  Actualidad •  27/06/2017

EASY-Jet condenada por vulnerar el derecho a la libertad sindical de un delegado de CGT

El Tribunal Supremo condena a la empresa Easy-Jet Handling Spain S.A. a pagar 1.000 euros por daños morales y al abono de las costas judiciales.

EASY-Jet condenada por vulnerar el derecho a la libertad sindical de un delegado de CGT

La empresa EASY-Jet ha sido condenada por el Tribunal Supremo tras probarse que vulneró el derecho a la libertad sindical de un delegado de la Confederación General del Trabajo (CGT) que había solicitado a la empresa los derechos para delegados LOLS.

El compañero de CGT había solicitado su crédito sindical para poder empezar a hacer uso de sus 30 horas semanales pero la empresa mostró su desacuerdo. Inmediatamente la sección sindical de CGT en la empresa inició una reclamación ante la Audiencia Nacional al entender que la misma estaba vulnerando un derecho fundamental de la plantilla.

La Audiencia Nacional condenó el 19 de mayo a Easy-Jet, que recurrió la sentencia. Pero el pasado 6 de junio, el Tribunal Supremo  ha resuelto el recurso de casación de la misma ratificando lo expresado en mayo por la Audiencia Nacional y donde obliga a Easy-Jet a abonar a CGT 1.000 de indemnización y al abono de las costas derivadas del procedimiento jurídico.

La Confederación General del Trabajo (CGT) se ha mostrado satisfecha con esta decisión de la justicia y ha anunciado que continuará luchando contra cualquier conducta contraria a los derechos y libertades sindicales y laborales que desde esta empresa del sector aéreo se pueda cometer contra la plantilla de trabajadoras y trabajadores.


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