Redacción •  Actualidad •  26/06/2023

CLECE condenada por modificar las condiciones laborales de las plantillas del servicio ‘Adif-Acerca’

  • La sentencia del Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid, contra la que no cabe recurso, condena a la empresa a mantener las condiciones laborales adquiridas por las plantillas durante años.
  • Durante el juicio quedó probado que CLECE alteró el contrato de estas personas trabajadoras sin justificación, causando un perjuicio a las mismas.
CLECE condenada por modificar las condiciones laborales de las plantillas del servicio ‘Adif-Acerca’

La justicia ha dado la razón a varios trabajadores del servicio ‘Adif-Acerca’ -afiliados a la Confederación General del Trabajo (CGT)-, en la demanda que presentaron a finales de enero de 2023 cuando comprobaron que la empresa les había cambiado los cuadrantes, pasando de un total de 193 días trabajados al año a 218 días.

Los trabajadores afectados tenían una antigüedad de más de diez años en algunos casos, y una jornada laboral de 9 horas diarias que había sido respetada en los casos de subrogación de este servicio. Sin embargo, al hacerse cargo CLECE de la gestión de este servicio de la empresa pública ADIF, decidió sin consultar con las plantillas los cambios en las jornadas laborales.

De este modo, y como se explica en la sentencia que adjuntamos, el tribunal ha considerado que la empresa no se ajustó al Estatuto de los Trabajadores (ET), en concreto a su artículo 41, en el que se expone las condiciones que deben darse para que una empresa pueda modificar las condiciones laborales de una o varias personas trabajadoras. Además, se explica en la sentencia que los trabajadores demandantes habían adquirido una serie de derechos con el paso de los años, que incluso habían sido respetados por otras empresas adjudicatarias de este servicio, y que ahora con la última (CLECE) no ocurría de la misma manera. En este sentido, el tribunal ha sido claro explicando que estos derechos estaban consolidados y además daba la razón a los trabajadores que demandaban en que la jornada laboral de 9 horas (193 días de trabajo al año) era la opción más beneficiosa para ellos.

Por su parte, la empresa adjudicataria de este servicio esencial que se presta en muchas estaciones del Estado español, negó que existieran contratos de 9 horas con estas personas trabajadoras, algo que quedó demostrado con los cuadrantes de meses anteriores aportados por los demandantes.

CLECE ha sido condenada a reponer a las trabajadoras de ‘Adif-Acerca’, que prestan su servicio en la estación de Atocha (Madrid), a su anterior jornada de 9 horas, y por lo tanto de 193 días de trabajo al año.

Desde el Sector Federal Ferroviario de la Confederación General del Trabajo (SFF-CGT) han manifestado su satisfacción con este fallo de la justicia, entre otras cosas porque este servicio es fundamental en muchas estaciones y en muchos casos reporta a quienes los prestan un gran desgaste físico y mental.


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