Despidos colectivos ¿Cómputo por empresa o por centro de trabajo? Principio comunitario de interpretación conforme. Es posible en ambos casos, siempre que se garantice el derecho de información y consulta
I. Introducción. 1. Era muy esperada la sentencia dictada por el Pleno de la Sala de lo Social del TribunalSupremo el 17 de octubre, de la que fue ponente el magistrado Sebastián Moralo y que obtuvo, conviene destacarlo, la unanimidad del Pleno, que ya ha…
23/10/2016