André Abeledo Fernández •  Opinión •  26/09/2023

Mercadona y la realidad sobre el cobro del 100% del salario durante las bajas por enfermedad hasta los 18 meses

Lo que no cuentan es que es una compensación hasta completar tu sueldo y qué el resto lo paga la Seguridad Social porque ellos por la Mutua no dan bajas en la mayoría de los casos aunque sea por una IT derivada del trabajo. Y esa compensación no te la dan así porque sí, existen varios requisitos:

CAPÍTULO VII del convenio de MERCADONA.

Artículo 27. Ayuda incapacidad temporal.

En los supuestos de baja por incapacidad temporal, previa emisión del correspondiente parte de baja médica expedido por el facultativo que le asista, y siempre que la relación laboral no se haya extinguido con la empresa, se establece un complemento desde el primer día sobre la prestación de la Seguridad Social hasta alcanzar el 100 por 100 del Salario Base y Complemento Salario Base, si lo estuviera percibiendo, hasta un máximo de 18 meses.

También se establece un complemento sobre la prestación de la Seguridad Social hasta alcanzar además de las cantidades del párrafo anterior, el 100 por 100 del Complemento de Puesto de Trabajo, siempre que la relación laboral no se haya extinguido con la empresa y se den todas las siguientes circunstancias:

1. Que el índice de absentismo del trabajador/a no supere el 2 % de su jornada anual.

2. La I.T. no supere la duración prevista por el INSS para cada patología.

3. Que no exista reiteración en I.T. y/o recaídas del trabajador/a en el último año.

4. Colaboración del trabajador/a a que se realice por parte del SME el seguimiento médico semanal.

Si la prestación por Incapacidad Temporal que abona la Seguridad Social se redujera en un futuro o se trasladara el pago de la misma a la empresa, ésta podría reducir proporcionalmente la obligación de completar la retribución del trabajador/a descrita en el presente artículo.

Conclusión, da igual que lo amplíen 18 meses o 18 años, pueden hacer lo que quieran y cuando quieran. Hasta que no cambien esos puntos en el convenio no tendremos ninguna mejora real.

La sección sindical de la CIG en Mercadona viene denunciado la retirada del complemento salarial durante una incapacidad temporal como medida de presión o castigo cuando un trabajador está de baja médica y que lo hacen siguiendo las directrices del médico de empresa, que busca que se pida alta voluntaria.

Es una práctica abitual aun sabiendo que dicha baja es siempre bajo criterios médicos, teniendo un seguimiento por los profesionales de la Seguridad Social, asegurando que estos mantienen mientras el trabajador está enfermo.

Esta es una práctica normal y habitual en Mercadona a nivel estatal y que parece que Mercadona prefiere un enfermo trabajando que recuperándose.

La CIG esta demostrado que la publicidad que hace Mercadona, asegurando que paga el 100% del salario a los trabajadores de baja se simple publicidad hacia la sociedad, pero la realidad es otra muy distinta.

Animo a las compañeras y compañeros a que denuncien este sistema injusto y arbitrario en los juzgados ya que la empresa no quiere entrar en razón para hacer un convenio justo y que respete la dignidad de los trabajadores.

Como delegado de personal de la CIG en el comité de Mercadona en la provincia de A Coruña, volveré a denunciar en los juzgados esta practica de retirada del complemento salarial durante su baja por incapacidad temporal.

André Abeledo Fernández (Delegado de Persoal da CIG en MERCADONA)


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