John David Babyack y José Enrique Ruiz •  Opinión •  18/11/2021

La precariedad de las contratas públicas de limpieza de Murcia

Hace unos días, la Red contra la Pobreza y la Exclusión Social (EAPN-RM) asoció la precariedad laboral imperante en la Región de Murcia con una situación “enquistada de pobreza” en la misma. Para mayor concreción, se dio la cifra de “150.000 personas en riesgo de pobreza y exclusión social, que representan el 27,9% de la población regional”. La desigualdad social forma parte del día a día de los murcianos y murcianas, y la precariedad laboral, es ya un elemento más del entorno, como lo puede ser los atascos en hora punta, por ejemplo.

Esta realidad es especialmente preocupante en algunos sectores. En estas líneas nos referiremos a uno de ellos: el de la limpieza de interiores. Hablamos de un sector basado en frecuentes incumplimientos del convenio colectivo por parte de muchas empresas, lo cual se traduce en bajos salarios y una carga de trabajo abusiva que termina pasando factura a la salud de muchas personas trabajadoras, entre otros perjuicios. Es una situación que se produce especialmente en las principales contratas públicas de limpieza que existen a lo largo y ancho de la Región de Murcia, lo cual es aún más grave si cabe. Por tanto, a menudo, los culpables de este lamentable panorama son ineludiblemente dos: las empresas que gestionan esas contratas y las administraciones públicas responsables del adecuado desarrollo de las mismas.

No sería riguroso hacer estas afirmaciones de forma genérica y rehusando dar datos palpables y demostrables. Así que voy a señalar a continuación varias situaciones como las descritas en el párrafo anterior e indicaré los detalles más relevantes de estos abusos. Como podremos ver, estos casos afectan a empresas de gran tamaño e importancia a nivel nacional, las cuales son grandes receptoras de dinero público gracias a sus contratos con la Administración. No en vano, son desde hace muchos años, responsables de la limpieza de multitud de edificios públicos de Murcia.

La primera entidad mercantil a la que mencionamos es STV Gestión. Si revisamos los valores éticos de los que presume en su página web, nos encontramos con que manifiesta entusiastamente ser defensora del derecho a la “conciliación de la vida familiar y el trabajo”. Sin embargo, los hechos demuestran que no es cierto, sino que ocurre exactamente lo contrario en esta empresa. Muestra de ello es que, en su sentencia nº 152/2021, de 10 de mayo, el Juzgado de lo Social nº 1 de Murcia condenó a STV a indemnizar con 3.000 euros a la limpiadora de un instituto público, a raíz de los daños y perjuicios sufridos por ésta a consecuencia del lamentable trato recibido por parte de la mercantil desde que la trabajadora intentó adaptar su horario de trabajo a sus necesidades familiares. No pasa inadvertido que todo ello sucedió con una trabajadora que era miembro del comité de empresa y, previamente, había interpuesto varias denuncias frente a STV.

La referida sentencia describe la conducta de la empresa en los términos siguientes: “Lo cierto es que en este caso, la empresa ha puesto todo tipo de dificultades a la trabajadora para el ejercicio del derecho en cerca de tres años. En ningún momento facilita a la trabajadora, jornada por la mañana, pese a que se acreditan numerosos puestos que por una razón u otra, surgen en la misma y cuando ya hay un acuerdo aceptable por ambas partes, se desdice la empresa en un claro ejercicio de obstaculizar hasta lo imposible lo pedido por la trabajadora demandante”. Además, en esta ocasión se pudo constatar por parte algún alto funcionario de la Consejería de Educación de la CARM (organismo responsable de esa contrata de limpieza), como mínimo, una actitud cómplice en este trato peyorativo hacia una trabajadora con dificultades para la tención de sus hijos menores. Literalmente, la sentencia lo pone de manifiesto así: “toma posición clara por la empresa y sin conocer la posición de la actora, se asume claramente una posición netamente empresarial impropia de un Jefe de Servicio de una Consejería de la Administración Regional”.

Y esto no es todo, en el año 2020, la Inspección de Trabajo levantó acta de infracción frente a esta misma empresa por haber incumplido de forma manifiesta y deliberada el convenio colectivo aplicable en la contrata de limpieza del Hospital Reina Sofía. Este incumplimiento radicó en que, pese a estar obligada a sustituir a aquellos trabajadores que se veían afectados por una incapacidad temporal superior a 2 días de duración (ver artículo 13 del convenio sectorial de limpieza), STV se desentendió de hacerlo en la inmensa mayoría de casos. De hecho, frente a decenas y decenas de bajas por enfermedad que debieron ser cubiertas por la empresa durante 2017, 2018 y 2019, ésta sólo lo hizo en un único caso, repito: ¡una sola vez cumplió este precepto del convenio entre 2017 y 2019! Es evidente el perjuicio que ello conlleva para el conjunto de la plantilla que lleva a cabo la limpieza de ese centro hospitalario, pues la limpieza dejada de realizar por los trabajadores ausentes recayó forzosamente sobre el resto, con el aumento injustificado de la carga de trabajo que ello conlleva y sin la menor subid salarial. Mientras tanto, esta empresa ha continuado percibiendo el dinero público correspondiente no solo al trabajo desempeñado por los trabajadores dados de alta, sino también el correspondiente a las sustituciones de trabajadores que nunca llegó a realizar por negarse a cumplir con el convenio. Por lo tanto, STV se quedó con un montante de dinero público que no debió percibir porque no prestó las horas de limpieza de los trabajadores en situación de incapacidad temporal.

