Redacción •  Actualidad •  25/07/2017

El Tribunal Supremo declara nula la doble escala en jornada laboral anual del convenio de la Compañía Logística de Hidrocarburos (CLH)

La Confederación General del Trabajo (CGT) lleva 15 años luchando por lograr que las condiciones laborales en CLH sean las mismas para toda la plantilla.

El Tribunal Supremo declara nula la doble escala en jornada laboral anual del convenio de la Compañía Logística de Hidrocarburos (CLH)

El Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia de la Audiencia Nacional, con fecha 26 de octubre de 2015, en la que daba la razón a la Confederación General del Trabajo (CGT) en cuanto a la denuncia que este sindicato venía realizando sobre las dobles escalas laborales en la Compañía Logística de Hidrocarburos (CLH),  y que diferenciaba entre trabajadoras con un contrato anterior a la fecha de septiembre de 1995 y las que se incorporaron después.

El Tribunal Supremo viene a decir en esta nueva sentencia que no pueden existir condiciones diferentes para las empleadas de este grupo empresarial. De este modo, CGT gracias a su labor de denuncia durante estos años, ha logrado, entre otras cosas, que los descansos sean los mismos para toda la plantilla, que todas las trabajadoras puedan disfrutar del denominado “premio de asiduidad” y del también llamado “tiempo no trabajado”.

La CGT se ha mostrado muy satisfecha con el fallo de esta sentencia que vuelve a demostrar la importante labor que sus delegadas y delegados realizan diariamente en los centros de trabajo en defensa de los derechos laborales y libertades sindicales.


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