Redacción •  Actualidad •  25/10/2016

La Plataforma por los Derechos Trans pide modificar la Proposición no de Ley para la inscripción en el Registro Civil de personas transexuales

El pasado 27 de septiembre de 2016, el grupo Parlamentario de Ciudadanos del Congreso de los Diputados, registró una Proposición no de Ley para la inscripción en el Registro Civil de nombres de personas cuya identidad sexual no coincide con su mención registral relativa al sexo para su debate en la Comisión de Igualdad.

La Plataforma por los Derechos Trans pide modificar la Proposición no de Ley para la inscripción en el Registro Civil de personas transexuales

La Plataforma por los Derechos Trans, celebra la iniciativa que en el día de hoy se está debatiendo en la Comisión de Igualdad, una propuesta que en su exposición de motivos se fundamenta en el reconocimiento como derecho humano de la “libre autodeterminación del género” y en el “interés superior del menor”, como reconoce la Resolución 2048 (2015)  de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa aprobada el 25 de abril de 2015, sobre “La discriminación contra las personas transexuales en Europa”, donde se hace un llamamiento a los Estados miembros en lo que concierne al reconocimiento jurídico del género, para que instauren procedimientos, rápidos, transparentes y accesibles, basados en la autodeterminación, que permitan a las personas transexuales cambiar el nombre y sexo en los certificados de nacimiento, y a poner estos procedimientos a todas las personas que deseen utilizarlos, independientemente de su edad, así como abolir los tratamientos médicos obligatorios y el diagnóstico de salud mental, como una obligación legal previa para el reconocimiento de la identidad de género de una persona en las leyes que rigen el procedimiento de cambio de nombre y el género inscrito en el estado civil.

En el mismo sentido, hemos de mencionar las Leyes de Transexualidad de Comunidades Autónomas que se han desarrollado en Andalucía, Madrid y actualmente en trámite, Valencia, así como las Leyes de Igualdad y de protección contra la discriminación de las personas que se reconocen como Lesbianas, Gays, Transexuales, Bisexuales e Intersexuales, aprobadas en Cataluña, Extremadura, Madrid y Murcia, que también en la mención a personas transexuales abogan por la libre autodeterminación del género.

Por ello, desde la Plataforma por los Derechos Trans, vemos una incongruencia entre la exposición de motivos, fundamentación y las peticiones que se solicita e instan al Gobierno a su modificación de la Ley 3/2007, de 15 de marzo reguladora de la rectificación registral de la mención al sexo de las personas, en:

a)      Se elimine el límite de edad establecido para poder solicitar la rectificación de la mención al sexo.

b)      “Eliminar la obligatoriedad de recibir tratamiento médico para acomodar sus características físicas a las correspondientes al sexo reclamado como requisito para acordar la rectificación”.

La petición b) se contradice con las recomendaciones internacionales así como con las Leyes autonómicas que abogan por el reconocimiento de la libre autodeterminación del género. Por lo que en su lugar proponemos:

b)     Eliminar la obligatoriedad del informe médico y todos los requisitos mencionados en el artículo 4, de la mencionada Ley.

En otro orden, se solicita también, una modificación de la Ley del Registro Civil de 1957. Apoyamos la petición de interpretar excepcionalmente para las personas trans, el artículo 54 de la misma, en lo que se refiere a “impedir el uso de nombre que induzca a error”. Se solicita reconocer el sexo sentido como determinante del nombre, puesto que es el sexo y genero con que se socializan, viven y sienten las personas trans. 

Pero interpretamos que lleva a confusión, solicitar en esta misma petición, que no se limite la edad, la no obligatoriedad de tratamientos médicos y de diagnósticos de salud mental, ya que no son requisitos exigidos por la mencionada Ley y no tendría efecto alguno. 

“Ello nos lleva a solicitar al Grupo Parlamentario de Ciudadanos y a los Grupos Parlamentarios con representación en la Comisión de Igualdad del Congreso, tengan en consideración las propuestas expuestas, de lo contrario entendemos que es una “pose” política que no da una respuesta a las demandas del contexto social y del derecho inalienable a la identidad sin condiciones médicas y de edad” declara Mar Cambrollé, presidenta de la Plataforma por los Derechos Trans. Quién añade, “Es una medida urgente que esperamos que el gobierno asuma y entienda, aunque desde esta federación de entidades trans, recordamos de nuevo no meter en el cajón del olvido la propuesta  de una Ley Trans Estatal, que esta federación puso en la mesa de todos los partidos políticos, para poner fin a las desigualdades que se dan de unas Comunidades con respecto a otras”.


LGTBI /  transexual /