Algo similar había ocurrido en ese mismo hospital con la empresa contratista anterior, Ferrovial, que se desentendió de su obligación de cubrir las vacantes por vacaciones de verano de todo el personal de limpieza. Pero no es sólo eso, hay otros casos igualmente sangrantes que también tienen la autoría de esta empresa. Uno de ellos tuvo lugar en el geriátrico “Virgen del Valle” (El Palmar), centro dependiente del Instituto Murciano de Acción Social. En esta ocasión, Ferrovial estaba obligada a cubrir la jubilación de una trabajadora y no lo hizo, aunque sí cobró de la Administración esas horas de limpieza como si estuviese cumpliendo con su obligación. Después, la superficie de limpieza fue incrementada debido a una ampliación del geriátrico en 300 metros cuadrados y, por tanto, la cantidad a facturar aumentó correlativamente. No obstante, la empresa volvió a cargar indebidamente sobre las espaldas de la plantilla del centro esa mayor carga de trabajo que estaba obligada a solventar con aumentos de jornada y salario.

Consecuentemente, en su sentencia nº 97/2020, de 12 de junio, el Juzgado de lo Social nº 5 de Murcia, condenó a compensar económicamente a una de las limpiadoras afectadas por esa práctica reiteradamente abusiva. En este caso, hubo de abonar 4.128,54 euros.

Ferrovial es una empresa que destaca por su elevada conflictividad laboral en muchas de las contratas públicas que gestiona. De hecho, en 2018, el Ayuntamiento de Murcia le impuso una sanción de más de 140 mil euros tras las quejas de padres de alumnos, profesores y trabajadores por las pésimas condiciones en que se veían obligados a prestar el servicio de limpieza en 19 colegios públicos del municipio. Es justo decir que, detrás de este castigo ejemplar y muy poco frecuente, estuvo el esfuerzo fiscalizador del grupo municipal de Cambiemos Murcia y de su concejal Sergio Ramos para este asunto no desapareciera entre la cotidiana burocracia del consistorio. Lamentablemente, la empresa acabó eludiendo la multa por defectos formales en la tramitación del procedimiento sancionador.

Esta sanción se añadió otra de menor entidad en 2016 por incumplir sus obligaciones con respecto a la misma contrata. Pese a todo, Ferrovial no ha dejado de ser uno de los grandes proveedores de servicios del ayuntamiento y del resto de Administraciones en Murcia.

Y tampoco podemos dejar de hacer referencia a una de las grandes empresas del sector, Clece, propiedad del famoso Florentino Pérez, presidente del Real Madrid. Ésta es una empresa que también ha cometido irregularidades en trato dispensado a la plantilla de limpieza del Hospital Virgen de Rosell (Cartagena). En esta ocasión, la Inspección de Trabajo constató en 2018, entre otras irregularidades, que obligaba a un nutrido grupo de limpiadoras a trabajar en fines de semana, pese a que el horario fijado en su contrato sólo implicaba el trabajo de lunes a viernes.

Hemos hecho referencia a prácticas singularmente graves de tres grandes empresas del sector de la limpieza. Pero no tenemos miedo a equivocarnos cuando afirmamos que casos como éstos están a la orden del día, y si nos empeñáramos, podríamos elaborar una lista interminable. Es una evidencia que, de forma sistemática, estas mercantiles engordan su margen de beneficios a costa de incumplir la legislación laboral y el convenio colectivo.

Las personas que trabajan en contratas públicas de limpieza son miles en la Región de Murcia. Por ello, llama poderosamente la atención hasta el punto de resultar indignante que las distintas Administraciones Públicas permitan que les resulte rentable y atractivo precarizar a los trabajadores encargados de dar un servicio que, en última instancia, se paga mayoritariamente con un dinero procedente en su mayor parte de las familias trabajadoras murcianas. Sobre todo, porque se trata de actividades que no requieren una complejidad técnica que dificulte que la propia Administración pudiera hacerse cargo del servicio, a un menor coste y acabando con la precariedad a la que aludimos. Pero claro, si eso sucediera, el “negociazo” para una serie de grandes empresas se acabaría…he ahí la cuestión.

José Enrique Ruiz Saura

Responsable de Organización de Podemos municipio de Murcia

y miembro de la Mesa de coordinación de Unidas Podemos en Murcia

John David Babyack Hernández

Coordinador de Izquierda Unida-Verdes municipio de Murcia

y miembro de la Mesa de coordinación de Unidas Podemos en Murcia


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